La Corte ratificó una multa de 500 mil pesos a Clarín
Se trata de una promoción sobre el sorteo de televisores para quienes publicaran avisos en el diario Clarín cuando se disputaba el Mundial de Sudáfrica 2010, según informó el diario Tiempo Argentino.
El 10 de junio de ese año, el matutino publicó una promoción en la que anunciaba que sortearía un televisor por día, hasta el final de la competencia ecuménica organizada por la FIFA, entre quienes publicaran avisos en el diario.
Los televisores se entregarían en las agencias receptoras que Clarín tiene diseminadas por todo el país, pero el diario no consignó las frases “sin obligación de compra” y “consulte en los locales de venta”, tal como lo exige la legislación vigente.
Clarín tampoco publicaba el alcance geográfico que debía tener esta promoción, y en función de ello, la Dirección Nacional de Comercio, tras un expediente que se tramitó durante dos años, sancionó al grupo con una multa de $ 500.000 pesos.
La empresa argumentó que no fue «responsable de la confección de la publicidad en cuestión sino que únicamente se ha limitado a auspiciarla, siendo LATPRO S.A. quien la organizó». Se trata de una empresa de «marketing más ideas» que trabaja en relación con el periódico y se presenta en Internet: «Somos un grupo de gente capacitada que busca satisfacer las necesidades de nuestros clientes implementando las nuevas técnicas de comunicación que emergen en el mercado (…) Trabajamos en equipo, dedicándole el tiempo necesario a cada propuesta y perfeccionándonos con cada nuevo desafío que se nos plantea».
La normativa vigente «tiene por objeto evitar que, mediante indicaciones poco claras y engañosas o inexactitudes, los consumidores sean inducidos a error o falsedad en la adquisición de productos, mercaderías o en la contratación de servicios, protegiéndose, de este modo, el derecho de aquéllos a una información adecuada, completa y veraz». Además, el fallo precisó que no es necesario un daño concreto, sino la posibilidad de generarlo, como factor para aplicar una sanción
“El derecho del consumidor es un sistema global de normas, principios, instituciones e instrumentos de implementación que tienen la finalidad de garantizar una posición de equilibrio en sus relaciones de aquel con los empresarios (…)”, sostienen en un fallo de la Corte los jueces Elena Higton de Nolasco, Carlos Fayt y Carlos Maqueda.
En tanto que el titular del Máximo Tribunal, Ricardo Lorenzetti, no suscribió esta decisión que consideró “inadmisible” el recurso de queja que interpuso Clarín para frenar esta sanción.