
El Senado tratará el proyecto para resarcir a las víctimas de la AMIA
El Senado comenzará a tratar en comisión el proyecto de ley que dispone un resarcimiento económico para los familiares de las víctimas del atentado contra la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA), en julio de 1994. Se trata de una reparación, “a percibir por única vez”, por los “herederos” o “derechohabitantes” de las 85 fallecidas, y también para quienes resultados heridos tras el ataque.
La iniciativa recupera un proyecto aprobado en la Cámara alta hace más de tres años, que al no ser tratado en Diputados terminó por perder estado parlamentario.
En 2007, el Frente para la Victoria presentó el primer proyecto destinado a resarcir a las víctimas del ataque que dejó 85 muertos y cientos de personas heridas. Esa presentación se realizó luego de que el Estado argentino, por reclamo de los familiares y durante la presidencia de Néstor Kirchner, reconociera ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, “no haber adoptado medidas idóneas y eficaces para prevenir el atentado”.
Esa propuesta no llegó a convertirse en ley por falta de tratamiento. Y cuatro años después fue reiterada por otros bloques, obteniendo la media sanción en la Cámara de Senadores. Aunque la falta de tratamiento en Diputados hizo que nuevamente perdiera estado parlamentario.
El proyecto volverá a ser tratado en el Senado, en un plenario de las comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Presupuesto y Hacienda, en el Salón Arturo Illia del Palacio Legislativo. De acuerdo al nuevo texto la reparación será distribuida entre los herederos de las víctimas de acuerdo al orden establecido en el Código Civil.
La cifra que percibirán los herederos de los fallecidos será de más de 1.600.000 pesos, de acuerdo con un cálculo hecho por el proyecto en base a lo que cobran los agentes Nivel A, Grado 0 del Escalafón del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, al menos durante 2014, multiplicado por el coeficiente 100, según estimo la agencia de noticias Télam. Quienes hayan sufrido lesiones gravísimas percibirán el 70 por ciento de este monto y los heridos graves, un 60 por ciento de la cifra mencionada.
Además, la norma establece que quienes hayan accedido al beneficio deberán desistir de cualquier acción legal y renunciar a entablar futuras acciones judiciales sobre el mismo hecho contra el Estado argentino. Esta indemnización estará exenta de gravámenes, así como de tasas judiciales o administrativas y, si alguno de los familiares, por sentencia judicial, hubiera recibido un resarcimiento inferior tendrán derecho a reclamar la diferencia.(Infojus)