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Empezó la veda electoral: qué está prohibido hasta el domingo

Las campañas y publicidades electorales de los precandidatos de todas las fuerzas políticas de cara a las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) concluyeron este viernes a las 8, a 48 horas del inicio de las elecciones del domingo.

¿Qué está prohibido?

-Realizar actos públicos de campaña

-Proselitismo

-Publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales

-La venta de bebidas alcohólicas a partir de las 20 del sábado y hasta las 21 del domingo.

¿Hasta cuándo?

Según el artículo 71 del Código Electoral, se establece que la veda electoral debe comenzar a regir 48 horas antes de la apertura de los comicios y finalizará tres horas después de terminar la jornada electoral.

Penas y castigos

Según lo establece el artículo 140, la pena prevista para quien «con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo» es de 2 meses a 2 años de cárcel, mientras que a quien «utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio tendrá hasta 3 años de presión».

A los ciudadanos se les podrá cobrar una multa comprendida de entre $10 mil y $100 mil si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación. La misma multa será aplicada a aquellas personas que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.

Si los candidatos no cumplen con la veda podrán perder el derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual por un plazo que oscila entre uno y cuatro años. También dejan de percibir fondos para el financiamiento de una o dos elecciones.

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