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Ex Gerentes del PAMI -SALTA- fueron condenados por DEFRAUDAR AL ESTADO

3 años de prisión en suspenso e inhabilitados de por vida para ejercer cargos públicos.

Una persona liberada por el beneficio de la duda; es parte del resultado del juicio en contra de quienes ejercían en la administración pública y sin embargo hicieron maniobras en el sistema estatal para percibir la ayuda económica durante la cuarentena por el covid19.-El IFE que solicitaron y cobraron, Viviana Fernández y Javier Navarreta, ambos ex gerentes de las agencias de PAMI en las localidades de Orán y Embarcación, respectivamente, fue el hecho juzgado por el Tribunal Oral Federal nº 1 en SALTA.

El fallo fue dictado el lunes pasado en un juicio con tribunal unipersonal, a cargo de la jueza Marta Liliana Snopek. Las personas condenadas fueron declaradas culpables del delito de defraudación a la Administración Pública, tal como lo había solicitado el fiscal federal Ricardo Toranzos, del Área de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Salta.

La acusación también se había extendido a Emilia Juárez, ex gerenta de la agencia PAMI de la localidad de El Carril, quien resultó absuelta por el beneficio de la duda, según lo decidido por la jueza Snopek.

La fiscalía impulsó el caso tras comprobarse que los ex funcionarios habían solicitado y percibido el IFE, un beneficio dispuesto por el decreto 310/2020 del Poder Ejecutivo Nacional para mitigar la grave crisis económica emergente por las medidas sanitarias impuestas durante la fase 1, en el marco de la pandemia del COVID-19.

Fiscal Toranzos

En su alegato, el fiscal Toranzos, asistido por la secretaria del Área de Casos Complejos Virginia Wierna, ratificó la imputación contra las tres personas acusadas. Sostuvo que, a partir de las testimoniales y otras pruebas desarrolladas en el juicio, quedó acreditado que, pese a las incompatibilidades que tenían para solicitar el IFE, las ex gerentas y el ex gerente gestionaron el aporte que el gobierno había dispuesto para los beneficiarios.

La fiscalía impulsó el caso tras comprobarse que los ex funcionarios habían solicitado y percibido el IFE, dispuesto por el decreto 310/2020 del Poder Ejecutivo para mitigar la crisis económica emergente por las medidas sanitarias.

Incompatible

Toranzos repasó las condiciones en que se gestó y dispuso el IFE, su implementación y la reglamentación establecida para la obtención del aporte económico. En ese orden, resaltó la gravedad y efectos mortales de la pandemia y la decisión del gobierno no sólo de disponer medidas sanitarias, como el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio sino también de asistir a la población más vulnerable.

Explicó que, a partir de las disposiciones establecidas en el decreto 310/20 como otras reglamentaciones vinculadas al IFE, se especificó claramente a quiénes iba dirigido. “También se estableció quién no podía ser el beneficiario, entre ellos los que tuviesen una relación de dependencia de orden privado o público”, agregó.

El fiscal repasó que, dada la urgencia por llevar el IFE a la gente y las condiciones de aislamiento reinantes en esas fechas, se implementó un sistema virtual y de fácil acceso, aunque se estableció que los datos ingresados por los solicitantes lo fueran en calidad de declaración jurada.

Dijo que, en función de la gravedad del contexto, era esperable que los mecanismos de control iban a ser superados. No obstante, los postulantes, al iniciar los trámites, tuvieron acceso al decreto de implementación, con todos los requisitos e incompatibilidades, por lo que sabían si les correspondía o no.

En base al testimonio de un directivo del área de Recursos Humanos del PAMI, el fiscal señaló que “era evidente” que un funcionario público de ese organismo no podía percibir el IFE. “Era tan incompatible que el testigo indicó que estaban en condiciones de despedir de manera directa a los acusados”, resaltó.

Incluso el testigo consideró que, más allá del sumario iniciado para que los imputados hagan su descargo, era “tan palmaria” la situación que no había posibilidad de que los acusados evitarán ser desplazados de esa institución.

Otro testigo, en tanto, confirmó que este accionar delictivo dejó a otros posibles beneficiarios sin ese aporte. Sobre cada las tres personas acusadas, detalló que Fernández se incorporó al PAMI a fines de febrero de 2020 y que el 1° de abril solicitó el IFE.

“Lo percibió en dos oportunidades, siendo la primera el 24 de julio y para evitar quedar en evidencia no lo hizo mediante su cuenta de sueldo, sino por el Correo Argentino”, afirmó el fiscal.

Navarreta, en tanto, comenzó a trabajar en el PAMI el 9 de marzo y el 24 de ese mes solicitó el aporte, el cual también cobró en dos ocasiones a través de la Red Link y una cuenta en Banco Nación. Juárez, por su parte, ingresó de manera formal al organismo el 2 de marzo de 2020.

Según el fiscal, la ex gerenta explicó que la designación original había llegado para su hija, pero como estaba muy ocupada con sus estudios universitarios se la ofrecieron a ella. La acusada solicitó el IFE el 29 de marzo, cuando ya era funcionaria del PAMI.

En este caso, el beneficio fue adjudicado en una cuenta bancaria que Juárez tenía en el banco Macro, por la cual percibía dinero por otro trabajo. También se comprobó que, al momento del hecho, no percibía ningún otro beneficio social. En vista de la gravedad de los hechos y el descreimiento que las conductas de el ex funcionario y las ex funcionarias causaron en la sociedad, el fiscal solicitó que fueran declaradas culpables.

Las defensas basaron sus alegatos en la falla de los mecanismos de control del Estado, con lo cual intentaron quitarles a sus defendidos cualquier responsabilidad por los hechos imputados y reclamaron su absolución.

Veredicto

Las defensas, en tanto, basaron sus alegatos en la falla de los mecanismos de control del Estado, con lo cual intentaron quitarles a sus defendidos cualquier responsabilidad por los hechos imputados y reclamaron su absolución.

Al momento de resolver, la jueza Snopek coincidió con los argumentos de la fiscalía respecto a Fernández y Navarreta, por lo que declaró a ambos culpables del delito imputado, no así a Juárez, a quien absolvió por el beneficio de la duda.

Ya en el juicio de determinación de pena, el fiscal fundó el pedido de tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación perpetua para el ejercicio de cargos públicos para Fernández y Navarreta, mientras las defensas apelaron al mínimo de esa escala penal, de 2 años de prisión en suspenso.

La jueza, en tanto, falló en los términos planteados por la fiscalía y, si bien reconoció la falta de antecedentes de los acusados, resaltó la gravedad de los hechos y la desconfianza generada en la sociedad por sus conductas.

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