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Suba del mínimo imponible de ganancias

Para quienes perciban remuneraciones mensuales brutas hasta $431.988 inclusive

La medida rige para los salarios devengados a partir del 1° de noviembre de 2022

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó las modificaciones del Impuesto a las Ganancias para que las trabajadoras y los trabajadores con salarios mensuales de hasta $330.000 brutos dejen de pagar el tributo. La modificación rige para los salarios devengados a partir del 1° de noviembre de 2022.

La Resolución General N° 5280/2022 que instrumenta el nuevo piso para las remuneraciones a partir del cual se empieza a pagar el Impuesto a las Ganancias fue firmada tras la sanción del Decreto 714/2022. De esa forma quienes perciban una remuneración bruta mensual de hasta $330.000 no se verán alcanzados por el tributo.

La medida también prevé beneficios para aquellos sujetos que perciban remuneraciones mensuales brutas superiores a $330.000 y hasta $431.988 inclusive, quienes afrontarán una menor carga tributaria por aplicación de la deducción especial incrementada.

El nivel de remuneraciones a partir del cual se tributa Ganancias ya se había incrementado en dos oportunidades durante 2022 para apuntalar el proceso de recuperación del poder adquisitivo de las trabajadoras y los trabajadores.

La primera modificación fue en enero de 2022, conforme la actualización anual dispuesta en la Ley de Impuesto a las Ganancias, el monto se elevó a $225.937. Tras esos incrementos el decreto 298/2022 dispuso elevar, a partir del 1 de junio de 2022, el monto a $280.792.

Más información: www.afip.gob.ar/GananciasyBienes

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