La Justicia multó a Coto por un aviso sobre la pandemia

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal aplicó una multa de 2 millones de pesos a la cadena de supermercados Coto por la publicación de un aviso que atribuía a las restricciones por la pandemia posibles demoras en entregas a domicilio.
“Dado el contexto de público conocimiento, el nivel de servicio habitual que ofrecemos en Coto Digital puede verse afectado”, advertía el aviso, que remarcaba que se estaba realizado el “mayor esfuerzo para cumplir con los tiempos de los pedidos”, pero que “los mismos pueden extenderse debido a la gran demanda”.
La defensa de la empresa alegó que se trataba de una situación “de público y notorio conocimiento”, que el eventual consumidor se podía representar y comprender. Así las cosas, según la compañía, el anuncio no constituía una cláusula contractual para limitar su responsabilidad, sino que informaba al potencial usuario para que tuviera pleno conocimiento de las condiciones en la que se veía obligada a prestar el servicio.

Los camaristas Luis Márquez, María Caputi y José Luis Castiñeira concluyeron que el aviso generó, al menos, “una incertidumbre respecto de la fecha de entrega y la franja horaria en la cual el consumidor pactó la recepción de los productos seleccionados”.
Agregaron que si se le diera validez al aviso, el cliente quedaría “totalmente desprotegido” y sin precisiones para saber cuándo se producirá efectivamente la entrega, con un “claro e injustificado desequilibrio”.





