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LA JUSTICIA IMPIDE LA FUMIGACIÓN CON AGROTÓXICOS EN SANTA FE

La Multisectorial Paren de Fumigarnos destacó hoy la decisión de un juez de la ciudad santafesina de Rafaela, que restringe a 1.000 metros las fumigaciones con agrotóxicos en la localidad de Sastre y Ortíz, en el departamento San Martín.

Dicha medida restringe a mil (1.000) metros las fumigaciones con agrotóxicos en la localidad de Sastre y Ortíz, en el departamento San Martín.

El juez en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 1 de Rafaela, Duilio Hail, resolvió en primera instancia, alejar las aspersiones terrestres de todo tipo de agrotóxicos, a mil (1.000) metros de la planta urbana de la ciudad de Sastre y Ortiz.

La disposición fue aplicada en el marco de un recurso de amparo presentado el 29 de noviembre de 2018 en los Tribunales de San Jorge, tras un reclamo de la familia de Zoe Giraudo, una niña de dos años que se encuentra en tratamiento oncológico como consecuencia de estar expuesta a las fumigaciones con agrotóxicos.

Felicitamos a los amparistas por la decisión de patrocinarse con el Defensor Oficial y apoyamos decididamente este ejemplo digno de defensa de los derechos a la vida y a la salud, priorizados por sobre intereses económicos.

Sobradas evidencias científicas respaldan la medida. Por ejemplo: el campamento sanitario del Instituto de Salud Socioambiental de la Universidad Nacional de Rosario, los estudios del reconocido Doctor en Ciencias Naturales y Licenciado en Biodiversidad Rafael Lajmanovich, los más de 1100 estudios científicos (solo del glifosato), que demuestran su toxicidad, entre muchas otras.

La actuación del Juez fue comunicada a las partes del juicio ambiental colectivo contra la Municipalidad, que incluye a otros/as 40 vecinos/as como demandantes.

De esta manera se transformó en la primera acción judicial en la provincia, que impone esa distancia, para proteger a toda una población de las aplicaciones terrestres. La medida prohíbe la aspersión de todo tipo de agrotóxicos y obliga al municipio, en consecuencia, a legislar y controlar.

Pero por otro lado, se abre una gran oportunidad que la Municipalidad de Sastre y Ortíz no debería dejar pasar. Aprovechando la zona de resguardo, podría profundizar modelos productivos diversificados, sin agrotóxicos, que garanticen ruralidad, suelos fértiles, mercados de cercanía, soberanía y seguridad alimentaria para la localidad. Acompañar a productoras y productores que ya lo están haciendo y estimular a otras/os.

La salud de Zoe, de niñas y niños que al igual que los adultos están expuestos a estos venenos, tenían ya, respuestas de la ciencia. Hoy, 11 años después del recordado fallo de San Jorge (2009), la respuesta llega del lado de la justicia.

Las y los ciudadanos/as que vienen luchando por su derecho a un ambiente sano, consagrado en el Art. 41 de nuestra Constitución Nacional, en la ley General de Ambiente y otras; así como de pactos internacionales a los que nuestro país suscribe, merecen una respuesta también de la política. La misma, debe ser una “nueva ley provincial” que anteponga la salud, como dice el encabezado de la ley 11.273 (mal llamada de fitosanitarios), del año 1995.

Es urgente su modificación y necesariamente debe ser adecuada dentro del marco de la actual pandemia. Porque, es de público conocimiento, también, que los cocteles de venenos que se utilizan en la producción agrícola, debilitan notoriamente el sistema inmunológico, dejándolo totalmente vulnerado ante la amenaza del Covid-19.

Nos parece imprescindible APOYAR este fallo digno y ejemplar, que rescata el espíritu del PRINCIPIO PRECAUTORIO y es la mejor demostración de respeto a los derechos humanos. Es necesario que los poderes del estado se pongan a la altura de esta resolución y junto a las organizaciones y asambleas vecinales encabecen la lucha por la defensa de la salud de la comunidad.

Fuente: Biodiversidad

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