Des. Social

Jubilados y pensionados pueden nombrar un apoderado para cobrar sus haberes

El trámite debe llevarse a cabo en cualquier delegación de la ANSES, solicitando un turno desde www.anses.gob.ar, o bien, llamando al 130.

Los jubilados y pensionados tienen la posibilidad de nombrar a un apoderado, mayor de 18 años, para hacer trámites en sus oficinas o cobrar el haber previsional. Pero si el interesado sólo desea un apoderado para percibir la jubilación o pensión, puede designar a una entidad bancaria.

El trámite debe hacerse presencialmente en cualquier delegación de la ANSES, sacando un turno al teléfono gratuito 130, de lunes a viernes de 8 a 20 horas, o desde www.anses.gob.ar, sección Turnos online, elegir Solicitar turno y seleccionar Registración de poderes. Allí deberá indicar el CUIL y el nombre completo del jubilado o pensionado y el CUIL del apoderado.

El trámite debe hacerse presencialmente en cualquier delegación de la ANSES, sacando un turno al teléfono gratuito 130, de lunes a viernes de 8 a 20 horas, o desde www.anses.gob.ar

Para tramitar y/o percibir haberes, el apoderado puede ser cónyuge o pariente por consanguinidad, director o administrador de hospitales, sanatorios o asilos –públicos o privados–, funcionario de estos establecimientos en los que el titular se encuentre internado o cualquier persona hábil que acredite mediante certificado médico que éste se encuentra imposibilitado para movilizarse.

 

Colabora con Infobaires24
Suscribite a nuestro canal de youtube TIERRA DEL FUEGO

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba

Tiene un bloqueador de publicidad Activo

Por favor desactive su bloqueador de anuncios, Infobaires24 se financia casi en su totalidad con los ingresos de lass publicidades