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Empleados públicos deberán trabajar de manera remota

El Gobierno nacional dispuso que los agentes de las jurisdicciones, entidades y organismos de la Administración Pública Nacional, empresas y sociedades del Estado o con participación estatal mayoritaria que tengan a cargo hijos u otros familiares menores de hasta 13 años inclusive trabajen desde sus casas.

“Esos trabajadores que cuenten con hijos o hijas, tutelados o tuteladas, o familiares menores a cargo de hasta trece años de edad inclusive, deberán realizar sus tareas de modo remoto, excepto necesidades de servicio indicadas por la Autoridad Superior”, indica la medida firmada publicada en el Boletín Oficial.

En el caso de los servicios esenciales, podrán ser convocados por las autoridades superiores para la prestación laboral, total o parcialmente presencial.

Así las cosas, la Secretaría de Gestión y Empleo Público, que depende de la Jefatura de Gabinete de Ministros, dispuso una actualización del artículo 4º de la Decisión Administrativa Nº 390/20, que se implementó el 16 de marzo de 2020, en la que se habilitaban las licencias para madres y padres del sector público con hijos en edad escolar.

“La licencia se otorgó al inicio de la pandemia porque entendimos que las madres y los padres tenían que acompañar a sus hijos en el proceso de escolarización y se hacía muy difícil compatibilizar ambas tareas en el hogar; ahora que hay receso escolar, entendemos que pueden realizar las tareas de manera remota”, expresó Ana Castellani, Secretaria de Gestión y Empleo Público, según se informó en un comunicado oficial.

En esta nueva disposición se establece que el límite de edad dispuesto “no será considerado en caso de agentes con hijos o hijas, tutelados o tuteladas a cargo que posean certificado de discapacidad oficial, para quienes continúa la prestación laboral preferente por trabajo remoto”.

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