CHACO: Prisión preventiva para torturador de sacerdotes católicos
Los clérigos en 1974 estaban vinculados a las Ligas Agrarias.
Así lo determinó la titular del Juzgado Federal N°1 de esa ciudad, Zunilda Niremperger, respecto de Gabino Manader, el único con vida de los imputados identificados, tras considerar crímenes de lesa humanidad las detenciones ilegales y la aplicación de tormentos a los párrocos Joaquín Nuñez y Gianfranco Testa, ocurridas en 1974.
La titular del Juzgado Federal N°1 de Resistencia, Zunilda Niremperger, procesó con prisión preventiva al exsuboficial mayor de la Dirección de Investigaciones de la Policía del Chaco, Gabino Manader, por la privación ilegal de la libertad y la aplicación de tormentos a los párrocos Joaquín Núñez y Gianfranco Testa, ocurridas en 1974 en la Alcaidía de Sáenz Peña, por considerarlas crímenes de lesa humanidad.
La resolución fue dictada el 18 de septiembre pasado en línea con el pedido formulado por la Unidad Fiscal de Derechos Humanos de Resistencia, integrada por el fiscal general Carlos Amad, el fiscal federal Patricio Sabadini y los auxiliares fiscales Diego Vigay y Horacio Rodríguez.
Según la investigación, en los inicios de la década del ‘70, Núñez y Testa pertenecieron al Movimiento Rural Católico y luego fueron parte de la creación del movimiento de las Ligas Agrarias, que agrupó a pequeños productores.
Los sacerdotes, responsables de las Parroquias de Quitilipi y Machagai, fueron detenidos el 14 de abril de 1974 por la Policía del Chaco y luego trasladados a la Alcaidía de Sáenz Peña. De acuerdo con los elementos recabados en la causa, una vez allí fueron torturados durante varios días por una comisión de la Dirección de Investigaciones de la Policía provincial, encabezada por el jefe Carlos Alcides Thomas y el subjefe Wenceslao Ceniquel, el suboficial Manader -el único con vida de este grupo- y el agente José María Cardozo.
La reconstrucción de los hechos realizada por la jueza se asentó en los relatos de las víctimas, las declaraciones de otros detenidos, los testimonios de religiosas y laicas, además de actuaciones judiciales e informes médicos de la época.
“Se puede apreciar que los relatos de los denunciantes, testigos y la documentación recolectada, son coincidentes a los fines de corroborar la hipótesis delictiva, con el grado de certeza propio de la instancia, y permiten establecer que Núñez y Testa fueron privados de su libertad conforme sus relatos y que presentaban lesiones producto de los reiterados golpes padecidos en las dependencias policiales de Sáenz Peña”, sostuvo la jueza Niremperger.
Además, señaló que los relatos de los denunciantes y testigos se muestran “sólidos, concatenados entre sí e indicativos” de que los autores de las agresiones eran “cuatro o cinco personas de civil, que a su vez eran personal de la Brigada de Investigaciones”, y detalló que algunos de los nombres fueron identificados por las víctimas. “Advierto sobrados elementos que exponen la participación activa de Gabino Manader como parte del grupo de tareas que operaba en la Dirección de Investigaciones donde se desplegaba realizando operativos en diversas localidades del territorio provincial”, apuntó la magistrada.
Las víctimas
Núñez pertenecía a la Orden de los Franciscanos y estuvo cinco años privado de su libertad. Pasó por Alcaidía Policial de Resistencia y las cárceles federales de Resistencia, Rawson (Chubut) y Devoto (Capital Federal) y en un penal provincial de La Plata (Buenos Aires). En 1986 constituyó la parroquia de Caacupé en el barrio de Bella Vista, ubicado en la ciudad de Rosario, donde realizó trabajo social durante años. Falleció recientemente en un hogar de la congregación de los Franciscanos.
Por su parte, Testa fue integrante de la Orden Los Misioneros de la Consolata, y estuvo detenido en la Alcaidía de Resistencia y en cárcel federal de Resistencia. Por su nacionalidad italiana fue expulsado del país en 1978. Luego ejerció el sacerdocio en Nicaragua y Colombia y actualmente reside en Italia.
Las sentencias que prueban la persecución a las Ligas Agrarias
El 25 de junio de 2019, el Tribunal Oral Federal de Resistencia condenó a cuatro expolicías y exmilitares por crímenes de lesa humanidad perpetrados durante la última dictadura militar en la provincia de Chaco contra pobladores rurales y militantes campesinos, en el juicio conocido como “Ligas Agrarias”. El tribunal le impuso la pena de prisión perpetua al exteniente coronel del Ejército Tadeo Bettolli, por el homicidio agravado del dirigente campesino Raúl Eduardo Gómez Estigarribia, y la misma pena para el exagente policial Alcides Sanferraiter por el homicidio agravado por alevosía del militante rural Carlos Picolli.
Además, recibieron penas de 4 y 18 años de prisión los excomisarios José Rodríguez Valiente y Eduardo Wischnivetzky por encubrimiento, privación ilegítima de la libertad y tormentos, según cada caso.
En los fundamentos de la sentencia, el tribunal oral hizo hincapié en el papel del movimiento rural en la defensa de los derechos de las familias campesinas: “Las Ligas Agrarias –desarrolladas en las provincias del nordeste- en particular, se apoyaban en el factor de marginalidad que poseían los pequeños productores, campesinos y trabajadores rurales en el contexto de la sociedad capitalista vigente. Las Ligas Agrarias representaron entonces un gran sector de productores rurales, tanto colonos como campesinos que, viéndose marginados del modelo de desarrollo dominante, irrumpieron en la arena de la lucha política de los años 70 colocando al agro al lado del resto de las expresiones de cambio radical de aquellos años”.
En otra parte de la resolución judicial, los jueces se refirieron al rol que tuvo el Ejército en operativos de represión ilegal: “El Ejército Argentino, como parte de su pregonado ‘proceso de reorganización nacional’ (1976-1983) movilizó efectivos al interior de Chaco, incluidos también los cuadros de la Policía provincial, que por normativas de facto vigentes a la época les estaban subordinados. En lo que se conoció como lucha contra la subversión y en la persecución de los consideraban elementos hostiles -de suyo, en la práctica así fueron considerados los miembros de Ligas Agrarias-, se ejecutaron operaciones que implicaron el hostigamiento, la represión, desaparición y muerte de parte de trabajadores rurales, pequeños productores, sus militantes y dirigentes”.
El mismo tribunal había condenado a los responsables de crímenes contra dirigentes y militantes de las Ligas Agrarias en distintos juicios orales en el marco de las causas denominadas: Masacre de Margarita Belén (2011), Caballero I (2010), Caballero II (2018) y Caballero III (2021) .
A su vez, el Tribunal Oral Federal de San Martín condenó en 2021 a militares del Batallón 601 en el marco de la causa Contraofensiva por las desapariciones, entre otras, de los dirigentes de las Ligas Agrarias de Chaco Hugo Vocouber, Luis Alberto Fleitas y Armando Molina, ocurridas en 1980.