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ARA San Juan: cómo funcionará el Consejo de Guerra que investigará a 8 oficiales

El próximo miércoles en el Edificio Libertador comenzará a desarrollarse el Consejo de Guerra, que tendrá como objetivo analizar las responsabilidades de ocho oficiales de la Armada Argentina en el hundimiento del submarino ARA San Juan.

Las actuaciones del Consejo de Guerra serán de carácter confidencial dado que pueden entrar en cuestión datos sensibles como son la misión del buque siniestrado y su rol en el esquema de la defensa nacional.

“Cuando llegamos al Ministerio le dimos todo el respaldo necesario al oficial instructor del Consejo de Guerra, que es un oficial de otra fuerza, sobre el hundimiento del San Juan, y se puso como objetivo que antes de finalizar el año se empezaran a juzgar las responsabilidades militares”, indicó el ministro de Defensa, Agustín Rossi.

En ese sentido, en diálogo con FM 104.3 Continental, el funcionario subrayó que espera ahora “con expectativa el inicio del Consejo de Guerra, que es el tribunal militar donde se dispondrán las sanciones disciplinarias, que podrán coincidir o no con las de la justicia ordinaria”.

El tribunal

Estará integrado por el jefe de Estado Mayor Conjunto (EMC) de las Fuerzas Armadas, el general Juan Martín Paleo, y por el brigadier Pedro Girardi, segundo Comandante Operacional de las Fuerzas Armadas.

Fuentes castrenses explicaron que la participación del EMC en el Consejo sólo se activa cuando lo investigado acontece bajo su órbita o cuando, como sucede en este caso, entre los acusados se encuentra personal de alta gradación.

Marcelo Srur, el almirante que comandaba a la Armada al momento del hundimiento del ARA San Juan, estará acompañado en el banquillo por los contralmirantes Luis López Mazzeo y Eduardo Malchiodi y el capitán de navío Carlos Ferraro, todos pasados a retiro. Además, consignó Télam, se deberá analizar las responsabilidades de Claudio Villamide, Héctor Alonso, Hugo Correa y Jorge Sullia, todos ellos en actividad.

El tribunal deberá prestar atención a “la extensión del daño o peligro causados”. De ser aplicada, la destitución implica la baja del condenado de las Fuerzas Armadas en caso de tratarse de personal en actividad o la pérdida definitiva del grado para aquellos que hayan pasado a retiro.

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