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15 años de prisión para Pedraza por el crimen de Mariano Ferreyra

Así confirmó la Sala III del máximo tribunal penal del país, las penas impuestas por el Tribunal Oral Criminal 21. Por el homicidio de Mariano Ferreyra, José Pedraza fue condenado junto a Juan Carlos “Gallego” Fernández –su ex segundo en la UF– a 15 años de prisión; el delegado ferroviario, Pablo Díaz y los autores materiales, Cristian Favale y Gabriel “Payaso” Sánchez recibieron 18 años de pena y el grupo de policías que liberó la zona, 10 años de prisión.

Tronaron los aplausos los tribunales de Comodoro Py con motivo de celebración por la decisión de la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, que confirmó las condenas al ex jefe del sindicato ferroviario, José Pedraza, y a los demás condenados por el crimen del militante del Partido Obrero, Mariano Ferreyra, cometido en octubre del 2010.

La decisión confirmó una condena a 15 años de prisión para Pedraza, por el delito de instigador del crimen que concluyó con la cúpula de la Unión Ferroviaria (UF) en la cárcel. Los camaristas Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani conformaron el voto de mayoría, mientras que su par, Liliana Catucci, votó en disidencia y solicitó la absolución de Pedraza.

El abogado Maximiliano Medina, el legislador Pablo Ferreyra y el líder del Partido Obrero, Jorge Altamira se encontraban desde temprano en los pasillos de Comodoro Py.

La Sala rechazó los recursos presentados por las defensas de todos los condenados y también elevó las penas impuestas a los policías –Jorge Raúl Ferreyra y Luis Mansilla–, juzgados por liberar la zona del hecho. Deberán cumplir 10 años y 8 meses de prisión.

El abogado Maximiliano Medina, del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS); el legislador Pablo Ferreyra, hermano de Mariano; el líder del Partido Obrero, Jorge Altamira; y la fiscal ante Casación, Gabriela Baigún; se encontraban desde temprano en los pasillos de Comodoro Py.

En el fallo, informaron que “se probó la complicidad de Pedraza a través de indicios posteriores, que resultan indicadores de conductas previas de cooperación moral y material”.

En el fallo, los camaristas Gemignani y Borinsky informaron que “se probó la complicidad de Pedraza a través de indicios posteriores, que resultan indicadores de conductas previas de cooperación moral y material”. Y añadieron que “durante el transcurrir de los hechos, Pablo Marcelo Díaz se comunicó permanentemente con Juan Carlos Fernández (Secretario Administrativo de Unión Ferroviaria), quien se encontraba junto a José Ángel Pedraza en la sede de la Unión Ferroviaria, sita en la Av. Independencia N° 2880 de esta Ciudad”. Asimismo los magistrados agregaron que “las palabras y los actos de Fernández, eran para todos los intervinientes en este hecho, a la vez, de Pedraza. Pues éste sólo a través de Fernández, su par, se relacionaba con ellos”.

Carlos Froment, defensor de Pedraza, anunció que presentará un recurso extraordinario para que la situación del gremialista sea revisada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La condena

Según Infojus Noticias, la audiencia de revisión de la condena se realizó en junio pasado, a dos años del juicio en el que el Tribunal Oral en lo Criminal N° 21 condenó a Pedraza y Fernández, a 15 años de prisión; a Sánchez, Favale y el delegado Pablo Díaz, a 18 años; y a dos ferroviarios y un grupo de policías, por cumplir diferentes roles el mediodía del  20 de octubre de 2010, cerca de la estación Yrigoyen del Roca.

En 2013, el TOC N° 21 condenó a los acusados y concluyó que Ferreyra fue baleado durante una marcha de tercerizados del ex ferrocarril Roca, en la que reclamaban su pase a planta permanente, en una agresión instigada por los entonces líderes de la Unión Ferroviaria. Los ferroviarios Jorge González y Salvador Pipito recibieron 11 años como coatuores y Claudio Alcorcel, 8.

Los policías Mansilla y  Ferreyra  fueron condenados a diez años, pena que fue elevada hoy, por Casación, a diez años y 8 meses, por haber sido partícipes necesarios. Además, Casación confirmó las absoluciones de los ferroviarios Juan Carlos Pérez, Guillermo Uño y Rolando Garay. En tanto que otros tres policías –Luis Echeverría, Gastón Conti y Hugo Lompizano– quedaron condenados a dos años por incumplimiento de deberes de funcionario público.

La Jueza Catucci, con su voto en disidencia y minoritario, consideró que Juan Carlos Fernández, Pablo Díaz, Favale, Sánchez, González y Pipitó debían ser condenados a prisión perpetua por homicidio agravado. La jueza, consideró a Fernández como el máximo responsable de los hechos; a Pablo Díaz como su organizador; y a Cristian Favale y Gabriel Sánchez como dos de los ejecutores. Entendió que la condena de Pedraza era producto de un argumento de pura autoridad del Tribunal de juicio, sin sustento en prueba objetiva de su responsabilidad, con el grado de certeza propio de un juicio de condena.

Con respecto a Jorge González y Francisco Pipitó, Catucci consideró que participaron en el hecho y que, además, trataron de evitar con amenazas la difusión televisiva del episodio por parte del equipo periodístico de C5N, integrado por Gabriela Carchak, Gustavo Farías y Marcelo Polito. Para todos ellos, propuso la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio agravado. También, entendió que los comisarios Ferreyra y Mansilla debían ser condenados por incumplimiento de los deberes a su cargo, porque ninguna prueba permitió siquiera suponer que hubieran tenido previo conocimiento de los ataques masivos preparados por los otros.

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