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Pericia clave muestra que no hubo sobreprecios en la compra de Gas licuado

Una pericia mostró que Enarsa no compró entre 2008 y 2012 gas natural licuado con sobreprecios y desbarató una de las principales causas contra el ex ministro de Planificación Julio de Vido y su mano derecha Roberto Baratta. 

“En virtud de lo analizado y expuesto en la presente, se concluye y establece en definitiva que los precios abonados por ENARSA por los cargamentos de GNL adquiridos en el período determinado -años 2008 a 2012 ambos incluidos- se corresponden con los valores de Mercado”, sostuvo la pericia.

El estudio, que fue publicado por el medio Infobae, lleva la firma de ocho expertos y se sumó a la causa residual que está en manos del juez Julián Ercolini. Según la pericia, “ninguno de los embarques supera el rango de variación de los precios del Mercado Spot”. “En virtud del análisis efectuado a lo largo de la presente pericia, se ha determinado que el Mercado Spot es un mercado de oportunidad y arbitraje entre los mercados del Atlántico y del Pacífico; y según predomine la oferta o la demanda de GNL en el mercado mundial, el precio del Mercado Spot tiende a oscilar entre el piso, representado por el Mercado del Atlántico, y el valor superior determinado por el Mercado del Pacífico”, escribieron los expertos en las conclusiones.

Ya hubo sobreseídos

En noviembre, el juez federal Julián Ercolini sobreseyó al extitular de Enarsa Walter Fagyas y a otros tres imputados en una causa que investigó supuestos sobreprecios en fletes y seguros para transporte de gasoil entre enero de 2008 y abril de 2010, al concluir que no hubo «delito alguno».

Los sobreseídos son Fagyas, el exfuncionario del exMinisterio de Planificación Federal Roberto Baratta y otros dos imputados, Jorge Samarín y Nilda Minutti, según la resolución a la que tuvo acceso Télam.

La causa se había archivado en septiembre pasado pero las defensas apelaron esta decisión y reclamaron los sobreseimientos, dictados ahora por el juzgado.

«Se ha descartado la comisión de ilícito penal alguno», reiteró el juez Ercolini en su resolución, al retomar los argumentos en base a los cuales el 14 de septiembre pasado archivó el caso.

La denuncia aludía a supuestos sobreprecios en fletes y seguros detectados por la Auditoría General de la Nación desde el 1 de enero de 2008 y el 30 de abril de 2010.

«Este tribunal valoró la vasta prueba recolectada, la que sirvió de base para señalar que las conductas investigadas no constituían delito alguno», reiteró el juez.

Los precios de compra de gas oil, «incluyendo los valores de flete y seguro-, entre los años 2008 a 2013, fueron abonados por Enarsa a valores de mercado», se concluyó en la pesquisa.

Además, «los servicios de agenciamiento marítimo fueron facturados por las respectivas agencias a las empresas proveedoras, mas no a la firma antedicha, por cuanto no tenían vinculación contractual alguna con dicha sociedad anónima con participación estatal mayoritaria», agregó la resolución.

La decisión de archivar el caso quedó firme porque no fue apelada por la fiscalía.

Pero las defensas reclamaron los sobreseimientos, como fue el caso de la de Fagyas, a cargo del abogado Alfredo Huber, quien entendió que correspondía dictar el sobreseimiento para establecer «cosa juzgada» y evitar posteriores reaperturas «en el futuro»

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