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JUICIO A UN EX CUSTODIO DE LA CORTE SUPREMA POR ABUSO SEXUAL

El acusado es Rodolfo Esteban Gray, que en 2018 fue condenado a cinco años de prisión por violencia de género contra sus exparejas

Fue en el marco de ese juicio que las mujeres relataron una serie de episodios que involucraron delitos contra la integridad sexual.

El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº17 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comenzó este miércoles el juicio contra Rodolfo Esteban Gray, acusado de haber abusado sexualmente de su exesposa y su exnovia. Las causas que llegaron a esta instancia comenzaron luego del juicio donde se condenó al hombre -excustodio de la jueza Elena Highton de Nolasco- a cinco años de prisión por amenazas coactivas en 2018.

En el juicio interviene la fiscal María Luz Castany, en representación de la Fiscalía N° 30 ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional, con la intervención de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM) y la Dirección de Orientación, Acompañamiento y Protección a las Víctimas (DOVIC). Durante la investigación de la causa, intervino la fiscal Silvana Russi.

Ante la jueza Silvia Guzzardi y los magistrados Pablo Vega y Juan Giudice Bravo, se leyeron este miércoles los requerimientos de elevación a juicio donde la fiscal Russi consideró que Gray debía ser juzgado por el abuso sexual con acceso carnal reiterado en el caso de ambas mujeres, agravado por haber sido cometido mediante el empleo de armas de fuego.

El caso

En junio de 2018, Gray fue condenado a cinco años de prisión por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº20, que lo encontró responsable por los delitos de “amenazas coactivas en concurso ideal con daño, reiterados en dos oportunidades; amenazas simples; daño simple en concurso ideal con lesiones leves, agravadas por tratarse de alguien con quien se ha mantenido una relación de pareja y amenazas coactivas”.

El fallo fue confirmado por la Cámara Nacional de Casación en marzo de 2021. En esa resolución, los jueces Pablo Jantus y Alberto Huarte Petite respaldaron la decisión del tribunal y consideraron que las denuncias “encontraban correlato no sólo en la declaración de las víctimas, sino de los múltiples y variados testimonios recabados, y en las peritaciones forenses descriptas que no se limitaron a contextualizar los sucesos, sino que lo corroboraron directa o indirectamente”.

“Es relevante que la argumentación del propio fallo contempla y responde sobradamente a los cuestionamientos de la defensa, no sólo porque el análisis del valor de los testimonios no se limitó a la contextualización de los sucesos, sino porque los testigos, en forma directa o indirecta, corroboraron los hechos denunciados en particular, además de encontrar apoyo en la evidencia mediante la que se documentaron los daños, o respaldó mediante el dictamen de las especialistas el impacto emocional y la verosimilitud de las declaraciones”, consideró la Cámara de Casación.

Fue justamente en el marco de ese juicio que las dos mujeres relataron los distintos episodios de violencia sexual que sufrieron durante el matrimonio (en el caso de su exesposa) como en la relación (en el caso de la exnovia).

Tras la extracción de testimonios, se hizo foco en estos episodios, por los que se acusa a Gray de haber forzado de manera violenta y denigrante a las mujeres a mantener relaciones sexuales no consentidas, modalidad que estuvo siempre signada por la violencia física y sexual.

En ambas causas, figuran informes de la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación donde se señala el riesgo altísimo que atravesaron las víctimas, en función de las distintas modalidades de violencia que desplegó Gray: no solo la violencia sexual sino también la imposición del control, dominio y disciplinamiento y el amedrentamiento con el uso de arma de fuego.

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