
La organización que defiende a las víctimas de abuso sexual reclamó a la legislatura provincial la situación legal de Raúl Acosta, reemplazante en la Cámara de Diputados del Chaco por el bloque oficialista.
Las víctimas del dirigente de Concertación Forja, en declaraciones a la prensa del Chaco, explicaron: “Por mucho tiempo nosotros no hablamos pero ya que hicimos terapia ahora estamos preparadas y con mi hermana nos animamos e hicimos la denuncia” dos jóvenes hermanas oriundas de la localidad La Leonesa. Bárbara y Caren Kaufman, cuyos padres trabajaban para el mencionado sobre quien ante la policía, denunciaron que las forzaba a soportar los constantes manoseos y demás contacto físico de índole sexual, bajo amenaza de quitarles el trabajo a sus progenitores, e incluso una beca que a la mayor de ellas, le fuera otorgada para sus estudios universitarios.
“Nos pedía que hagamos notas o nos mandaba a comprar algo y nosotros le llevábamos a la oficina y él llaveaba la puerta”. “Buscaba motivos para que vayamos a la oficina solas” dijo Bárbara al recordar la situación violenta a la que se viera expuesta en su trato con el político.
Las jóvenes comentaron que el funcionario las presionaba al insistir que “teníamos que estar con alguien que tenga plata, que sea como él, inteligente y un montón de cosas más y que si hablábamos o decíamos algo le iba a sacar el trabajo a mis padres”.
“enviaba videos pornográficos” y que “yo no le contestaba”. “Para acomodar eso te mandaba videos de lo que cocinaba él” dijo Caren la menor de ambas veinteañeras.

Al Fin Justicia, emitió un comunicado al respecto: «Repudio: un ex funcionario de la empresa SAMEEP imputado por abuso sexual podría asumir como diputado.
El ex diputado provincial y ex funcionario de la empresa estatal SAMEEP, Raúl Acosta, se encuentra imputado en la causa caratulada Expte Nº 42712/2021 «ACOSTA, RAUL POLICARPO S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL (3 HECHOS) Y ABUSO SEXUAL SIMPLE (3 HECHOS) EN CONCURSO REAL CON ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL», que se tramita en la Fiscalía N° 15 de la ciudad de Resistencia, Chaco.
Sin embargo, mientras la investigación avanza, el ex funcionario estaría en condiciones de asumir nuevamente como legislador, ante la posible renuncia de alguno/a de los/las actuales diputados/as en funciones, correspondiente al periodo 2019 al 2023.
Pedido de Impugnación
Teniendo en cuenta esto, desde el movimiento de mujeres, feministas y disidencias sexuales
solicitaron el año pasado a los legisladores y legisladoras que impugnen su posible incorporación
al Poder Legislativo.
En la nota presentada se destaca “La Constitución provincial en su artículo 115 expresa que: «la Cámara es juez de la validez de la elección y los títulos de sus miembros». Este juicio abarca la evaluación del requisito de idoneidad ética y moral para acceder a la función pública (arts. 11 y 105 de la Constitución provincial, respectivamente).
No hay dudas acerca de que el juicio puede abarcar a los requisitos que hacen a las calidades personales de sus miembros, en otras palabras, al juicio sobre la idoneidad requerida por el art. 11 de la Constitución para el ejercicio de los cargos públicos”.
“La Constitución es una «unidad armónica» y como todo sistema presupone la existencia de una armonía interna entre todas sus partes, que imponen al intérprete debe de respetar esa estructura, coordinándolas y armonizándolas de tal forma que tal forma que haya congruencia y relación entre ellas. En referencia a ello, la Corte Suprema tiene dicho que “para ocupar empleos o cargos públicos la Constitución Nacional impone la condición de idoneidad (art. 16, primer párrafo), es decir, exige que la persona que pretenda ingresar a la administración tenga las aptitudes físicas y técnicas necesarias para desempeñar las tareas que se le asignen” (Fallos 319:3040, cons. 9°), así como que tal concepto no excluye la imposición de requisitos éticos, como son los atinentes a la integridad de la conducta (Fallos 238:183)”.
Cabe señalar, que las impugnaciones sólo pueden ser formuladas: a) Por un Diputado en ejercicio o electo. b) Por el organismo ejecutivo máximo de un partido político de la Provincia. Es decir, que los diputados y diputadas deberán decidir si una persona imputada de delitos gravísimos como en este caso puede ingresar a la Casa de la democracia.
Poder Legislativo que se ha caracterizado por su compromiso con la promoción de los Derechos Humanos y la sanción de una cuantiosa normativa vinculada a erradicar la violencia contra las mujeres» concluyó el comunicado de la organización.
Fuentes: Radio Gualamba y Al Fin Justicia





