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Bullrich desatada: autorizó a la policía a disparar sin identificarse

La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, dictaminó un cambio que permite a los agentes de las fuerzas federales de seguridad usar armas de fuego  sin necesidad de dar la voz de alto y ni identificarse.

Así lo establece el Reglamento General para el Empleo de Armas de Fuego que fue publicado este jueves en el Boletín Oficial.

Los cincos casos

-Cuando la identificación pueda implicar que el obrar de un agresor incremente el riesgo de muerte o de lesiones graves a otra persona.

-Cuando se pusiera indebidamente en peligro la integridad física o la vida de los propios funcionarios de las fuerzas policiales y de seguridad federales.

-Cuando la identificación expusiere la ubicación de un integrante o más efectivos de las fuerzas policiales y de seguridad federales y ello significara un riesgo para su vida o entorpeciera la protección de la integridad física o la vida de terceras personas.

-Cuando se obrare ante más de un agresor y la respuesta frente al riesgo inminente de la integridad física o de la vida de los funcionarios o de terceras personas implique una desventaja numérica o táctica.

-Cuando la identificación resultare evidentemente inadecuada o inútil, dadas las circunstancias del caso.

El artículo 2

Por otra parte, el artículo 2 de la resolución firmada por la ministra indica que “se hará uso de las armas de fuego cuando resulten ineficaces otros medios no violentos” en los siguientes casos:

-En defensa propia o de otras personas, cuando hubiere peligro inminente de muerte o de lesiones graves.

-Para impedir la comisión de un delito particularmente grave, que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas o ponga en peligro, de cualquier modo, la vida de otras personas.

-Para proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad, o para ayudar a efectuarla.

-Para impedir la fuga de quien represente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas, y hasta lograr su detención.

-Para mantener la seguridad y el orden en los establecimientos de detención cuando corra peligro la integridad física o la vida de las personas que se encontraren bajo custodia o detenidas o de quienes tienen a su cargo su seguridad.

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