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Fallo de la Corte por ganancias podría beneficiar a 300 mil jubilados

Otra mala noticia para el régimen de Mauricio Macri. La Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional el pago del impuesto a las ganancias en el caso de María Isabel García, pero el fallo puede incidir en la situación de unos 300 mil jubilados que cobran más de 62 mil pesos.

Por cuatro votos contra uno, la Corte Suprema de Justicia resolvió la inconstitucionalidad del pago de ganancias para los jubilados. Los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Elena Highton de Nolasco ratificaron los fallos de primera y segunda instancia, que le habían dado la razón a la denunciante María Isabel García.

En contra se pronunció el presidente del máximo tribunal, Carlos Rosenkrantz, quien nuevamente quedó en soledad y alineado con la postura del Gobierno Nacional. Además, los magistrados le pidieron al Congreso que elabore una ley para darle un tratamiento diferenciado a «los jubilados en condiciones de vulnerabilidad por ancianidad o enfermedad, que conjugue este factor relevante con el de la capacidad contributiva potencial».

Si bien la Corte resolvió en este caso puntual (y el voto de la mayoría hace un señalamiento especial sobre este aspecto), la sentencia sienta jurisprudencia. Lo más probable es que la decisión tenga efectos directos sobre el resto de los jubilados que ya iniciaron reclamos ante la Justicia y que indirectamente también alcance a los demás jubilados que son afectados por el tributo pero no presentaron aún sus demandas. Deberán, en ese caso, hacer su propio planteo ante los tribunales.

El universo de potenciales jubilados alcanzados por este fallo es de unos 300 mil en todo el país. Son quienes ganan más de 62.462 pesos por mes. Según informó la ANSES, por año recauda unos 5.265 millones de pesos por este concepto. Si finalmente se confirman los fallos de primera y segunda instancia, el Estado dejará de percibir ese ingreso anual y, además, debería pagar a quienes judicializaron el reclamo (unos 400 jubilados), el retroactivo al momento del inicio de la presentación judicial, con los intereses correspondientes.

El caso García

En el caso puntual de García, los jueces aluden especialmente a las particularidades de su situación. Contaba en 2015, al presentar la demanda, con 79 años, padecía problemas de salud y los descuentos realizados en su beneficio jubilatorio oscilaron en el período marzo a mayo de 2015 entre el 29,33 por ciento y el 31,94 por ciento.

Si bien en reiterados párrafos expresan que no buscan interferir en las facultades de otro poder, los jueces explican que pondrán esta situación «en conocimiento del Congreso, para que este -ejerciendo sus competencias constitucionales- identifique situaciones y revise, corrija, actualice o complemente razonablemente el criterio genérico originario atendiendo al parámetro establecido por la justicia».

«Colocando al colectivo considerado en una situación de notoria e injusta desventaja cobra especial énfasis el deber del legislador de estipular respuestas especiales y diferenciadas para los sectores vulnerables, con el objeto de asegurarles el goce pleno y efectivo de todos sus derechos», afirman en la sentencia.

 

 

 

 

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