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MENDOZA EXTENDIÓ EL DISTANCIAMIENTO SOCIAL HASTA EL 3 DE AGOSTO

Anunciaron las nuevas disposiciones para actividades sociales

A la media noche del lunes, el gobierno mendocino comunicó las medidas establecidas para esta etapa de la pandemia en el país por el covid19.
Entre las decisiones informadas destacaron: «se mantienen las medidas establecidas en la última prórroga, como las salidas con limitaciones por DNI y la realización de reuniones familiares sólo los domingos.
En el decreto provincial 894 publicado en el Boletín Oficial de Mendoza, Rodolfo Suárez, su gobernador estableció la extensión del distanciamiento social, preventivo y obligatorio en toda la provincia hasta la media noche del próximo 3 de agosto.

Nuevas medidas emitidas por el Gobernador Suárez

-Se mantienen las limitaciones según la finalización del DNI. Así, las personas cuyos documentos terminan en 1, 2, 3, 4 y 5 podrán asistir a los comercios habilitados solo los lunes, miércoles, viernes de 8 a 19. Los domingos se autoriza en horario de 8 a 13. En tanto, las personas cuyos documentos finalizan en 6, 7, 8, 9 y 0 podrán asistir a los comercios habilitados solo los martes, jueves, sábados de 8 a 19. Los domingos se autoriza en horario de 13 a 19.

-Continúa la restricción de la circulación de personas en toda la provincia entre las 23.30 de cada día y las 5.30 del día siguiente. Solo están exceptuadas aquellas personas que deban circular en alguna situación de emergencia médica debidamente justificada, y las personas vinculadas a la prestación de servicio de salud. También aquellos ciudadanos que están afectados a los servicios de entrega a domicilio y deliveries.

-Sobre las reuniones familiares, continúan autorizados en toda la provincia los encuentros de hasta un máximo de 10 personas con «parentesco en razón de la naturaleza, las técnicas de reproducción humana asistida, la adopción o la afinidad, hasta el segundo grado en línea ascendente, descendente o colateral».

– Las reuniones podrán realizarse solo los días domingos, de 11 a 19. Para estas actividades no se aplica la limitación de finalización del DNI «ni será aplicable a su respecto el concepto de cercanía».

-Se indica que «el alquiler de alojamientos en las localidades turísticas ubicadas en todo el ámbito territorial de la provincia podrá realizarse exclusivamente a grupos familiares convivientes. En consecuencia, queda prohibido todo tipo de arrendamiento a cualquier otra calidad de inquilino».

En tanto que detalla el Gobierno, los horarios pertinentes para las siguientes actividades sociales, permitidas: Reuniones familiares: domingos de 11 a 19. Comercio en general: 9 a 19. Supermercados mayoristas y minoristas: 8 a 19. Centros comerciales, malls y shopping centers: 10 a 23. Las tiendas comerciales en general, de 10 a 19; hasta las 23: los bares, confiterías y restaurantes ubicados en su interior o que tengan salida a la vía pública. Bares, confiterías y restaurantes: 7 a 23. Las farmacias podrán atender en su horario habitual y con los turnos habilitados por la autoridad de aplicación. Expendio de combustible sin límites de horario. Reparto a domicilio (delivery): de domingos a jueves de 7 a 23; viernes y sábados, de 7 a 24. Actividad física y gimnasios: 7 a 23. Administración pública: 9 a 18. Asistencia a cementerios: 10 a 16. No implica apertura de salas de velatorios o realización de velatorios.

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