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TUCUMÁN: Revocan domiciliaria a un ex policía represor

Luis Armando De Cándido, condenado a prisión perpetua

Se trata de Luis Armando De Cándido, condenado a prisión perpetua por delitos cometidos en el marco del terrorismo de Estado de la última dictadura.

El Tribunal coincidió con la fiscalía, tras el registro de múltiples violaciones a las condiciones de la prisión domiciliaria.

Pablo Camuña, que sea revocada la prisión domiciliaria del el ex agente policial Luis Armando De Cándido, condenado por crímenes de lesa humanidad ocurridos durante la última dictadura militar. De Candido había recibido la pena de prisión perpetua en el año 2010 por delitos perpetrados en su accionar como oficial de la Policía de Tucumán e integrante del Servicio de Informaciones Confidenciales, grupo que tuvo a su cargo el funcionamiento del Centro Clandestino de Detención (CCD) Jefatura de Policía.

Actualmente se encuentra siendo juzgado por su participación necesaria en la privación ilegal de la libertad, imposición de tormentos agravados y homicidio triplemente calificado en perjuicio del ex senador provincial y víctima de desaparición forzada Dardo Molina.

La solicitud para que sea revocada la prisión domiciliaria fue acompañada también por las querellas de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, de la “Asociación por la Memoria, la Verdad y la Justicia, Familiares de Detenidos – Desaparecidos y ex – Presos Políticos de Santiago del Estero” y particulares.

En su resolución el Tribunal retomó los fundamentos esgrimidos por el Ministerio Público Fiscal, basados en “las infracciones al régimen de la misma [por la prisión domiciliaria] de las últimas semanas, y otros anteriores reiterados, sistemáticos y documentados que llegan a cuarenta episodios de quebranto”. Asimismo, el Tribunal revisitó un largo historial de antecedentes destacados por el Ministerio Público Fiscal en el cual se examinaron “violaciones a las condiciones de cumplimiento de la prisión domiciliaria de De Cándido desde la instalación del sistema de vigilancia electrónica en octubre de 2017”. Desde su ingreso al sistema del monitoreo hasta la actualidad el condenado por delitos de lesa humanidad acumuló 39 violaciones de las condiciones establecidas por la prisión domiciliaria.

El pedido del Ministerio Público Fiscal había sido solicitado luego de que el sistema de monitoreo electrónico -que supervisa el cumplimiento del arresto domiciliario- señalase tres nuevas alertas los días 25, 26 y 29 de mayo por salidas no autorizadas. Asimismo, la Fiscalía había recibido una denuncia de un ciudadano que informó haberlo visto en una entidad bancaria en el microcentro tucumano el 26 de mayo por la mañana. Dicha salida, según pudo corroborarse, no estaba autorizada.

De esta manera, el Tribunal recordó que se trata de una “revocación de prisión domiciliaria originada en la actitud pertinaz de incumplimiento de sus condiciones que están sometidas al control de la autoridad jurisdiccional respectiva que había dispuesto esa modalidad por razón etaria. Pues bien, pierde entidad la cuestión etaria frente a incumplimientos sucesivos y reiterados, que demuestran una actitud de desprecio hacia la sanción recibida en las tres causas en las que el imputado fue condenado (y que se encuentra sometido a juicio en una cuarta)”.

En este mismo sentido, la resolución señaló que “ante la comprobación de la sistemática y reiterada violación de la prisión domiciliaria, lo único que cabe razonablemente es la revocación de esa modalidad de cumplimiento de la privación de libertad. Cabe agregar que también la exigencia de razonabilidad en los actos jurisdiccionales, forma parte de esos estándares establecidos por el Alto Tribunal”.

 

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