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Sub comisario de la Federal a prisión e inhabilitación por abuso sexual

La condena fue dictada por el Tribunal Oral Criminal Federal N°1 de Mendoza

El fallo declaró a las damnificadas como víctimas de violencia de género y dispuso para ellas su reparación integral. El exjefe policial deberá pagar una indemnización global de ocho millones de pesos.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) Nº1 de Mendoza condenó a un subcomisario de la Policía Federal a 4 años de prisión e inhabilitación para integrar fuerzas de seguridad y especial perpetua, por el abuso sexual agravado a una agente de la misma fuerza y por el abuso de autoridad y el incumplimiento de los deberes de funcionario público en relación a una segunda subalterna, en hechos que sucedieron entre 2019 y 2021.

La condena, que incluyó una serie de medidas de reparación integral para las víctimas, fue en línea con el pedido que había formulado el Ministerio Público Fiscal, representado por el titular del área de Transición de la Unidad Fiscal Mendoza, el fiscal federal Fernando Gabriel Alcaraz; el fiscal federal subrogante Federico Baquioni; y las auxiliares fiscales Melina Juan y María Marta Poggio, quienes actuaron en el debate.

El TOF consideró al subcomisario Eduardo Javier Casas Rusch autor de los delitos de abuso sexual, abusando de la relación de dependencia, de autoridad o de poder agravado por haber sido cometido por un funcionario de una fuerza policial en ocasión de su función, en concurso real con incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Asimismo, por expresa solicitud de la representación del MPF, el tribunal declaró a las dos damnificadas como víctimas de violencia de género por los hechos acreditados en la causa.

Un subcomisario de Mendoza fue condenado e inhabilitado de por vida por  abuso sexual

Los jueces Alberto Daniel Carelli y Alejandro Waldo Piña y la jueza María Paula Marisi, fijaron una indemnización de ocho millones de pesos (distribuidos en tres millones y cinco millones para cada víctima), en concepto de daño moral y conforme a las disposiciones del artículo 29 del Código Penal (CP), y dispusieron el apoyo terapéutico de ambas mujeres, así como de cualquier otra necesidad relacionada con su salud psicofísica.

Como garantía de no repetición, ordenaron la remisión de la transcripción de las peticiones del MPF al Ministerio de Seguridad de la Nación, focalizando en la necesidad de instruir al personal respecto de los procedimientos y temperamentos a seguir en casos de violencia de género y/o laboral, como así también en que la calidad de denunciantes de las víctimas, no influya de manera negativa en sus respectivas carreras dentro de la fuerza.

Por expresa solicitud de la representación del MPF, el tribunal declaró a las dos damnificadas como víctimas de violencia de género por los hechos acreditados en la causa.

A su vez, dispusieron comunicar la sentencia a la Subsecretaría de Protección Contra la Violencia de Género del Ministerio de Capital Humano a los fines de monitoreo, recolección, producción, registro y sistematización de datos e información sobre la violencia contra las mujeres, conforme el artículo 12 y siguientes de la Ley N°26.485 de protección integral de las mujeres; y a la Secretaría de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El caso

Según lo acreditado en el debate, siendo subcomisario de la Policía Federal Argentina, Casas Rusch abusó sexualmente, acosó y hostigó a una mujer agente de la fuerza, todo ello en contexto de violencia de género hacia finales de 2019 y hasta octubre de 2021, en sede de la División Unidad Operativa Federal Mendoza y en la Secretaría Previsional, ubicada en calle San Juan al 200 de la ciudad de Mendoza.

A su vez, el acusado maltrató, hostigó y discriminó por motivos de género a otra agente de guardia interna de la misma división, conductas violentas que escalaron desde que empezó a cumplir funciones como jefa de servicio en la guardia en el año 2020.

Estos abusos basados en la relación desigual de poder, afectaron la vida, dignidad, integridad física, psicológica, sexual y la seguridad personal de las mujeres victimizadas, según postuló la fiscalía.

La petición del MPF

Al momento de los alegatos, la auxiliar fiscal Poggio había solicitado la pena de prisión de 4 años y 6 meses para el acusado por los delitos previstos en el artículo 119, primer párrafo, inciso “e” en función del último párrafo C.P. (abuso sexual cometido por personal perteneciente a las fuerzas policiales o de seguridad, en ocasión de sus funciones), en concurso ideal con el artículo 248 (abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público) por una de las víctimas; ello en concurso real con el mismo artículo 248 (abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público) por la segunda de las damnificadas. A la par, requirió se disponga la inhabilitación especial perpetua -otorgada por el TOF-, conforme artículo 20 bis último párrafo del C.P.

A su vez, la auxiliar fiscal Juan había pedido que se declaren los hechos por los que fue acusado Casas, como una forma de discriminación y violencia contra las mujeres, conforme señalan la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém do Pará), la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), el Convenio N°190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo y la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los Ámbitos en que Desarrollen sus Relaciones Interpersonales.

El TOF consideró al subcomisario Eduardo Javier Casas Rusch autor de los delitos de abuso sexual, abusando de la relación de dependencia, de autoridad o de poder agravado por haber sido cometido por un funcionario de una fuerza policial en ocasión de su función, en concurso real con incumplimiento de los deberes de funcionario público.

De igual modo, había requerido la aplicación de medidas orientadas a la reparación integral, entre ellas, la indemnización económica, medidas de satisfacción ligadas a que las denuncias formuladas por las víctimas no perjudiquen sus carreras dentro de la fuerza y diligencias de garantía de no repetición. Entre estas últimas, que el condenado realice cursos sobre la eliminación y prevención violencia contra la mujer impartido por especialistas en la temática y que sea debidamente examinado, fijando un límite temporal para su culminación.

Además, la formación permanente y obligatoria dirigida a todos los niveles jerárquicos de la Policía Federal Argentina que, en esencia, aborde cuestiones ligadas a los derechos humanos y género; violencia laboral y sexual, y la superación de estereotipos sobre el rol social de las mujeres.

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