
Sta Fe: Pueblos originarios luchan por sus derechos ciudadanos
Lo inclusivo debe constar en la letra de la Carta Magna provincial
El líder indígena, Daniel Naporichi, en comunicación con IB24, informó que en la comisión de derechos y garantías no hubo dictamen definitivo. En tanto estaría previsto para el Martes 19/8, a las 14 horas proceder al dictamen de todos los proyectos.
Pasaron la discusión de estos días para la semana próxima. Naporichi ha notado que los constituyentes son: » demasiado rosqueros» Actitud que perjudica cada » artículo, sección y/o capítulo que se incluya»

» Discuten si reformar por Capítulo o Sección de Capítulo. Las otras opciones son artículos; y allí hay variables. Artículos con derechos indígenas singulares o artículo donde solo se menciona las palabras Pueblos originarios conforme los constituyentes de (Unidos/UCR). Ellos pueden imponer número, siempre Unidos. Lo tienen, pero siempre el diablo puede meter la cola.» Relata Naporichi a IB24.

El líder indígena, resaltó: «Ni habló un solo convencional de Unidos, excepto Masneri, que dijo algo totalmente incoherente desde el punto de vista jurídico y cuando habló ALEART, quien fue periodista hace dos meses y hoy está en su mano muchos de los derechos santafesinos, se nota que sólo sigue las órdenes del gobierno nacional. Aleart, dijo recién cosas insostenibles sobre poner una cláusula constitucional antipiquete y que es peor porque no tiene idea de lo «jurídico» menos sobre el derechos constitucionales indígenas» aseveró.

Naporichi, agregó en sus observaciones: «los convencionales Osvaldo Sosa y Karen Fruh, son las voces de Comunidades Constituyentes en la Convención donde proponen que la Provincia reconozca en todo su territorio la preexistencia, la persistencia étnica y cultural de sus comunidades ancestrales, migrantes o campesinas y de personas o familias auto-identificadas como pueblos originarios, indígenas o afro-
argentinos aunque no vivan en comunidades, las que forman parte de la diversidad y complejidad de su propia historia, siendo inviolables los derechos a sus prácticas sociales, los que no podrán ser condicionados por censos o decisiones de carácter administrativo.»

Concluye Naporichi: «El Estado no interfiere en el ejercicio de los derechos y libertades propias de la autonomia de las comunidades ylo de las cosmovisiones ancestrales, las que sólo podrán ser limitadas excepcionalmente para garantizar lo que está en la Constitución y que asegura a todos los ciudadanos.»





