Servini de Cubría habilitó el uso de fiscales en cualquier distrito
La medida tendrá validez a los fines de la fiscalización en las PASO del prócimo 9 de agosto, en las generales del 25 de octubre y su eventual segunda vuelta del 22 de noviembre. Lo decidió la jueza federal con competencia electoral María Servini de Cubría. Fue a raíz de una acción declarativa presentada por la alianza electoral Cambiemos.
La jueza federal con competencia electoral María Servini de Cubría habilitó ayer el uso de fiscales partidarios en cualquier distrito para las elecciones primarias PASO del próximo 9 de agosto, en las que se consagrarán los candidatos presidenciales. La magistrada adoptó la decisión al hacer lugar a una acción declarativa de certeza presentada por la alianza electoral Cambiemos, que integran el macrismo, la UCR y la Coalición Cívica en el orden nacional.
La medida también tendrá validez a los fines de la fiscalización en las generales del 25 de octubre y su eventual segunda vuelta del 22 de noviembre, en las que se elegirá presidente y vicepresidente de la Nación y parlamentarios del Mercosur.
Servini declaró que a los fines de la elección de candidatos nacionales, “el territorio nacional constituye un distrito único”, de modo que los fiscales o fiscales generales de las distintas fuerzas políticas podrán ser electores de un distrito distinto al que pretenden actuar
Servini declaró que a los fines de la elección de candidatos nacionales, el territorio nacional constituye un distrito único
La jueza también requirió a los partidos y alianzas de orden nacional para que hasta el próximo martes 4 de agosto a las 13 comuniquen al tribunal «la nómina de fiscales y fiscales generales por el distrito único nacional, con los datos personales completos y el distrito dónde cumplirán funciones».
Sin tope de boletas
Por otro lado, la Cámara Nacional Electoral dejó hoy sin efecto el tope máximo de 25 boletas por agrupación política en cada mesa electoral del distrito Buenos Aires, que había sido establecido por el juez electoral subrogante de ese distrito, Laureano Durán. El tribunal hizo lugar a un pedido de la alianza Cambiemos para que se dejara sin efecto el punto sexto de la resolución dictada por el juez el 17 de julio. La resolución de Durán establecía el tope inicial de boletas de cada lista en el cuarto oscuro pero no ponía impedimentos en la reposición por parte de los fiscales. A raíz de ello, el director nacional electoral, Alejandro Tullio, calificó hoy de «artificial” a la polémica y como parte de una «operación política”.
Los camaristas admitieron en su resolución que, tal como indicó Duránl, la ley electoral vigente establece que la provisión de boletas de sufragio y su eventual reposición durante los comicios es una responsabilidad de los partidos políticos. Pese a ello, fundamentaron su decisión de eliminar el tope con el difuso argumento de que “la boleta no es un instrumento al servicio del partido, es la posibilidad física para que se exprese el ciudadano, en tanto constituye el elemento mediante el cual se exterioriza la voluntad del elector”.