Servini de Cubría falló a favor de Macri y Pinedo será presidente por unas horas
La jueza federal con competencia electoral resolvió que el mandato del presidente electo comienza a las 0 del 10 de diciembre. Debe aplicarse la ley de acefalía.
La resolución de María Servini de Cubría se alineó con la postura expresada este martes en su dictamen por el fiscal Jorge Di Lello, quien entendió que el mandato de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner terminará esta medianoche.
En su fallo, la jueza federal indicó que, hasta que Mauricio Macri y Gabriela Michetti juren en sus cargos, la Presidencia de la Nación estará a cargo del presidente provisional del Senado, cargo en el que fue designado el macrista Federico Pinedo.
Con esta resolución, la magistrada dio curso a un presentación realizada por Cambiemos para que la Justicia especificara que el mandato de la Presidenta vencía a la medianoche y que, por ende, el del electo Macri comenzaba a partir del primer minuto del 10 de diciembre.
De esta forma, la presentación realizada con el patrocinio de José Torello y Fabián Rodríguez Simón tuvo una recepción positiva por parte de la Justicia, primero con el dictamen de Di Lello y con la resolución de Servini de Cubría.
La jueza federal con competencia electoral indicó que, hasta que Macri y Michetti juren en sus cargos, la Presidencia de la Nación estará a cargo del presidente provisional del Senado, cargo en el que fue designado el macrista Federico Pinedo.
En el apartado cuarto, la jueza federal ordenó que el contenido de la resolución fuera notificado al vicepresidente de la Nación, al presidente provisional del Senado, al presidente de la Cámara de Diputados, al jefe de la Casa Militar de la Presidencia de la Nación, al secretario de Seguridad de la Nación, a la Policía Federal y al Regimiento de Granaderos a Caballo.
“La cuestión planteada resulta inédita y de gravedad institucional por cuanto involucra la imagen de nuestro país como Estado de Derecho frente al Pueblo de la Nación a los representantes de los Estados extranjeros”, sostuvo la magistrada al fundar su decisión de emitir una acción declarativa de certeza en vez de abocarse al estudio de una cautelar -como lo habían solicitado Macri y Michetti- porque su objeto de fondo se tornaría rápidamente abstracto.
En este sentido, la magistrada argumentó que “no se trata de meras cuestiones protocolares, puesto que se ha llevado al campo de la incertidumbre la interpretación de la Constitución Nacional, por lo que deberá otorgarse la certeza jurídica que tan relevante acto institucional requiere”.
En este marco, entonces, tomó como punto de partida para su resolución declarativa de certeza al artículo 91 de la Constitución, que establece que “el Presidente de la Nación cesa en el poder el mismo día en que expira su período de cuatro años, sin que evento alguno que lo haya interrumpido pueda ser motivo de que se le complete más tarde”.
“Entonces, el primer interrogante a develar es, ¿cuándo expira el período de cuatro años? Para responder, debe tenerse en cuenta lo resuelto por la Asamblea Legislativa el 4 de diciembre de 2015”, postuló.
Seguidamente, recordó que, en esa oportunidad, según consta en la versión taquigráfica, el titular del Senado y vicepresidente de la Nación, Amado Boudou, manifestó luego de la votación que, “por unanimidad”, Mauricio Macri quedaba proclamado Presidente de la Nación “para el período 10 de diciembre del 2015 al 10 de diciembre del 2019”.
En este punto, la jueza trajo a colación el texto del Código Civil y Comercial que, remarcó, “establece que los plazos de meses o años se computan de fecha a fecha, y sostuvo que la propia Constitución Nacional establece que el mandato presidencial dura “cuatro años exactos, ni un día más, ni un día menos”.
“Partiendo de la premisa que el mandato de ambos (por Fernández de Kirchner y Macri), por imperio constitucional, es de cuatro años exactos, no cabe más que concluir que el mandato de la señora Presidente saliente culmina a la medianoche del 9 de diciembre y el mandato del señor Presidente entrante se inicia a la 00.00 horas del 10 de diciembre del 2015”, estableció Servini de Cubría.
En este sentido, remarcó que, “si otra fuera la respuesta”, es decir si el mandato de la Presidenta se considerara vigente hasta mañana inclusive, su mandato sería “de cuatro años y un día”.
No obstante, Servini de Cubría resaltó que, conforme surge de la propia Constitución, “el juramento ante las Cámaras del Congreso reunidas en Asamblea Legislativa es un requisito de validez ineludible para el ejercicio de la Presidencia de la Nación”.
Con este argumento, la magistrada dejó en claro que, desde el primer minuto del día de mañana hasta el momento mismo de la jura ante la Asamblea Legislativa del presidente electo, estará a cargo de la Presidencia el presidente provisional del Senado, cargo en el que quedó designado el macrista Federico Pinedo.
Para eso, se valió del artículo primero de la Ley de Acefalía, que establece que, “en caso de acefalía de Presidente y Vicepresidente de la Nación, el Poder Ejecutivo será desempeñado transitoriamente en primer lugar por el Presidente Provisional del Senado”.