San Juan: prisión preventiva a tres hombres por explotar sexualmente a 21 mujeres
Las víctimas eran usadas en estudios webcam donde realizaban la producción de pornografía digital
De acuerdo con la resolución judicial, captaban mujeres que acudían engañadas por ofertas laborales de «modelaje» para la firma «Belle Argentina».
Durante dos años tuvieron ingresos mensuales de alrededor de 6 millones de pesos. El negocio consistía en «streamings eróticos» por el que los clientes abonaban en dólares. Entre los dos propietarios individualizados, a quienes se embargó por 10 millones de pesos, hay un abogado.
El titular del Juzgado Federal de San Juan, Leopoldo Rago Gallo, procesó con prisión preventiva a tres hombres por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual y ordenó trabar un embargo sobre sus bienes hasta alcanzar la suma de 10 millones de pesos para dos de los imputados en grado de coautores -uno de ellos, abogado-, y de 3 millones de pesos para el tercero, considerado partícipe necesario. Están acusados de haber engañado con falsas ofertas laborales al menos a 21 mujeres en situación de vulnerabilidad, para luego explotarlas sexualmente en estudios webcam a través de una empresa denominada “Belle Argentina”.
La resolución fue dictada en línea con el pedido realizado por el fiscal general Francisco Maldonado, el fiscal federal Fernando Alcaraz y la fiscal cotitular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), Alejandra Mángano.
En el marco de la investigación, los dos principales imputados fueron identificados como dueños de la empresa y de diferentes domicilios ubicados en la capital de la provincia de San Juan donde habrían entrevistado, acogido y explotado sexualmente a las víctimas. El tercer imputado está acusado de oficiar de “monitor” de las víctimas durante los streamings eróticos. En su resolución, el juez indicó que el capital producido por las víctimas supera los 141 millones de pesos netos de ganancias generado en un plazo de dos años, aproximadamente, lo que equivale a un promedio de 6 millones de pesos de ingresos mensuales.
Debido a la complejidad y la sofisticación de los medios empleados para la explotación de las mujeres en el caso, la fiscalía requirió autorización judicial para el uso de la técnica del agente revelador prevista en el artículo 5° de la ley 27.319, que consiste en que un miembro de fuerzas de seguridad simule un interés y/o ejecute o participe de una actividad del grupo criminal investigado «con la finalidad de identificar personas implicadas en un delito, detenerlas, incautar bienes, liberar a las víctimas o de recolectar material probatorio que sirva para el esclarecimiento de los hechos ilícitos».
La medida fue autorizada por el juez y llevada a cabo por personal de la Gendarmería Nacional. A partir de la información obtenida, el fiscal Maldonado solicitó al juez Rago Gallo que ordenara una serie de allanamientos que finalmente se llevaron a cabo el 3 de julio pasado en cinco domicilios particulares, donde se secuestraron monitores, webcams, celulares, preservativos, cocaína, pendrives, entre otros documentos de interés para la causa.
Forma de operar
La investigación del Ministerio Público Fiscal determinó que los principales aspectos del funcionamiento de esta organización criminal fueron los siguientes:
- La captación se llevó a cabo a través de ofertas laborales engañosas publicadas en redes sociales, en las cuales se mencionaba la búsqueda de “talentos” para todas aquellas mujeres que quisieran dar “un giro en su vida”.
- Las mujeres que aplicaban para esa oferta eran entrevistadas por los principales imputados y en ese momento tomaban conocimiento que el ofrecimiento estaba vinculado a realizar streamings eróticos para usuarios de diferentes países del mundo a cambio de quedarse con el 50% del dinero producido -en dólares- en esas transmisiones.
- Las víctimas recibían un “kit de iniciación” que constaba de diferentes tipos de objetos sexuales, como vibradores, lubricantes y dildos de diferentes tamaños para su utilización durante los actos sexuales.
Los allanamientos se llevaron a cabo el 3 de julio pasado, luego de la información obtenida con la utilización de la figura de un agente revelador, pedida por la fiscalía y ordenada por el juez: un miembro de la Gendarmería Nacional se vinculó con la organización para desentrañar su funcionamiento.
- El acogimiento se producía en los estudios de grabación de la empresa “Belle Argentina”, ubicados en la calle Güemes 4 Sur y en dos departamentos en los que algunas de las víctimas residían de manera permanente, por no tener otras posibilidades a partir de sus vulnerabilidades socio económicas. Allí debían “pagar” su estadía mediante actos sexuales y no con dinero.
- El pago se realizaba por semana o quincena, dependiendo de la elección de la víctima; los dos principales imputados usaban una serie de excusas para incumplir con la promesa de pago del 50% y les entregaban el 20%.
- Los denominados “clientes” abonaban a través de “tokens” y/o criptoactivos mediante diferentes billeteras virtuales.
- Las plataformas para la interacción tenían como común denominador la exigencia de un tiempo mínimo de ocho minutos, por los que se abonaban unos 200 tokens, lo cual equivalía a la misma cantidad en dólares.
- La explotación sexual tuvo lugar a través del empleo de un sistema de amenazas, manipulaciones y descuentos, pues los imputados exigían un “estándar” de ganancias a cambio de continuar en la tarea e imponían descuentos por los “kit de iniciación” y también por supuestos consumos y gastos realizados en el comercio de uno de los imputados. También se hallaron registros de descuentos por horas incumplidas, multas y faltas contabilizadas, por encontrarse con su período, o por licencia médica, cansancio y llegadas tarde.
«Una apariencia de sofisticación»
Al dictar los procesamientos, el juez consideró que las mujeres “eran cosificadas y ultrajadas” en forma constante. Especificó que las acciones podían resultar más agresivas cuando un cliente pagaba por una “sala privada”, que abonaba en dólares y por minuto.
Hizo hincapié en que los términos «sexo virtual» o «streaming erótico» son eufemismos para la «oferta de servicios sexuales ajenos, cuyo único propósito era la obtención de ganancias económicas producto del material producido por las víctimas”.
En línea con lo indicado por el Ministerio Público Fiscal, el juez añadió que términos como «monitores», para quien dirige y controla los comportamientos frente a la cámara; de «socios» o «dueños», para quienes obtienen el rédito económico de la explotación; o de «modelaje», para referirse a la oferta de de sexo virtual para terceras personas, busca otorgarle a la explotación sexual de la prostitución ajena «una apariencia de sofisticación, y por lo tanto de pertenencia y exclusividad para las víctimas, que no era otra cosa que una forma de engaño para sostener su explotación”.
Los informes de los organismos de asistencia a las víctimas revelaron “una situación de vulnerabilidad psicosocial, emocional y económica marcada por las escasas o nulas redes de contención, falta de oportunidades laborales y de recursos económicos que les facilitara un ingreso estable y les permitiera progresar en la vida de una forma integral”.
En tal sentido, el magistrado puso de relieve que la conducta de los imputados “se agrava”, ya que consideró en principio acreditado que «la captación se producía mediante engaño consistente en una promesa laboral falsa» a cambio del «ofrecimiento de grandes rendimientos económicos en dólares, propuesta inicial que no habría sido cumplida por los encausados”.
Tuvo en cuenta el testimonio de las profesionales del Programa Nacional de Rescate de Víctimas de Trata (PNR) -que entrevistaron a las víctimas-, quienes refirieron que “a pesar de que las páginas facturaban en moneda extranjera -dólares o euros-, a las mujeres les pagaban en pesos» y que «según el relato de una de ellas, los jefes tomaban el tipo cambio de los días viernes para hacer la conversión, pero era una situación que prestaba a confusiones y diferencias en la liquidación», por lo que «podría pensarse así en la posibilidad de un acomodo del cambio en beneficio de los jefes y en detrimento de las mujeres”.
«Un círculo vicioso difícil de escapar»
El juez resaltó que la vulnerabilidad de las víctimas fue comprobada por el PNR en su informe, donde se indica que, a pesar de que sus vidas eran disímiles, “todas compartían un contexto socioeconómico complejo”. También ponderó el informe realizado por el Ministerio de Familia y Desarrollo Humano de San Juan, que concluyó que las víctimas que estaban presentes en “Belle Argentina” al momento del allanamiento presentaban “una situación de vulnerabilidad psicosocial, emocional y económica marcada por las escasas o nulas redes de contención, falta de oportunidades laborales y de recursos económicos que les facilitara un ingreso estable y les permitiera progresar en la vida de una forma integral”.
“Esta vulnerabilidad de base que presentaban las víctimas habría sido la llave que permitió que soportaran -durante un tiempo determinado- el maltrato y las condiciones de trabajo que resultaron ser muy diferentes a las prometidas. Ello derivó en jornadas extenuantes, obligándolas a realizar pornografía digital contra su voluntad o con violencia psicologica de por medio y manteniéndolas en una estructura de explotación mediante mecanismos de retención como deudas a través de material de inicio o kit sexual de inicio, multas y gastos varios derivados de su trabajo que les descontaban (kiosco y manicura), por lo que terminaban no pagándoles lo que habían acordado originalmente, en un círculo vicioso dificil de escapar, aunque contaran con libertad de locomoción y con la posibilidad de irse del trabajo”, concluyó el juez.
Acumulación de denuncias
La pesquisa se había iniciado el 29 de marzo del 2022, luego de una denuncia anónima formulada en la División de la Unidad Operativa Federal San Juan de la Policía Federal sobre la existencia de una página publicitaria en la red social Facebook de la empresa “Belle Argentina – Estudio de Modelaje WebCam”, que se promocionaba como una franquicia única en la provincia. La publicidad ofrecía trabajo en la industria del modelaje mediante cámaras web «de forma segura, legal y profesional» para mujeres de 18 a 45 años.
El juez indicó que los términos «sexo virtual» o «streaming erótico» son eufemismos para la «oferta de servicios sexuales ajenos, cuyo único propósito era la obtención de ganancias económicas producto del material producido por las víctimas”.
La persona denunciante detalló además que se había enterado de su existencia por una mujer de su entorno que se dedicaba al «sexo virtual», con el uso de juguetes controlados a la distancia por los clientes de distintos países, y por el cual le pagaban en dólares. Señaló que “la puerta de ingreso al lugar se encontraba con candado el cual es abierto por uno de los dueños” y que solo podía ingresar o salir de allí personal que estuviera autorizado por aquellos. Detalló que el horario de trabajo era de 16.00 a 22.00, de lunes a sábados, y que “el sexo virtual es ofrecido en distintas plataformas virtuales, las cuales se encuentran bloqueadas para acceso en Argentina y sólo se puede si se utiliza un VPN” (una red privada virtual).
El fiscal Maldonado requirió la instrucción del caso y solicitó una serie de medidas investigativas. Una vez cumplidas, el 4 de noviembre de aquél año el juzgado dispuso el archivo por no haberse podido corroborar la denuncia.
El 12 de octubre de 2023, el fiscal Maldonado acompañó una nueva denuncia enviada por la PROTEX que guardaba conexidad con la causa inicial. Con este nuevo panorama, requirió el desarchivo y efectuó una ampliación del requerimiento de instrucción, tras lo cual el juzgado delegó la investigación en la fiscalía.
La presentación realizada por la PROTEX fue fruto de una investigación preliminar realizada a raíz de dos denuncias recibidas el 13 de marzo de 2023 que señalaban la existencia de la firma “Belle Argentina”, que explotaba sexualmente a sus “modelos”. También identificaba a sus presuntos dueños, entre los cuales se mencionó a un abogado cuyo estudio jurídico se encontraba ubicado en el centro de la ciudad de San Juan.
En las denuncias se indicaba que la empresa se dedicaba a contratar mujeres para que, mediante la facilitación de espacios acondicionados al efecto, transmitieran contenido sexual en directo por medio de las páginas web “cam4, camsoda, stripchat y chaturbate”. También se denunciaba que, luego de realizar los streamings, los mismos dueños de la empresa hacían que las mujeres “tuvieran encuentros sexuales” y que para ello alquilaban departamentos por día y les retenían el 50% de los “pases”. Se indicaba además que en el ambiente “circula droga” y que había jóvenes argentinas y colombianas.
A aquellas denuncias se le sumó otra que había sido recibida ante el Comité de Lucha contra la Trata, donde se informó que una joven había ido a una entrevista laboral en un local ubicado en la ciudad de San Juan y que al ingresar observó que había “muchas chicas” de entre 19 y 30 años que vendían contenido erótico por Internet con cámaras en vivo.