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Salta: Agrupaciones de Derechos Humanos contra detenciones arbitrarias

Plantearon la inconstitucionalidad de los decretos provinciales

El Decreto de Necesidad y Urgencia provincial que establece la privación de libertad a quienes no respetan el aislamiento es inconstitucional, advirtieron las organizaciones y agrupaciones civiles, frente a las detenciones arbitrarias y torturas sucedidas en el contexto de la emergencia sanitaria en Salta.

La Mesa por los Derechos Humanos de Salta y el CELS presentaron un recurso de amparo para pedir que el gobierno de Salta deje de aplicar el DNU 255/2020.

El gobernador de la provincia de Salta, Gustavo Sáenz, firmó el decreto de necesidad y urgencia 255/2020 que impuso un régimen sancionatorio excepcional para quienes la policía de la provincia considere que están incumpliendo el aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional el 20 de marzo.

El DNU creó un mecanismo que pone en manos del jefe de la policía provincial la facultad de detener, juzgar, sentenciar y aplicar la pena de arresto a las y los presuntos infractores. No prevé la intervención del poder judicial para controlar la legalidad de la detención, ni la figura del defensor o defensora.

Entre las entidades que presentaron la demanda judicial, se encuentra la Liga Argentina por los Derechos Humanos, en la ocasión representada por Bertha Lozano, quien a IB24 le explicó: «Era importante avanzar en esta presentación contra el Ejecutivo provincial; la demanda que lleva la firma de distintos organismos de DDHH de Salta y el Cels, fue consensuada por los mismos, al visibilizar el avance represivo contra la ciudadania salteña en su conjunto pero, especialmente en los sectores vulnerable» dijo Lozano.

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A la vez que agregó: «oportunamente se había hecho conocer el descontento del Decreto de Necesidad y Urgencia 255/2020 impuesto por el Gobernador de la provincia, Dr. Gustavo Sáenz es preocupante la política represiva desde el principio de su gobierno, haciendo oídos sordos a toda las observaciones que se realizaban permanentemente respecto a las violaciones de derechos» comentó la dirigenta.

Además, destacó:  «el DNU en cuestión sabemos y así lo entendieron algunos legisladores, se trata de una medida anti constitucional por no cumplirse con los pasos establecidos por la Constitución Provincial, asumiendo el gobernador una potestad que no le corresponde, pero por otro lado es lo que realmente preocupa, viola las normas establecidas por las leyes, en éste caso por la ley de contravención que no autoriza a la Policía de la Provincia de Salta a llevar adelante medidas correctivas, sino como auxiliar de la justicia» mencionó Bertha Lozano.

La enfermedad de la violencia institucional

Las agrupaciones, insistieron en alertar que  » una persona puede ser condenada a una pena de arresto sin haberse podido defender, ofrecer prueba ni controlar la que se presente en su contra; sólo tendría derecho a un recurso judicial una vez condenada, y en ese caso deberá esperar la resolución estando detenida.

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La privación de libertad es una medida desproporcionada y, al mismo tiempo, contraproducente para la prevención de la Covid-19, ya que implica el encierro en comisarías u otro lugar de encierro, que suelen ser espacios reducidos y sin medidas de salubridad e higiene adecuadas» comentan en el comunicado.

También, expresaron que «El 21 de abril la Mesa por los Derechos Humanos de Salta, el CELS, la Liga Argentina por los Derechos Humanos y los Comisionados electos del Comité Provincial para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes presentamos ante la Corte de Justicia de Salta una acción de amparo contra este decreto en la que sostenemos que “la imposición de una pena privativa de libertad como la que establece el DNU 255/2020 de Salta, constituye, en primer lugar, una violación al derecho a la libertad ambulatoria»

Aclaran que «se trata de una medida que, por su extensión y por la inmediatez en su aplicación, genera riesgos graves y concretos sobre la seguridad personal, la integridad física y la salud de las personas”.
La acción también sostiene que “la concentración de poder en cabeza de la policía provincial prevista en el art. 3 del DNU viola la garantía del juez natural y el debido proceso legal, específicamente en lo que hace al ejercicio pleno del derecho de defensa”.

Por ello, organizaciones civiles, aclararon: «En resumen, pedimos que el Poder Ejecutivo Provincial se abstenga de aplicar el procedimiento previsto como régimen excepcional en el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 255/2020 porque es contrario a las garantías constitucionales del debido proceso legal y la defensa en juicio y que se declare su nulidad por inconstitucional.»

Firmaron esta presentación, las siguientes entidades: Centro de Estudios Legales y Sociales, Asociación de Derechos Humanos Lucrecia Barquet, Comisión de Familiares de Detenidos-Desaparecidos por Razones Políticas y Gremiales de Salta, H.I.J.O.S. Salta, Asociación de Derechos Humanos Coca Gallardo y la Liga Argentina por los Derechos Humanos.

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