Prorrogan por cuatro años la suspensión de desalojos a comunidades indígenas
El Gobierno decidió prorrogar por otros cuatro años la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país.
Así las cosas, mediante el decreto 805, el presidente Alberto Fernández revalidó los plazos que fueron establecidos en la ley 26.160, y que en su oportunidad fueron extendidos por las leyes 26.554, 26.894 y 27.400, sancionadas a tales efectos.
La normativa en cuestión suspende por el plazo de emergencia declarada la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras, y establece que la posesión debe ser actual, tradicional, pública y encontrarse fehacientemente acreditada.
Decreto 805/2021 by Manuel Caballero on Scribd
Asimismo, se fija que “durante la vigencia del plazo de la emergencia declarada, el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) deberá realizar el relevamiento técnico-jurídico-catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por las comunidades indígenas, dar intervención al Estado Provincial y los Estados Municipales implicados y, en caso de corresponder, a la Administración de Parque Nacionales”.
También se dispone la asignación “para cada uno de los cuatro ejercicios presupuestarios que se aprueben con posterioridad al presente decreto de un crédito de $290.000.000 destinados a la atención del Fondo Especial” contemplado en la Ley 26.160.
La Ley 26.160 se sancionó en el marco de lo previsto en el artículo 75, inciso 17 de la Constitución Nacional, que reconoce, entre otros aspectos, “la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos, la personería jurídica de las comunidades y la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan”.