«Desde el Centro CEPA; advertimos desde hace meses de la inequidad de género que hubiera significado su eliminación. Las mujeres dedicamos 14 hs mas por semana a tareas de cuidado , lo cual tiene como contra cara la menor dedicación al trabajo remunerado, mayor informalidad laboral y menores ingresos. Las moratorias implican reconocer socialmente el valor del trabajo en el hogar» dijo la economista Eva Sacco.
La moratoria iba a vencer el próximo 23 de julio pero en plena campaña electoral el Gobierno nacional decidió hacer uso de la facultad de extender el beneficio atendiendo a la demanda, según trascendió. Pero la moratoria llega solo a fin de año. Cuestión a tener en cuenta con relación a las próximas elecciones.
La prórroga en que la ley 27.260, sancionada en 2016 en el artículo 22, que puso en vigencia esa moratoria, dejaba abierta la posibilidad de que pudiera ser prorrogada 3 años más; lo que no fue confirmado oficialmente.
La ANSES buscaría posponer el plazo para acogerse a la moratoria jubilatoria para amas de casa y para personas de entre 60 y 65 años que no tenían la cantidad de años de aportes suficientes para jubilarse.
Así es que la moratoria para mujeres nacidas a partir de 1955, presupone que trabajan desde los 18 años, permite cubrir aportes entre 1973 y 2003. Pagos de $475 mensuales y requiere demostrar al menos cuatro años de aportes en ese período de 30 años.
Mediante la jubilación para amas de casa se estableció un régimen de facilidades de pago en el ámbito del sistema “MIS FACILIDADES” aplicable a la cancelación de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el día 31 de enero de 2019, en esta reconsideración de la actual administración federal de ingresos públicos, bajo el Gobierno macrista, intenta dar un efecto positivo con vistas a sus propios intereses electorales, tratando de revertir el malestar que generara meses atrás, cuando anunció que ya no se daría facilidades a las mujeres para que accedan al régimen jubilatorio, siendo amas de casa.
Por lo que ahora, emitió una modificatoria tributaria en la que dispone, además, refinanciar planes vigentes presentados a la fecha.
Para todos los bolsillos castigados
Como si el mismo que nos dio el veneno, ahora nos vende la cura; el Estado nacional anunció otra prórroga para conciliarse con los más afectados por las políticas económicas que revirtieron las posibilidades de crecimiento en casi cuatro años.
AFIP, publicó en el Boletín oficial, la extensión del plan de pagos de deudas de los contribuyentes que no son MiPyMES. Conforme lo resuelto por Administración Fiscal, en la resolución general 4510/2019, se otorga el beneficio de acceder al tope de tasa del 2,5% a quien regularice el pago a cuenta del 20% de la deuda. Consecuentemente, sólo acceden a esto los usuarios que informen la pretensión de cancelar el total adeudado.
El plazo original tenía vencimiento al 23 de junio de 2019, pero la nueva fecha se prorrogó al 31 de julio. Esto brinda la posibilidad a que los contribuyentes que no estén inscriptos, como Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES), puedan ingresar su deuda vencida al plan de facilidades de pago con una tasa máxima del 2,5% mensual.
Sólo los contribuyentes que no están empadronados en el registro del Ministerio de Producción y Trabajo son alcanzados por este repentino beneficio, en plena campaña electoral. Quienes no están incluídos en este grupo, las condiciones de los planes lanzados el mes pasado no fueron aplazadas. Con lo que se mantiene el 31 de agosto como fecha perentoria.
Los planes considerados en la medida incluyen; las deudas vencidas al 31 de enero de este año y tienen una cantidad máxima de 60 cuotas, en tanto que el monto mínimo del pago a cuenta y de la cuota mensual es de $1000.