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La justicia porteña autorizó a un enfermo con HIV a recibir medicación que contenga marihuana

El juez porteño Guillermo Scheibler autorizó «el uso compasivo» del cannabis a un hombre internado en el Hospital Tornú, que padece fuertes dolores a raíz de una neuropatía periférica en sus extremidades. Para el magistrado, “la urgente necesidad de encarar una revisión de la actual política para enfrentar el problema de las drogas se pone de manifiesto incluso en los principales países que han sostenido históricamente las posiciones más restrictivas en la materia”.

La justicia porteña autorizó a un enfermo de HIV que padece fuertes dolores a raíz de una neuropatía periférica en sus extremidades, a recibir medicación que contenga cannabis ya que si bien su uso se encuentro prohibido en el país, quedó probado “a mejora en el estado anímico» del paciente”

El caso involucra a Alejandro Cibotti, un hombre que se encuentra internado en el Hospital Tornú de la Ciudad de Buenos Aires. Hace tres años, presentó una acción de amparo para que los médicos le prescriban medicación que contenga cannabis para aliviar su dolor, ya que hasta el momento le suministraban metadona, una sustancia que le provocaba muchos efectos secundarios.

La justicia porteña autorizó a un enfermo de HIV que padece fuertes dolores a raíz de una neuropatía periférica en sus extremidades, a recibir medicación que contenga cannabis.

Desde que supo que tenía SIDA, en 1998, Cibotti comenzó un tratamiento que pronto le trajo otros dolores asociados. En 2002, la medicación le produjo una neuropatía. “Sentía un dolor en los pies, como si los tuviera inflamados”, le contó a InfoJus Noticias.

En 2009, se quedó sin trabajo —era coauditor de alimentos y bebidas en colegios porteños y la administración macrista cerró el programa— y la depresión le desató una polineuritis sensitiva en los nervios periféricos, que es la falta de mielina en los nervios superficiales debajo de la piel. “Para que te des una idea, es una quemazón muy intensa, como cuando te quedás dormido al sol y te arde todo”, explica.

De un total de diez días, Alejandro pasaba “ocho que eran críticos, y dos regulares”. Además del dolor, tenía hasta doce calambres por noche.

El paciente llegó a tomar un cóctel de 16 pastillas diarias de cinco drogas distintas; pero, según relata, “a pesar de todas esas drogas, el dolor no se iba”.

En la búsqueda de alivio, Alejandro probó reiki, yoga y una gran variedad de terapias alternativas que no tenían éxito. Hasta que se topó en internet con la variante del cannabis medicinal. A través de “una organización”, probó el cannabis preparado en aceite y, enseguida, sintió un alivio enorme, no sólo físico sino emocional.

Durante dos meses lo consumió sin contárselo a sus médicos. Hasta que decidió decirle a Teresa Franco, anestesista y directora del Centro del Dolor del Hospital Tornú. “Me dijo que no podía prescribirlo –relata– porque estaba prohibido, pero se mostró a favor de que lo consumiera.”

Fue entonces cuando presentó el amparo contra la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que “revoque el acto denegatorio emanado del Hospital General de Agudos Tornú”. El paciente le pedía al gobierno municipal que le suministrara la sustancia en su forma natural, o que le permitieran cultivarlo.

El magistrado Guillermo Scheibler, titular del juzgado 13 en lo Contencioso porteño, aseguró que si bien es ilegal el uso y suministro de cannabis en la Argentina, destacó que ciertas normas penales «conspirarían contra un adecuado ejercicio y goce de derechos individuales como el de la salud, dignidad, intimidad o la autonomía». Además, afirmó que el derecho «no puede ser insensible al dolor y al sufrimiento humano».

El paciente le pedía al gobierno municipal que le suministrara la sustancia en su forma natural, o que le permitieran cultivarlo.

En la historia clínica del paciente «ya había un registro de ingesta de cannabis» por sus dolencias, ratifica Scheibler y afirma que a partir de este hecho y la disminución de las dosis de metadona «mejoró el estado anímico» del hombre ayudado por la relación médico-paciente.

En nueve meses, Cibotti dejó de tomar prácticamente toda la medicación. Y la depresión también se le fue. “Aunque estoy jubilado por incapacidad, siento que puedo trabajar, jugar con mis nietos, disfrutar de una asado con la familia. Antes vivía desesperado por los dolores y estaba de mal humor siempre”, recuerda, y agrega: “Me sacó una sonrisa”.

Antes de aceptar la acción de amparo del paciente, el juez había ordenado que los profesionales médicos del Hospital Tornú realicen consultas sobre la factibilidad del uso de cannabis en este caso particular con las autoridades académicas de la Facultad de Medicina de la Universidad de La Plata.

Finalmente, lo autorizó. En el fallo, el juez asegura que “la urgente necesidad de encarar una revisión de la actual política para enfrentar el problema de las drogas se pone de manifiesto incluso en los principales países que han sostenido históricamente las posiciones más restrictivas en la materia”.

Por último, el magistrado cita un fragmento del discurso del impulsor de la “ley seca” en los Estados Unidos, unos instantes antes de su entrada en vigencia: “Esta noche, un minuto después de las doce, nacerá una nueva nación. El demonio de la bebida hace testamento. Se inicia una era de ideas claras y limpios modales”.

En el fallo, el juez asegura que la urgente necesidad de encarar una revisión de la actual política para enfrentar el problema de las drogas se pone de manifiesto.

De esta manera, sostiene que los vaticinios del legislador no se cumplieron, y traza un correlato con la legislación actual. “Nuestro actual diseño legislativo en la materia, que penaliza el consumo, se plantea similares objetivos mediante similares métodos. La realidad, una vez más, nos devuelve un resultado diferente”, concluye.

A pesar de ello, aclaró que la falencia de no haber incluído en la historia clínica la ingesta de cannabis «no es ajena a la total, severa e inconstitucional prohibición legal existente respecto de su consumo y a las penalizaciones y las prohibiciones que rigen respecto de los profesionales de la salud».

Por eso, dispuso que el caso se incluya en el «régimen de uso compasivo de productos médicos» que permite la autorización individual de importación o uso de productos medicinales no comercializados en el país, «en situaciones clínicas que incapacitan o deterioran la calidad de vida», o bien, «cuando no es efectiva la terapéutica convencional reconocida o se presenta intolerancia a los tratamientos existentes».

“En este momento, siento en mi corazón que se cierra una etapa de oscuridad y dolor, y se abre una ventana de luz y de alivio”, sintetiza Alejandro Cibotti.

En caso de existir el acuerdo, el gobierno porteño, autoridad administrativa de quien depende el Hospital Tornú, deberá solicitar a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) la solicitud de autorización para el ingreso al país del producto médico que se trate.

Además, el fallo le ordena al gobierno de Mauricio Macri “presentar un detallado informe de lo actuado dentro del plazo de 30 días de notificada la presente”.

Consultado por el tema, Martín Armada, editor de la revista THC, consideró que «el cannabis es una medicina milenaria que sirve para aliviar el dolor, mejora el apetito, es un potente antihemático -es decir que restringe la posibilidad de tener náuseas- y mejora el estado ánimico”, aunque admite que “no se han investigado mucho sus propiedades por las prohibición que existe para su uso y cultivo»,

El especialista detalló que no obstante «en Chile ya se o autoriza para prevenir la epilepsia en niños, mientras que en los Estados Unidos una gran cantidad de estados tiene legislación que autoriza su uso terapéutico».

Precisó que en la Argentina la ley de drogas 23737 de 1989 «prohíbe el uso terapéutico, consumo y cultivo del cannabis y el que viola esta ley es considerado un criminal» por lo que «no existen investigaciones en el país sobre sus propiedades terapéuticas».

Asimismo, agregó que en nuestro país “existe una cultura tendenciosa, una visión prejuiciosa e ignorante sobre el cannabis tanto es así que muchos desconocen que es una planta y que sólo una parte de ella es psicoactiva”.

En este contexto, celebró el fallo por reconocer “el valor terapéutico del cannabis”, pero reclamó que “si no existen leyes que levanten su prohibición no se podrá utilizar legalmente” y entonces la “accesibilidad” sería “muy restringida, ya que sólo se podría obtener a precio dólar”.

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