La Corte Suprema ordenó no retener el impuesto a las ganancias de jubilados
El Tribunal máximo de Justicia falló a favor de no retener más el impuesto a las ganancias a jubilados y pensionados. Con el voto de Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, el Tribunal máximo de Justicia declaró la inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre las jubilaciones y pensiones.
La Corte Suprema de Justicia aprobó con cuatro votos la inconstitucionalidad del pago de impuesto a las ganancias para jubilados y pensionados. El fallo que sentó precedente se dio en el caso de María Isabel García, una jubilada que en el año 2015 promovió contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) una acción con el objeto de que se anule la deducción del impuesto a las ganancias sobre su beneficio. La mujer que padecía problemas de salud y cuyos descuentos oscilaban entre el 29,33% y el 31,94% del haber.
Los jueces Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, destacaron que el debía resolverse en base a la naturaleza eminentemente social del reclamo efectuado por la jubilada. «El envejecimiento y la enfermedad son causas determinantes de vulnerabilidad que obligan a los jubilados a contar con mayores recursos para no ver comprometida su existencia y calidad de vida«, señalaron en su voto.