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Histórico paso a la igualdad en Colombia: aprueban adopción para parejas del mismo sexo

Tras una década de conquistas jurídicas –entre éstas la de constituir familia y uniones legales con los mismos derechos y deberes del matrimonio heterosexual–, las parejas homosexuales en Colombia obtuvieron su derecho más disputado: el de adoptar a menores de edad sin ningún tipo de limitación.

Hasta esta semana, y por una decisión de tutela que muchos pensaron que sería el techo en la materia, las uniones homosexuales podían adoptar siempre y cuando el menor fuera hijo biológico de uno de los miembros de la pareja. Sin embargo, tras una votación de seis a favor y dos en contra, la Corte Constitucional declaró exequibles tres artículos del Código de Infancia y Adolescencia que regulan los procesos de adopción, “bajo el entendido de que, en virtud del interés superior del menor, dentro de su ámbito de aplicación están comprendidas también las parejas del mismo sexo que conforman una familia”.

 La discusión previa se enfocó en los derechos de los menores y no en el de las parejas gays a adoptar. Lo que decidió la mayoría fue que, en cualquier situación, prima el derecho de los niños, “especialmente aquellos en situación de abandono, a tener una familia”. Ese derecho “se puede hacer efectivo brindándoles cualquier tipo de familia que se encuentre constitucionalmente reconocida, bien sea de aquellas conformadas por vínculos jurídicos, de las que surgen por vínculos naturales, o de las que se conforman por la voluntad responsable de sus integrantes”. Desde el 2011, la Corte reconoció que las uniones homosexuales son familia.

Entre los argumentos del ponente en favor de su proyecto están hechos como que, para el año 2014, 5.500 niños y niñas estaban en listas de espera para una familia adoptante. El año pasado, apenas 1.100 menores consiguieron un hogar.

Los apartes del fallo, revelados parcialmente anoche por la presidenta de la Corte, María Victoria Calle, rebaten uno a uno los argumentos de los sectores que se oponen a la adopción gay. Así, la mayoría consideró que, según la Constitución, la ley y los tratados internacionales suscritos por Colombia, “la orientación sexual de una persona no trae consigo una limitante física o mental para adoptar”.

Después de que se conociera sobre la histórica decisión de la Corte Constitucional, que dio aval a la posibilidad que los niños sean adoptados por parejas conformadas por personas del mismo sexo, desde el Congreso los defensores de la comunidad LGBTI (Lesbianas, Gays, Bisexuales y personas Transgénero) aplaudieron la decisión.

Claudia López, quien ha libra una batalla en pro de los derechos de los LGBTI, señaló que con esta determinación “se ha eliminado una forma de discriminación odiosa e inconstitucional contra unos ciudadanos y parejas del mismo sexo que solo podían adoptar o como solteros o como padres biológicos pero no como pareja”.

“Lo más importante aún es que se ha protegido los derechos de todos los niños colombianos a tener una familia, un núcleo de amor que los proteja, es una decisión mayoritaria, de 6 a 2 en la corte, y ha eliminado una de las mayores barreras que quedaban en materia de discriminación contra las parejas del mismo sexo y era que no se podían postular en igualdad de condiciones para la adopción”, añadió López.

De su lado, Armando Benedetti, uno de los principales defensores de las parejas del mismo sexo y vehemente promotor del proyecto del matrimonio igualitario en Colombia, también festejó la decisión de la Corte, no obstante se mostró cauteloso pues, asegura, en fallos anteriores la Corte ha sido ambigua con dichos temas.

“Celebro el fallo de la Corte, pero aun así tengo dudas porque en el pasado la Corte ha sido ambigua en esos temas, así que guardo mis reservas hasta no ver por completo el fallo, ojalá sea como dice la prensa”, indicó Benedetti.

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