
La Fiscalía retiró el pedido para que Cristina Kirchner vaya a una cárcel
Este lunes, el fiscal ante la Cámara Federal de Casación, Mario Villar, retiró el pedido para que la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner pase en un penal los 6 años de condena, en el marco de la causa Vialidad. Sí solicitó que se evalúe un cambio de domicilio.
“En el momento actual, la condenada ya se encuentra gozando del beneficio de la prisión domiciliaria sin que hasta el momento se haya verificado incumplimiento alguno de las reglas de conducta impuestas (por lo menos el Tribunal no ha dado cuenta de ello)”, observó el fiscal en su presentación.
Al respecto, planteó que “por no haberse quebrantado las condiciones del beneficio, no parece pertinente retrotraer la situación de la ejecución de la pena a una más gravosa que la actual”.

Asimismo, apuntó que la prisión domiciliaria no presupone una falta de controles y supervisión necesarios, “en particular atendiendo a cumplir los fines de la ejecución de pena establecidos”.
“En lo que a una pretensión de mayor seguridad para la condenada respecta, es cierto que el domicilio actual no aporta mayores garantías (sobre todo si la condenada realiza numerosas salidas a su balcón que aun con derecho a hacerlo, incrementa el riesgo), pero también lo es que la sustitución de su domicilio particular por un establecimiento carcelario supondría un retroceso en la modalidad de ejecución, por lo que creo desaconsejable imponer en este momento un cambio que redunde en desmedro del desarrollo personal de la condenada y su proyecto de vida”, evaluó.
Y añadió: “Es por esto por lo que esta representación del Ministerio Público Fiscal no presenta oposición a que la pena se siga ejecutando en la modalidad de prisión domiciliaria siempre que la condenada se mantenga a derecho y, en especial, atendiendo a las reglas de conducta impuestas”.
¿Sacar a CFK de Constitución?
En tanto, Villar planteó la necesidad de que se cambie el domicilio donde Cristina cumpla la condena, dado que su permanencia en San José 1111 “ha significado una alteración de la paz pública y los derechos de los vecinos y supone, a su vez, una exposición a riesgos para su persona”.
“Es lógico disponer el cumplimiento de la condena en un domicilio distinto que limite o elimine tales perjuicios”, completó.





