Así se determinó posterior a una resolución de la Justicia Federal Electoral que habilitó a la lista que encabezará Alejandro Karlen.
GANEMOS CORRIENTES, el espacio electoral que se arma alrededor de la postulación del médico cirujano Alejandro Karlen a la Senaduría Nacional.
El legislador del PARLASUR, recientemente acompañó al Ministro de Agricultura de la Nación Luis Basterra en un hecho tan trascendente como la creación de la Sala de Agroindustria en la ERAGIA como aporte de la gestión nacional.
En ese contexto, Karlen anticipó su proyecto para la creación de una Zona Franca Verde Binacional entre la Itatí del lado argentino e Ita Cora del lado paraguayo.
Con GANEMOS CORRIENTES, Karlen avanza hacia las PASO, tal lo habilitado por la Justicia en el expediente 4610/2021 con la carátula «ALIANZA FRENTE DE TODOS s/RECONOCIMIENTO DE ALIANZA ELECTORAL – DISTRITO CORRIENTES» En la misma, se resuelve: 1º) REVOCAR LA RESOLUCION Nº 8 DE LA JUNTA ELECTORAL DE LA ALIANZA FRENTE DE TODOS, DISTRITO CORRIENTES, CONFORME LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PRESENTE y 2º) OFICIALIZAR LA LISTA INTERNA “GANEMOS CORRIENTES” DE ALIANZA FRENTE DE TODOS A EFECTOS DE PARTICIPAR EN LAS ELECCIONES PRIMARIAS, ABIERTAS, SIMULTANEAS Y OBLIGATORIAS DEL 12-09-2021.
Entre los fundamentos expuestos, se destacan: sobre el conflicto que se le planteara a GANEMOS CORRIENTES con supuestos inconvenientes entre los avales, cantidad, identificaciones y cruzamiento de datos, ante el Juzgado electoral, esta fuerza política presentó y cumplió con los requerimientos exigidos por ley y por ese motivo, la propia autoridad electoral, constató que: «a fs. 263, consta informe de Secretaría que del control y comprobación de avales presentados, resulta que la cantidad de 1861 avales son válidos» siendo la cantidad mínima exigida de 1774; una cantidad menor a la presentada.
Avales partidarios y Justicia electoral
Por cuanto, la Justicia centró su atención a un sólo hecho por resolver: «el tema a decidir consiste en dilucidar si los avales presentados por Lista Interna Ganemos Corrientes cumplen o no con los requisitos establecidos por la normativa vigente respecto a la presentación de la cantidad de avales requeridos de conformidad con la legislación aplicable (arts. 21 Ley 26.571, arts. 5 y 14 del decreto 443/11 y Acordadas Nº 46/11 y 58/11 CNE)» Por tanto, la Sección afiliación y Desafiliaciones de la Secretaria Electoral informa que, del control realizado de las fotocopias de planillas de avales presentadas por la Junta Electoral de la Alianza Frente de todos presentadas el día 16-08-2021 (de conformidad constancia de fs. 255), esa Sección informa que la Lista Ganemos Corrientes, que del total de 2432 avales presentados, se han validado mil ochocientos sesenta y uno (1861), descartándose 571 por distintos motivos, a saber: a) Afiliados a partidos que no conforman la Alianza Frente de Todos, b) Independientes, c) Matrículas inexistentes y d) Números ilegibles.
En consecuencia, acredita la cantidad de 1861 avales que se adecuan a lo establecido en el artículo 21 de la Ley 26.571. Por consiguiente, teniendo en cuenta que la cantidad mínima de avales necesarios para precandidaturas en el Distrito Corrientes es de 1774, conforme puede corroborarse en la publicación de la Cámara Nacional Electoral en www.electoral.gob.ar/nuevo/paginas/pdf/avales%202×1000-2021.pdf, este Juzgado entiende que esta lista ha superado esa cantidad mínima requerida estando en condiciones para participar en las próximas elecciones del 12 de septiembre de 2021″ concluyó la Justicia Electoral.