Se trata de 70 inmuebles, 26 automotores y más de once millones de pesos, respecto de los cuales los fiscales instaron a que se entreguen para colaborar con las demandas del sistema de salud de la provincia del Chaco, bajo la coordinación de las autoridades locales y nacionales.
El fiscal general ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Resistencia, Federico Carniel, con la colaboración de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC) a cargo de Mario Villar y María Laura Roteta y de la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes (DGRADB), que encabeza Carmen Chena, solicitaron, en el marco de la ejecución del decomiso ordenado en la causa “Carbón Blanco”, la entrega de bienes inmuebles y automotores para que se destinen en forma transitoria y excepcional a hacer frente a la situación de emergencia sanitaria provocada por el COVID-19.
En relación al dinero en efectivo secuestrado en la causa, que asciende a más de 11 millones de pesos, requirieron que se utilice para cubrir las demandas del sistema de salud de la provincia del Chaco, en coordinación con las autoridades nacionales de salud o la autoridad dependiente del Poder Ejecutivo Nacional que tenga a su cargo la organización federal de los recursos.
La sentencia del Tribunal Oral Criminal Federal resultó ejecutable a partir de que la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal declarara inadmisibles los recursos extraordinarios presentados por los imputados contra la resolución que decidió rechazar los recursos de casación por ellos interpuestos.
Se trata del fallo que el 8 de marzo de 2019 condenó a los integrantes de la organización criminal que fuera liderada por el fallecido abogado y empresario Carlos Salvatore con penas de hasta 9 años de prisión por el delito de lavado de dinero proveniente del narcotráfico, y ordenó el decomiso de 70 inmuebles, 26 automotores, dinero en efectivo secuestrado y dinero depositado en cuentas identificadas en diferentes bancos -Itaú, Banco Francés SA, Banco Macro SA, Credicop LTDO, HSB Bank Argentina SA, Banco Citibank SA, Banco BNP Paribas, Banco Francés, Banco Santander Río SA y otros-, así como las participaciones societarias en 19 sociedades.
En virtud de ello, los representantes del Ministerio Público Fiscal solicitaron que los bienes inmuebles se inscriban en los registros correspondientes a nombre del Estado Nacional, y se otorgue inmediata intervención a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) para que lleve adelante las medidas indispensables de administración hasta su efectiva subasta pública, incluyendo la posibilidad de entregarlos en custodia a las autoridades nacionales, provinciales y/o municipales según corresponda, para que se destinen en forma transitoria y excepcional para hacer frente a la situación epidemiológica y mitigar el impacto sanitario del COVID-19.
Automóviles incautados
Con relación a los automotores, requirieron que aquellos que estén en condiciones para atender las contingencias asistenciales y de seguridad atinentes a la situación de pandemia y aislamiento social preventivo y obligatorio en la provincia, se entreguen, previa tasación, provisoriamente y en carácter de depositarios judiciales a las autoridades provinciales que las pudieran necesitar y requerir, con el fin de que los agentes afectados a los servicios de salud, desarrollo social, seguridad y/u otros servicios esenciales, puedan efectuar el traslado de personas y demás elementos a los fines de hacer frente a la emergencia sanitaria, cumpliendo estrictamente los requisitos indicados y los previstos en la Acordada de la CSJN 2/2018.
En cuanto al dinero en efectivo decomisado, que asciende a más de 11 millones de pesos, peticionaron que se destine específicamente a cubrir las demandas del sistema de salud de la provincia del Chaco, previa coordinación con las autoridades dependientes del Poder Ejecutivo Nacional a cargo del control y distribución de los recursos frente a la pandemia del Conavid-19.
El Ministerio Público Fiscal destacó que la ilegalidad de los bienes se debe «resignificar a través del proceso penal y una sentencia, que devuelva a la sociedad una utilidad pública de aquello que se obtuvo mediante la comisión de crímenes graves»
Utilidad pública: resarcimiento a la sociedad
Como fundamento de su solicitud en relación al destino de los bienes decomisados, los fiscales señalaron que “el destino social que se atribuya al decomiso encuentra su fin, aunque no como pena en sí mismo, también en razones de prevención general positiva: pues constituye un fuerte mensaje a la sociedad en términos de que el quebramiento de las normas a través de las cuales se obtuvieron ganancias ilícitas (arquetipo de la criminalidad económica) se restablece y reafirma, a su vez, devolviendo a la comunidad aquellos beneficios económicos ilícitos recuperados para que sean utilizados con un fin que beneficie a la vida comunitaria».
«En otras palabras, que la ilegalidad de esos bienes se puede –y debe- resignificar a través del proceso penal y una sentencia, que devuelva a la sociedad una utilidad pública de aquello que se obtuvo mediante la comisión de crímenes graves», completaron.
En tal sentido, sostuvieron que destinar los fondos decomisados a la lucha contra la pandemia del virus COVID-19 es una solución que cumplen eficazmente con uno de los objetivos establecidos en la Acordada 2/2018 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en cuanto establece que los bienes pasibles de decomiso deben tener un destino de utilidad pública, más aún si se considera el contexto actual de emergencia sanitaria en el país, y es la que mejor se adecua al fin “reparador” trazado por el legislador en la letra del Código Penal (art. 305).