Cannabis medicinal: A seis meses de la sanción, se reglamentó parcialmente su uso

El Gobierno reglamentó tres de los doce artículos de la norma que regula la investigación médica y científica de uso medicinal de la planta y sus derivados.
El Gobierno reglamentó parcialmente la ley que regula la investigación médica y científica del uso medicinal de la plata de cannabis y sus derivados, sancionada alrededor de seis meses atrás.
El decreto que reglamenta la Ley Nº 27.350 fue publicado esta mañana en el Boletín Oficial. Fue firmado por el Presidente Mauricio Macri; el jefe de Gabinete, Marcos Peña; y el ministro de Salud, Jorge Lemus.
En ese contexto, sólo fueron reglamentados los artículos 2°; parcialmente el 3°, que fija los objetivos del programa; 4°; 6°; 7°; 8° y 9°; mientras que quedaron sin reglamentar el 1°, 10°, 11°, 12° y 13°.
Lo que permite la reglamentación parcial de la norma es la puesta en funcionamiento del «Programa nacional para el estudio y la investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales».
El mismo estará bajo la órbita del Ministerio de Salud. Su objetivo será el desarrollo de “acciones de promoción y prevención” apuntadas a “las personas que, por padecer una enfermedad bajo parámetros de diagnósticos específicos y clasificados por la Organización Mundial de la Salud (OMS), se les prescriba como modalidad terapéutica el uso de las plantas de Cannabis y sus derivados».





