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Avanza la ley de creación del Fondo para pagarle al FMI

Representantes de distintas cámaras empresariales manifestaron su apoyo

Legisladores nacionales del FDT recibieron el respaldo de empresarios PyMes agrupados en diversas cámaras del sector al proyecto de creación de un fondo para afrontar la deuda fugada.

Diputados y senadores nacionales del Frente De Todos (FDT), encabezados por los presidentes de los bloques, Germán Martínez y José Mayans, respectivamente, reunieron este miércoles 10 de agosto a casi 200 empresarios PyME en el salón de los Pasos Perdidos del Congreso de la Nación.

El Senador Oscar Parrilli agradeció por la organización de la convocatoria y sostuvo: “la aprobación de este proyecto es fundamental para no cargar la deuda sobre las espaldas de los argentinos y argentinas que trabajan, pagan sus impuestos y tienen necesidades; el proyecto busca gravar a los responsables de la deuda, a los que fugaron divisas al exterior sin declararlas”.

Los referentes de las PyMEs manifestaron su apoyo al proyecto de ley de Creación del Fondo Nacional para la Cancelación de la deuda con el FMI.

El referente del Frente productivo Nacional y Presidente de la Asociación Pyme, Daniel Moreira, sostuvo: «Las pymes no evadimos ni fugamos; somos las que damos más del 70% del empleo privado y somos las que democratizamos la economía; somos las que en tiempos de crisis sostenemos a nuestros trabajadores y al mercado interno. Es a todas luces una tremenda injusticia que la deuda tomada de manera ilegítima por el gobierno neoliberal de Cambiemos – que ni siquiera quedó en las arcas públicas, sino que fue enteramente fugada-, recaiga una vez más sobre el pueblo argentino» y concluyó «Que la paguen ellos, los que la fugaron, los que especularon y especulan a diario con el hambre de nuestro pueblo. Nuestra tarea es unirnos, organizarnos y militar para que este proyecto sea ley».

El Presidente del Bloque del Senado, José Mayans, luego de hacer un recorrido por la situación en que dejó el patrimonio del Estado el gobierno de Cambiemos, sostuvo “Nuestra visión es recuperar la independencia económica. Hay una idea acá: ¿quién paga esto? El jubilado no lo puede pagar; el trabajador no lo puede pagar. Hay empresas que han ganado fortunas y que fugan sus activos al exterior. Esos son los que tiene que pagar. Es un desafío y es un compromiso”

Paola Loyds, coordinadora de la Mesa Nacional de Unidad Pyme, reflexionó “Nos endeudaron a 100 años, nos metieron la mano en el bolsillo a todos los argentinos, produjeron el cierre de 25 mil pymes y ahora no quieren votar este proyecto; dan vergüenza”.

La mesa de legisladores contó con una amplia participación de representantes de las 2 cámaras. Los empresarios fueron representados por 28 cámaras del sector, como APYME, PyMEs Sur, Mesa de Unidad Pyme, Frente Productivo Nacional y Mujeres Argentinas por el Desarrollo, entre otras.

Puntos principales del proyecto presentado

  • El proyecto crea el “Fondo Nacional para la cancelación de la deuda con el Fondo Monetario Internacional”, que tendrá por objetivo la cancelación total de la deuda -actual y/o futura- con ese organismo internacional.
  • La vigencia de este Fondo será hasta que se produzca la cancelación total de la deuda con el FMI y sus recursos serán exclusivamente destinados a este fin.
  • Será administrado y gestionado por el Ministerio de Economía de la Nación y el proceso de contralor, fiscalización y supervisión de su gestión será realizado por la Comisión Bicameral de Seguimiento y Control de la Deuda Externa.
  • Estarán obligados al pago las personas humanas, personas jurídicas o sucesiones indivisas, todas ellas residentes en el país a la fecha de entrada en vigencia de la ley, que posean tenencias de moneda nacional y/o extranjera; inmuebles; muebles; y demás bienes en el exterior, incluyendo inmateriales, créditos y todo tipo de derecho susceptible de valor económico, sin declarar.
  • Los recursos del Fondo provendrán de lo recaudado por un pago que se aplicará sobre los bienes situados y/o radicados en el exterior que se localicen o detecten desde la entrada en vigencia de la ley y no hayan sido declarados ante la AFIP.
  • Los alcanzados por esta norma deberán realizar un aporte del 20% de sus bienes no declarados, que deberá ser abonado en dólares.
  • Para el caso en que el sujeto declare y pague en forma espontánea y voluntaria, sin la intervención de la AFIP, dentro de los 6 meses posteriores a la entrada en vigencia de la ley se le aplicarán los beneficios, eximiciones y otras liberaciones dispuestos en los artículos 11°, 12° y 13° del blanqueo previsto en la Ley de Incentivo a la Construcción Federal (N°27.613).
  • En el caso de declarar los bienes pasados los 6 meses de la entrada en vigencia de la ley, la alícuota subirá al 35%.
  • Los beneficios previstos no eximen de las investigaciones por delitos preexistentes del lavado de activos, contrabando, terrorismo, narcotráfico, trata de persona u otros que puedan corresponder.
  • La iniciativa contiene un capítulo referido a las “facultades” de la AFIP y la Unidad de Información Financiera, entre ellas la colaboración internacional a la que pueden recurrir para la detección de bienes sin declarar.
  • El proyecto incluye un artículo que reza: “El Ministerio de Economía, antes de tomar nuevo endeudamiento en moneda extranjera, deberá solicitar opinión sobre el impacto de la operación en la balanza de pagos y su viabilidad de repago” a la Comisión Bicameral de Seguimiento y Control de la Deuda Externa.
  • El Poder Ejecutivo Nacional, a través del Banco Central, la UIF, la AFIP, la Comisión Nacional de Valores y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, “deberá una vez por año, comenzando dentro del año de entrada en vigencia de la ley, emitir un informe al Congreso de la Nación” que contenga, entre otros puntos, “todos los hallazgos y determinaciones hechas en la realización de la investigación requerida en la presente ley, detallando montos y actividades involucradas, y cualquier otro dato que se estime necesario”.
  • Se incorpora la figura del colaborador: cualquier individuo, sea persona humana o jurídica, residente en el país o en el extranjero, que actuando en forma personal o conjuntamente, proporcione información relacionada con una violación de las leyes impositivas y de lavado de activos.
  • El objetivo del colaborador será el de cooperar con la AFIP para la detección o localización de bienes ocultos o no declarados y/o maniobras de evasión fiscal.
  • El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación deberá crear un programa que defina los protocolos que garanticen el secreto, la seguridad, anonimato de los colaboradores y los correspondientes mecanismos de pago de la recompensa.
  • El monto a partir del cual se considera como acreditada la información del colaborador no debe ser inferior a U$S 500.000 en concepto de activos no declarados.
  • El colaborador deberá estar a disposición para declarar ante toda instancia, ya sea administrativa o judicial.
  • La recompensa será del 30% del monto total efectivamente recaudado e ingresado a las arcas estatales.
  • Se impondrá prisión de 1 a 6 años al colaborador que aportare información falsa; y de 6 meses a 2 años al colaborador que, de cualquier forma, difundiere, divulgare o diere a conocer información relativa al proceso de colaboración.
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