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A pesar del freno de la Justicia, publicaron el DNU que pulverizó la Ley de Medios

El Gobierno nacional publicó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) a través del cual crea el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), que asume las funciones de la AFSCA y la AFTIC.

A pesar de que el juez de La Plata Luis Arias había dictado una medida precautelar, el gobierno de Mauricio Macri oficializó el DNU que realiza modificaciones a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA).

Además de la creación de la ENACOM, la medida crea, en el ámbito del ministerio de Comunicaciones, la «Comisión para la Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización y Unificación» de la Ley de Medios y la Ley Argentina Digital.

La ENACOM estará bajo la órbita del ministerio de Comunicaciones, que conduce Oscar Aguad, y tendrá «plena capacidad jurídica para actuar en los ámbitos del derecho público y privado».

Entre los considerandos del extenso decreto se afirma que «la crítica situación del sector de las telecomunicaciones y los medios», entre otras cosas, «determinan la imperiosa necesidad de efectuar la reorganización y modificación normativa proyectada, configurando una circunstancia excepcional que hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la Constitución Nacional para la sanción de las leyes».

El decreto crea una comisión de reforma en el Ministerio de Comunicación para realizar aportes a la nueva ley que se debatirá en el Congreso.

En ese sentido, afirma que «esperar la cadencia habitual del trámite legislativo irrogaría un importante retraso que dificultaría actuar en tiempo oportuno y obstaría al cumplimiento efectivo de los objetivos de la presente medida», y que por tal caso se recurre al dictado de un DNU.

Tras destacar la «convergencia tecnológica» que vive el mundo en materia de medios de comunicación, el decreto destaca que es necesario la existencia de «autoridades que regulen y controlen la actividad en forma independiente, técnicamente idónea y neutral, en beneficio de los consumidores, evitando al propio tiempo distorsiones en la competencia como la ejecución selectiva de sanciones».

La norma establece además que «el ENACOM tendrá todas las competencias y funciones» que tanto la Ley de Medios como la de Argentina Digital «asignan, respectivamente, a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) y a la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Tecnologías (AFTIC)».

El decreto indica que el titular del Enacom y el directorio durará 4 años en el cargo  con posibilida de reelección, pero podrán ser removidos por el Poder Ejecutivo en forma directa y sin expresión de causa.

Además, el ente «será objeto de control por parte de la Sindicatura General de la Nación» y de la Auditoría General de la Nación».

Por otro lado, en el Título II y en el Título III del DNU se establecen una serie de modificaciones a la Ley Argentina Digital y a la Ley de Medios.

En tanto, el artículo 24 del decreto establece la disolución «de pleno derecho» de la AFSCA y la AFTIC, y del Consejo Federal de Tecnologías de las Telecomunicaciones y la Digitalización.

En ese sentido, también estipula que «cesan de pleno derecho en sus cargos los Directores de la AFSCA y de la AFTIC», así como también los miembros del Consejo Federal de Tecnologías de las Telecomunicaciones y el Consejo Federal de Tecnologías de las Telecomunicaciones y la Digitalización.

En el artículo 28 del decreto se crea la Comisión que tendrá a su cargo «la Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización y Unificación» de las leyes de Medios y Argentina Digital.

«La Comisión tendrá a su cargo el estudio de las reformas a ambas leyes con el propósito de garantizar la más amplia libertad de prensa, el pluralismo y el acceso a la información, fomentar el desarrollo de las nuevas tecnologías de la información y las telecomunicaciones, avanzar hacia la convergencia entre las distintas tecnologías disponibles, garantizar la seguridad jurídica para fomentar las inversiones en las infraestructuras, evitar la arbitrariedad de los funcionarios públicos y garantizar los derechos de los usuarios y consumidores», expresa el DNU.

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