MARCHA ATRÁS de la CORTE SUPREMA: restituyó la LEY DE TIERRAS

La Corte Suprema de Justicia de la Nación suspendió provisoriamente los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que derogaba la Ley de Tierras Rurales. La decisión de los cortesanos tuvo lugar luego del marcado repudio generalizado por dejar sin restricciones la venta de territorios argentinos a extranjeros.
La medida cautelar interna, dictada en el marco de una causa iniciada por la Asociación Civil Árbol de Pie, fue adoptada por los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. El ministro Carlos Rosenkrantz votó en disidencia.
La suspensión se mantendrá hasta que el Juzgado Federal de Bariloche se pronuncie sobre la legitimación de los demandantes y examine el pedido de medida cautelar presentado por la asociación.
ROSENKRANTZ Y SU DISIDENCIA
El juez Rosenkrantz se pronunció en contra de la medida adoptada por la mayoría. Al respecto, consideró que la Corte Suprema carecía de competencia para dictar una medida cautelar o interina en ese expediente.

Así las cosas, sostuvo que correspondía remitir la causa a la Justicia federal de Bariloche sin disponer ninguna suspensión. Esa posición habría mantenido vigentes los efectos derogatorios del artículo 154 del DNU 70/2023 mientras continuaba la tramitación judicial.
La decisión mayoritaria, en cambio, establece una protección provisoria y no constituye un pronunciamiento definitivo sobre la constitucionalidad de la derogación de la Ley de Tierras.
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