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El GOBIERNO planea DEROGAR la LEY de EDUCACIÓN NACIONAL

En las últimas horas, el Gobierno nacional presentó al Consejo de Mayo el borrador de un proyecto de ley que tiene como finalidad derogar y reemplazar la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, vigente desde 2006. Afecta al nivel inicial, primario y secundario. 

Entre varios puntos, el proyecto busca habilitar la educación en el hogar como una de las “formas alternativas de enseñanza”, junto con la denominada educación híbrida (que combina instancias presenciales y virtuales) y a distancia, sin establecer un mínimo de edad. 

También les da poder a las provincias de ofrecer “enseñanza religiosa confesional” en las escuelas públicas de manera optativa y fuera del horario escolar. Asimismo, permite, junto con los planes de estudio que se elaboran en los ministerios la posibilidad de planes “propios”, implementados por cada escuela. Además, declara la “esencialidad” de la educación básica, apuntando a garantizarse la “continuidad mínima del servicio educativo”. 

El borrador de este proyecto cuenta con un detalle que habla a las claras de la búsqueda de la administración nacional del presidente Javier Milei: hace referencia 27 veces a la “libertad”, por encima del “Estado” (mencionado 22 veces). 

Si bien no define la educación como un “bien público”, el proyecto oficial mantiene la gratuidad de la educación obligatoria desde sala de cuatro del nivel inicial hasta el último año de la secundaria. También seguirá habiendo “contenidos mínimos comunes” que aseguren la cohesión del sistema educativo nacional –hoy llamados Núcleos de Aprendizajes Prioritarios (NAP)–. 

PLANES PROPIOS 

En tanto, el proyecto crea la figura de los planes de estudio “propios”, elaborados por cada escuela “conforme a su ideario y proyecto educativo, en el marco de la autonomía institucional”. No obstante, el Estado nacional seguirá siendo responsable de otorgar la validez nacional de los planes y tendrá un Registro Nacional de Planes de Estudio. 

CALENDARIO 

El borrador habla de “horas” de clase, estableciendo un mínimo de 540 horas reloj anuales para la educación inicial (equivalentes a 180 días con una jornada de 3 horas) y un piso de 720 horas para la educación primaria y secundaria (180 días con una jornada de 4 horas). 

Ese mínimo es inferior al acordado en 2024 por todos los ministros en el Consejo Federal de Educación, de 760 horas para la primaria y 900 para la secundaria. Según el borrador, los contenidos mínimos comunes no pueden ocupar más del 75% de ese tiempo: el restante 25% se reserva para un “espacio de autonomía curricular”. 

RELIGIÓN 

El artículo 33 del documento permite a las jurisdicciones ofrecer enseñanza religiosa confesional en escuelas estatales, de manera optativa para los alumnos y fuera del horario escolar. 

MODALIDADES DEL SISTEMA 

El proyecto no menciona la “educación especial”, sino que se refiere a “alumnos con necesidades específicas”, e incluye allí a los estudiantes con discapacidad, junto con la educación rural, intercultural bilingüe, hospitalaria, domiciliaria y en contexto de encierro. 

APRENDER 

También mantiene las evaluaciones nacionales, que comprendan los aprendizajes de los “contenidos mínimos comunes”, pero a su vez el desempeño de docentes y directivos. 

FINANCIAMIENTO 

Se elimina la meta de inversión del 6% del PBI. También se afirma que el rol del Estado es “subsidiario”, y que debe intervenir “de manera complementaria, apoyando a las instituciones educativas y actores sociales cuando estos no puedan por sí mismos garantizar el derecho a la educación”. Otro punto al respecto marca que las instituciones de educación básica estatales y privadas gozan de igualdad “en el acceso al financiamiento público”. 

Asimismo, se crea un “sistema federal de monitoreo de la inversión educativa” en el ámbito del Consejo Federal de Educación. 

CAMBIOS ESTRUCTURALES 

El proyecto establece que, si bien la conducción continúa a cargo del director, debe garantizarse la participación de las familias a través de un “consejo escolar de padres”. 

DOCENTES 

Se establece que la formación inicial será de cuatro años, y crea el Instituto Nacional de Formación y Carrera Docente (actual INFoD). Sobre la carrera docente, marca que “la estabilidad laboral está vinculada al desempeño satisfactorio, la formación continua y la ética profesional”. También habrá una evaluación periódica, cada cuatro años como máximo. 

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Con información parcial de Infobae y La Política Online.

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