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JURY CONTRA LOS JUECES DEL PRIMER JUICIO POR EL FEMICIDIO DE LUCÍA PÉREZ

DECLARACIÓN DE LOS ÚLTIMOS TESTIGOS Y ALEGATOS DE LAS PARTES.

El jurado de enjuiciamiento de magistrados y magistradas de la Pcia. de Bs.As. continuará con el jury contra los jueces integrantes del Tribunal en lo Criminal N°1 Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas actualmente suspendidos, por su mal desempeño en el juicio oral donde se juzgó a los autores del femicidio de Lucía Pérez.

Están acusados de «negligencia, incumplimiento de deberes inherentes del cargo y parcialidad manifiesta» tras el fallo que en su momento absolvió a Matías Farías y Pablo Offidani por el abuso sexual y muerte de Lucía Pérez, 16 años, y los condenó solamente por la venta de drogas en la puerta de la escuela marplatense a la que iba Lucía.

En octubre de 2016, la adolescente fue llevada sin vida por tres hombres a la sala de salud de Playa Serena. La fiscal inicial del caso, María Isabel Sánchez, fue removida del caso luego de afirmar, en conferencia de prensa, que la víctima había sufrido “empalamiento”, tras una mala interpretación de las pericias.

Sin embargo, los tres hombres involucrados en la muerte llegaron a juicio: Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel.

En el primer juicio desarrollado ante los jueces Gómez Urso, Viñas y Aldo Carnevale (quien no está en el jury por haberse jubilado) se retiró la acusación de encubrimiento contra Maciel y solo se condenó a Farías y Offidani por la venta de estupefacientes. Se desechó así la figura de femicidio al atribuirse consentimiento en las relaciones sexuales mantenidas entre Farías y la menor, y al no poder comprobarse la causa de la muerte.

El fallo fue apelado y además se denunció a los jueces por no haber tenido un criterio o visión de género, tanto por la conclusión jurídica como por las formas utilizadas en varios pasajes de la sentencia.
Tiempo después la cámara de casación ordenó un nuevo fallo y en marzo de 2023 los jueces Gustavo Fissore, Alexis Simaz y Roberto Falcone entendieron, por unanimidad, que estaba acreditado el abuso sexual con acceso carnal agravado por el suministro de estupefacientes del que fue víctima Lucía Pérez.

Los jueces remarcaron la relación asimétrica de poder entre la adolescente, consumidora de droga, y el femicida Farías, vendedor de estupefacientes; como así también una deuda dineraria que la víctima registraba. Para los jueces, este contexto afectó el consentimiento libre de Lucía.

La muerte, en tanto, fue calificada en el marco de un dolo eventual por dos de los jueces, mientras que el restante lo llevó al terreno de la culpa temeraria.

Farías fue condenado a prisión perpetua y Offidani a 8 años por su rol de partícipe necesario en el delito de abuso, ya que fue él quien, con su camioneta, llevó a ambos a la casa donde ocurrieron los hechos.
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios será el órgano encargado de resolver acerca de la destitución de los jueces, en caso de considerar comprobada la causal de mal desempeño en el ejercicio de su función, en virtud del dictado de dicha sentencia absolutoria y si la misma se ajustó o no a las pruebas del debate oral.

Está compuesto por legisladores y abogados de la matrícula. Es presidido por el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires, Daniel Soria, y lo integrarán las diputadas Maite Alvado y Susana González, además de los senadores Ariel Bordaisco (UCR-Cambio Federal), Gustavo Soos y Gabriela Demaría (UP).

También estarán Lisandro Daniel Benito (del Departamento Judicial Junín), Carlos Fernando Valdez (La Plata), Diana Graciela Fiorini (San Isidro), Guillermo Ernesto Sagües (San Isidro), Ramiro Ubaldo Alonso López (San Martín).

Todas las decisiones del Jurado se toman por mayoría de miembros presentes, pero para dictar veredictos de culpabilidad será necesario el voto de la mayoría absoluta del total de los miembros.

Durante el transcurso de las audiencias se oirán a los testigos propuestos por las partes y el día miércoles serán los alegatos.

En tanto, la Red de Jueces penales de la Provincia de Buenos Aires, y el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires cuestionaron el proceso contra Viñas y Urso.

“Utilizar la figura del jury como un remedio, cuando se trata de una decisión jurisdiccional que pudo ser revisada (como efectivamente sucedió) y de un tribunal cuyos antecedentes son de probidad e idoneidad, desvirtúa la naturaleza de ese instituto y atenta contra la independencia de los jueces, que es una garantía inviolable de la ciudadanía y del sistema democrático”, indicó el Colegio de Magistrados en un comunicado.

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