Los bancos deberán dar información de clientes que no residan en el país
El Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) informó que los bancos deberán proveer a la AFIP información sobre las cuentas de sus clientes que tengan residencia fiscal fuera de la Argentina en base a cánones internacionales en materia de identificación.
Así las cosas, deberán requerir a sus clientes con residencia fiscal fuera del país una declaración jurada que incluya, para personas humanas y jurídicas, la información sobre el lugar de residencia fiscal y el número de identificación fiscal, dirección, controlantes, entre otros datos.
Los bancos deberán estandarizar información de los clientes no residentes.
Esta medida se enmarca en la colaboración coordinada por @AFIPcomunica con los organismos de contralor de entidades financieras.
Más información: https://t.co/Ksrax5Ryhs— BCRA (@BancoCentral_AR) March 31, 2022
“La comunicación le permite al BCRA intervenir en la supervisión de los procesos de debida diligencia instrumentados por las entidades bajo su órbita, en relación con CRS y FATCA”, informaron el Central y la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en un comunicado conjunto.
A partir de la entrada en vigencia, los bancos alcanzados tendrán un plazo de 60 días para dar cumplimiento al requerimiento para las cuentas existentes y de 10 días para las nuevas cuentas.
“La comunicación se enmarca en la colaboración coordinada por la AFIP con los organismos de contralor de entidades financieras a los fines de dar cumplimiento efectivo a las verificaciones a las que se encuentra obligada Argentina en el marco del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes”, detallaron la AFIP y el BCRA.