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MEGA CAUSA JUJUY el sexto juicio que involucra a Mina El Aguilar y al azucarero Blaquier

Causa Braga: por el secuestro, torturas y desaparición de trabajadores mineros

El sexto juicio por crímenes de lesa humanidad en Jujuy, que acumula 15 causas, comenzó contra 23 personas imputadas, entre ellas, militares retirados del Ejército y ex policías jujeños, a quienes se juzgarás, entre otras, por el secuestro, la tortura y la desaparición de trabajadores/as de Mina El Aguilar y del ingenio Ledesma.

“Es la primera causa tan grande en Jujuy, con quince acumulaciones, 23 personas imputadas y todas las fuerzas de seguridad envueltas, entre ellas, Gendarmería, Ejercito, Policía Provincial y Servicio Penitenciario”. Los hechos que se juzgan “se vinculan a la represión fabril durante la dictadura, en este caso contra trabajadores de Mina el Aguilar y del ingenio Ledesma” Por los crímenes cometidos en ambas empresas es investigada la responsabilidad civil de sus directivos. El propietario de Ledesma, Carlos Pedro Blaquier, y el ex Administrador General de la empresa, Alberto Lemos, fueron beneficiados por una falta de mérito en un fallo de 2015 de la Cámara de Casación, revocado actualmente por la CSJN. La megacausa suma 120 víctimas, de las cuales 44 siguen desaparecidas.

Personas Imputadas: Raúl José Borges Do Canto, Rafael Mariano Braga, Carlos Humberto Cachambe, Osvaldo Héctor Caraballo, Inés Roque Cari, Virgilio Choffi, Raúl Armando Claros, Mario Marcelo Gutierrez, Juan Carlos Jones Tamayo, Juan De La Cruz Kairuz, José Américo Lescano, Rodolfo Oscar López, Juan Carlos Lucero, Ceferino Narváez, Orlando Ricardo Ortíz, Carlos Raúl Pérez, Pedro Ríos, Hugo Armando Ruiz, Bernardo Salinas, Herminio Zárate. Imputados excluidos: Imputados excluidos: José Eduardo Bulgheroni(IN), Telésforo Zurita(IN), Carlos Pedro Tadeo Blaquier(ME), Alberto Enrique Lemos(ME), Florencio Burgos Aráoz(SF), Ramón Armando Herrera(SF), Luciano Benjamín Menéndez(SF), Carlos Alberto Ortíz(SF), Juan Carlos Vaca(SF), Antonio Orlando Vargas(SF).

Querellante en esta causa, la Secretaria de Derechos Humanos de la Nación.Los integrantes TOCF son: Alejandra Cataldi y los jueces Mario Juárez Almaraz y Federico Díaz.

Audiencia N° 82 de la Megacausa por crímenes de lesa humanidad en Jujuy.

Alegatos y hechos 

Entre los alegatos presentados hasta el momento, se destaca aquel realizado por la fiscalía a cargo en esta causa por la representación de la abogada Dra. Marina Cura. En su exposición, la letrada, dijo: «Reynaldo Aragón durante su detención. Fue secuestrado el 25 de noviembre de 1974, mientras se encontraba en su consultorio odontológico, el cual coincidía con su domicilio familiar y estaba ubicado en la Ciudad de San Pedro de Jujuy. El operativo de secuestro fue comandado por una delegación de la Policía Federal. Desde ese lugar lo condujeron a la sede de la Federal, hasta que el 29 de noviembre fue trasladado al Penal de Gorriti, lugar en el que permaneció hasta el 23 de diciembre de 1976, desde esa fecha continúa desaparecido. Y agregó que fue posible corroborar todo lo anteriormente mencionado, gracias a la información aportada por la madre de Reynaldo, María Elba Rivera y lxs distintxs testigxs y ex presxs políticxs sobrevivientes que compartieron cautiverio con él»

Por ejemplo; en su testimonio la madre mencionó que Reynaldo estuvo detenido en primer lugar en la Policía Federal donde le permitieron verlo dos veces por semana. Luego pasó a la Unidad Penitenciaria de Gorriti donde quedó a disposición de las autoridades militares. Y que se enteró que le habían otorgado la libertad a través de una publicación, de fecha 22 de diciembre de 1976 un diario local, donde figuraba que habían ordenado su libertad por orden del PEN junto a otras personas. Sin embargo, continuó diciendo la fiscala, “Reynaldo fue sacado del penal junto a otras personas el 23 de diciembre de 1976, junto a Carlos Patrignani, Julio Moisés, y Ramón Calapeña. Pero lejos de ser liberados, Patrignani y Aragón, permanecen desaparecidos”

Julio Moisés, comentó en este debate que; recuerda que aquel 23 de diciembre de 1976, fue sacado por la parte de atrás del penal y trasladado en un camión del ejército junto a Reynaldo Aragón, Ramón Calapeña y Carlos Patrignani a la Central de la policía de la provincia y que al día siguiente él recuperó su libertad. Pero que Patrignani y Aragón no corrieron la misma suerte. Moisés sumó que, a la mañana siguiente, la madre de Reynaldo fue a su casa a preguntarle si sabía que había pasado con su hijo pero ya nadie supo qué ocurrió con él.

A estos testimonios se suman como prueba, una gran cantidad de constancias documentales, las cuales fueron detalladamente mencionadas por la fiscalía, entre ellas los legajos de la DIPBA (Dirección de Investigación de la Provincia de Buenos Aires), en los cuales queda claro que a Aragón lo estaban vigilando desde mucho antes de su detención. Según este, en 1971 integró “una comisión en lucha por la necesidad de alimento de la población”, en 1972, fue miembro de la “comisión de resistencia vinculada con la tarifas eléctricas de San Pedro de Jujuy”, en 1974 participó del congreso de FAS (Frente Antiimperialista por el Socialismo), y ya cerca de su detención, septiembre de 1974, había participado de diversas actividades políticas del Movimiento Revolucionario Peronista (MRP), en Tucumán y en San Pedro, y para noviembre de ese año, era considerado “un elemento marxista activo en la provincia de Jujuy” y su detención era necesaria.

En relación a otra sampedreña, Eva Delicia Garrido de Juárez, en otro tramo de su exposición, la fiscala, haciendo mención a lo ocurrido dijo que; fue detenida en dos ocasiones, pero que la que incumbe a este juicio es la primera, que se llevó a cabo el 25 de marzo de 1976, un día después del golpe de Estado, en el barrio Providencia de la Ciudad de San Pedro de Jujuy. El operativo fue ordenado por el entonces jefe del Área 323 del Ejército, el coronel Carlos Bulacios.

Fue llevada en primer lugar a la comisaría 9 de San Pedro, pero, al día siguiente fue conducida a las instalaciones de la cárcel de Gorriti. Allí permaneció, según pudimos saber gracias a las pruebas testimoniales y documentales ofrecidas por la fiscalía, hasta el 7 de octubre de 1976, cuando se la llevaron al Penal de Villa Devoto en Buenos Aires. En ese sitio estuvo alojada hasta el mes de mayo del 77’.
Luego de eso, Eva regresó a Jujuy, pero, 2 meses después, el 25 de julio de 1977 es secuestrada nuevamente en el mismo lugar. Desde aquel día permanece como víctima de desaparición forzada. Eva, según los informes de la DIPBA, fue detenida por estar vinculada al PRT-ERP.

LXS DIRIGENTES SINDICALES

El caso de Marina Leticia Vilte, docente y Secretaria Gral. de ADEP y Secretaria Adjunta de CTERA, víctima de desaparición forzada, también fue parte de esta parte de los alegatos: Marina pasó por 2 detenciones, dijo la Dra. Cura. La primera, que es la que se dirime en este juicio, acaeció el 24 de marzo de 1976 y la segunda, el 31 de diciembre de ese año, último día que se la vio con vida.

Sobre esta primera vez, quedó probado durante este proceso que se produjo en horas de la madrugada y fue realizada por efectivos de la policía federal y militares, que estaban de civil, los cuales, según contó a este tribunal Selva Vilte, hermana de Marina, invadieron su domicilio ubicado en la avenida Fascio del centro de la capital jujeña. En ese momento, por supuesto sin exhibir ningún tipo de credencial, ni orden policial, ni judicial, los represores se llevaron a Marina en un camión militar.

Al día siguiente, desesperada, Selva salió junto a su madre y su padre a buscar a su hermana. Primero fueron al gremio docente ADEP (Asociación de Educadores Provinciales) Jujuy, del cual Marina era Secretaria General pero no encontraron a nadie. Seguidamente le solicitaron ayuda al Obispo Medina, pero este les dijo que nada podía hacer. De esta manera, empezaron a denunciar en distintas comisarías lo ocurrido, allí se encontraron con otras familias que estaban atravesando situaciones similares, y a partir de conversar entre ellxs pudieron enterarse de que Marina estaba privada ilegalmente de su libertad en la Unidad Penal N° 1 de Gorriti.

Así fue que la familia Vilte se apersonó en esa penitenciaría hasta que por fin, luego de dos semanas, lograron que Marina recupere su libertad, el 6 de abril de 1976, por orden del Alférez de la Gendarmería Nacional Carlos Raúl Pérez, quien la entregó a las autoridades militares del RIM 20.

Cuando liberaron a Marina, lejos de aminorar sus actividades políticas y gremiales, ella continuó denunciando los crímenes del régimen militar y asistiendo a sus compañerxs que se encontraban todavía detenidxs. Marina realizó colectas y todo tipo de acciones en favor de lxs presxs políticxs, lo cual le valió el odio de todas las fuerzas armadas. En este sentido, Selva mencionó que, antes de la segunda detención de su hermana, fueron juntas a ver al Comisario Ernesto Jaig por la detención de otra maestra desaparecida y luego asesinada, Dominga Álvarez de Scurta. En aquella ocasión, detalló la fiscalía, cuando estaban en la sala de espera, vieron pasar a Dominga toda golpeada antes de que Jaig a los gritos echara a todxs del lugar.

Además, Selva contó que un periodista del diario Pregón de Jujuy, le había advertido a su hermana que se tenía que ir del país porque los militares la iban a ir a buscar, pero Marina sostenía que ella lo único que hacía era defender los derechos de lxs maestrxs y que no tenía por qué irse.
La fiscalía también hizo referencia, entre otras, a la declaración de una celadora, la penitenciaria Angelina Gordillo, quien expresó que le había impactado ver a Marina dentro detenida en el Penal de Gorriti, porque ella sabía que Marina Vilte luchaba por el bien de lxs docentes, que la recordaba por esa razón.

De esta manera llegó la segunda detención de la dirigente, pero en esta ocasión junto a su hermana Selva, el 31 de diciembre de 1976, también por la madrugada y acotó que desde ese día su familia nunca más la volvió a ver.

https://www.facebook.com/Mega-Causa-Jujuy-6to-Juicio-de-Lesa-Humanidad-534656607029743/

Otro de lxs dirigentes gremiales desaparecidxs es Armando Tilca Barreix, de la Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA), delegado gremial en la empresa Minetti, la fiscalía explicó que fue detenido en dos oportunidades, pero que en este juicio solo se trata su primera detención que fue el 11 de junio de 1974, momento en que se dirigía a esa empresa junto a un inspector de trabajo. Tilca, fue alojado en el Penal de Villa Gorriti y el 17 de marzo de 1976 debía salir en libertad, sin embargo, debido a un decreto del PEN se ordenó mantenerlo en cautiverio, y permaneció privado ilegalmente de su libertad en ese reclusorio. En otro decreto, pero esta vez de agosto de 1976, se dispuso nuevamente que fuera liberado, cosa que nunca se concretó.

El 7 de octubre de 1976 en un traslado masivo de detenidxs, Tilca, fue llevado a la unidad N°9 de la Plata, y aproximadamente 4 meses más tarde, el 3 febrero de 1977, fue traído nuevamente a la provincia de Jujuy, CCDTyE “Comando Radioeléctrico” y luego al penal de Gorriti nuevamente. El 10 de mayo de 1977, otra vez quedó a disposición del PEN y finalmente el 1 de julio fue sacado de la unidad penitenciaria. Armando estuvo detenido junto a Carlos, su hermano, quien recuperó la libertad, pero de Armando no se supo más nada desde aquel 1ro de julio de 1977.

De acuerdo a los testimonios aportados por lxs ex presxs políticos; Tilca efectivamente estuvo detenido en Gorriti y fue visto por todxs ellxs, afirmó Zurueta. Entre los mismos se encuentra el de Renato Colautti, quien describió que en una oportunidad, luego de que lo trajeran nuevamente al penal de Gorriti, Armando les reveló que había presxs políticxs que estaban desapareciendo, y le dijo que le había escrito una carta al obispado de Salta donde denunciaba su situación y les hizo saber que temía por su vida.

Acerca del testimonio de José Abel Tilca, padre de la víctima, relató de idéntica manera las detenciones de su hijo y afirmó que frente a la situación presentó un recurso de amparo, también se mencionaron los relatos de María Arcadia Barreix, madre de Armando y la esposa de él, Alcira Peralta que fueron en igual sentido.

Armando, denunció ante la justicia los tormentos a los que fue sometido en esa unidad carcelaria, el poder judicial, cómplice de sus verdugos, no hizo nada por esta situación.
Luego, el fiscal continuó con el caso de Máximo Alberto Tell, Secretario Gral. del sindicato telefónico FOETRA (Jujuy), quien también fue arrestado en dos oportunidades. La primera detención, que forma parte de este debate, dijo Zurueta, se produjo por disposición de la justicia militar en mayo de 1976. Tell fue ingresado en la cárcel de Gorriti el 7 de ese mes, y el 3 junio de ese mismo año, recuperó la libertad por disposición del PEN. La segunda detención ocurrió el 13 mayo 1977, en esa oportunidad también secuestraron a su pareja, Teresa Sarrica, secretaria de finanzas del mismo sindicato, desde esa fecha ambos permanecen como víctimas de desaparición forzada.

La suegra de Tell, Rosa Montaña de Sarrica, presentó un recurso de Hábeas Corpus a favor de Máximo y su hija Teresa, además declaró que su yerno era peronista y tuvo varios enfrentamientos de índole gremial y político. También lxs hijxs de Tell, Alberto y Olga, declararon sobre el secuestro de su padre, y Alberto radicó una denuncia ante la fiscalía provincial. En concordancia con lo anteriormente expuesto, el ex preso político, Raúl Osvaldo Tapia declaró que compartió cautiverio con Máximo, agregó el fiscal.

EL OPERATIVO DE PALPALÁ

En otro tramo de la exposición, cuando el fiscal Federico Zurueta había tomado la palabra, hizo un detalle pormenorizado sobre la detención de Juan Bautista Lazarte, ex preso político y operario de Altos Hornos Zapla, quien fue detenido ilegalmente el 7 abril del año 1976, aproximadamente a las 13 horas, por personal de la policía provincial y federal, la víctima los reconoció, estaban de civil quienes entraron a su vivienda, ubicada en la ciudad Palpalá, sin autorización, y la requisaron.

Luego fue conducido a la Comisaría N°23 de aquella ciudad, allí se encontró con otra víctima, Fidel Guerrero, con el que fue subido a un vehículo y conducido hasta el domicilio de Adelaida Corvalán de Barrionuevo, quien también fue apresada. Seguidamente todxs fueron llevadxs al CCDTyE “Comando Radioeléctrico” y luego al penal de Gorriti, bajo disposición de la “justicia militar”.
Pasados 6 meses, a Lazarte, se le informó que las razones de su detención se debieron a sus conexiones con “los montoneros” y su amistad con “Tamalito” Díaz y Juan Carlos Arroyo, cuya acusación él desmintió, explicó el fiscal. A posteriori, vendado y esposado, fue trasladado en octubre de 1976 en un avión Hércules a la Unidad N° 9 de La Plata, y fue liberado en enero de 1977.

LA DETENCIÓN DE PABLO JACOBO CHALABE Y JUAN ÁNGEL ROBLES

También fue analizado por la fiscalía, en otra parte de la exposición, el caso de Pablo Jacobo Chalabe, quien fue arrestado de manera ilegal en 2 oportunidades. En ese sentido, la Dra. Cura aclaró que forma parte de este juicio, sólo la primera detención. Esta se produjo el 6 de mayo de 1976, cuando Pablo se encontraba con su esposa Nora Martínez en el domicilio que compartían en la localidad de El Carmen, provincia de Jujuy. En ese momento ingresaron a la casa 4 personas de civil y 1 uniformado. El uniformado se presentó como David Vásquez, personal de la policía provincial, quien se encuentra fallecido. Este le manifestó que por orden del Coronel del Ejército Carlos Bulacios tenía que detenerlo.
Pablo fue llevado al Comando Radioeléctrico de la Policía de la provincia por unas horas, antes de ser confinado en el Penal de Gorriti, en el que estuvo hasta el 7 de agosto de 1976 cuando, otra vez por disposición de Bulacios, fue dejado en libertad. Sin embargo, casi un año después, el 4 de julio de 1977, Chalabe desaparece.

De la documental surge que Chalabe estuvo detenido bajo el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) de manera clandestina, y tal como con la anterior víctima, fueron varios los testimonios y las pruebas documentales ofrecidas por la fiscalía para evidenciar la certeza de todos estos hechos mencionados. Y además agregó que a Chalabe lo había relacionado con Robles, también desaparecido.
Entre las declaraciones, se encuentra también la de Julio Moisés, quien comentó que a Chalabe lo apodaban “el paisano del Carmen” y la de Ricardo Ovando, quien dijo haber compartido cautiverio con él.

Con respecto a lo acontecido con Juan Ángel Robles, la fiscala Cura, explicó que fue detenido de manera ilegal en 2 oportunidades y que ambas forman parte de este juicio. La primera vez que lo arrestaron fue el 27 de abril de 1976, en la confitería de tribunales de la provincia de Jujuy. Desde allí fue llevado al CCDTyE “Comando Radioeléctrico de la Central de Policía”. Ahí permaneció durante 3 días hasta ser trasladado al penal de Gorriti, hasta que el 24 de enero del 77’, a pesar de que meses antes se le había otorgado la libertad por decreto, lo liberan.

Cinco meses después, el 11 de junio de 1977, se produjo la segunda detención bajo decreto del PEN. En aquella ocasión viajaba a la ciudad de Libertador General San Martín en su camioneta particular por cuestiones laborales. Lo acompañaba la señora Barilari de Cormenzana, cuando, en un control policial apostado en la Localidad de El Quemado, perteneciente a la provincia de Jujuy, fue nuevamente detenido ilegalmente.

Los agentes policiales lo trasladaron en un comienzo a la Comisaría 1ra de San Salvador de Jujuy para luego ser conducido a la Unidad Penitenciaria de Gorriti. En ese lugar estuvo hasta el 12 de julio de 1977, cuando personal de seguridad lo llevó a ver al Juez Roberto Bandi en compañía de su hijo, llamado de la misma forma, Juan Ángel Robles y su abogado, el Dr. Carlos Cosentini. El juez les dijo que daría la orden de que lo liberen, pero les advirtió claramente que debía irse de la provincia porque si no podría “pasarle algo”.
Luego, Robles, es llevado nuevamente al penal, y ese mismo día, en que debían liberarlo por orden judicial, tanto su hijo como su abogado lo esperaron en vano en las afueras del penal de Gorriti ya que jamás salió del establecimiento carcelario. Desde ese entonces nunca más lo vieron, ni tuvieron certeza alguna de su destino.

En cuanto a las pruebas documentales, la fiscala aclaró que la familia de Robles interpuso en varias ocasiones recursos de Hábeas Corpus en favor de la víctima. Su hija, Liliana Robles contó que en una ocasión, cuando acompañó a su madre al RIM 20 con el fin de obtener autorización para visitar a su padre, el Jefe del área de inteligencia del Ejército, Juan Carlos “Pupe” Jones Tamayo, con un arma sobre la mesa, las maltrató con insultos tanto para ella como para su padre desaparecido.

Durante su testimonio, José Burgos, ex preso por causa “común”, dijo que compartió cautiverio con Robles en el Penal de Gorriti, que la víctima fue sacada ese día durante la noche por la parte trasera de esa unidad carcelaria y arrastrada hacia el portón que da a la calle Pueyrredón y subida a un vehículo.
Una vez finalizado el relato de cada detención ilegal de la causa “Aragón”, el Dr. Francisco Zurueta, se enfocó en el análisis de las torturas a las que fueron sometidas todas las víctimas. En ese contexto se refirió a las declaraciones prestadas por lxs ex presxs políticos sobrevivientes, que sostuvieron que mientras estuvieron detenidxs ilegalmente en las diferentes dependencias policiales y en la penitenciaría fueron vendadxs, maniatadxs, golpeadxs, encerradxs, aisladxs y amenazadxs constantemente con ser fusiladxs, asesinadxs o desaparecidxs y con el destino de sus familiares.
Además estuvieron mal alimentadxs, entre otras cosas, tampoco podían hablar con sus familiares ni entre ellxs, no podían escuchar la radio ni leer; y eran obligadxs a declarar en el marco de tortuosos interrogatorios efectuados por el Teniente Eduardo Bulgheroni, claramente el objetivo era someterlxs lentamente. Estaban bajo total incertidumbre, sin saber qué les iba pasar, estaban bajo la voluntad y a merced de sus captores; sufrieron diferentes humillaciones verbales; torturas psíquicas que implicaban hablar sobre el estado de sus familiares; ver y escuchar los tormentos a los que eran sometidxs sus compañerxs de cautiverio.

Para cerrar con la Causa Aragón, el fiscal procedió a enumerar las pruebas documentales que dan cuentan de las detenciones ilegales y desapariciones de personas; los decretos de detención y liberación emitidos por el (PEN); los libros de novedades y de visitas del servicio penitenciario.
También los documentos presentados ante la Comisión Nacional por la Memoria; los recursos de amparo y habeas corpus; los legajos de la CONADEP; los informes de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre; prontuarios y legajos policiales como los de la DIPBA (Dirección de Investigación de la Provincia de Buenos Aires) que señalaban a varias de las víctimas como montoneros subversivos.
Para esta parte de la audiencia el presidente del tribunal, Juez Federico Díaz, resolvió dar un cuarto intermedio de 5 minutos. Pasado el tiempo estipulado la fiscalía retomó la palabra y dio inicio a la presentación de la Causa “Álvarez Scurta y otros” cuyas víctimas fueron mencionadas al principio.

LXS 7 DEL 10

Es importante recalcar, dijo la fiscalía, que los hechos considerados para esta parte fueron probados en el proceso “Álvarez de Scurta Dominga y otros”, cuyas víctimas fueron Dominga Álvarez de Scurta, Maria del Valle Ranzoni, Juana y Pedro Torres Cabrera, Jorge Ernesto Turk, Osvaldo Giribaldi y Jaime Lara Torres y donde ya se dictó sentencia a los ex oficiales del servicio penitenciario Carlos Alberto “Mondongo” Ortiz, Ricardo Ortiz, Mario Marcelo Gutiérrez, Herminio Zárate y el militar César Darío Díaz.

Todas las víctimas fueron sometidas al mismo operativo de secuestro, tortura y muerte. Además, todas fueron catalogadas como “oponentes activos de prioridad 1” por sus verdugos por pertenecer al Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT) o al Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP), militancia que está demostrada a partir de los testimonios de sus compañerxs, ex presos políticos sobrevivientes y familiares, afirmó la fiscalía.

En este contexto, es preciso tener en cuenta las órdenes establecidas por la policía de la provincia, donde las víctimas fueron identificadas como integrantes o contactos de organizaciones Guerrilleras del PRT o ERP; la documentación emitida por la DIPBA, cuya tarea de inteligencia incluye a todxs con sus respectivos nombres y apellidos, y a cada unx se les asignó las siglas “A” que hacía referencia a sus apodos y la sigla “NG” haciendo referencia a los “nombres de guerra” con los cuales cada persona era identificada .

Seguidamente, el Dr. Zurueta, explicó que para esta parte la causa iba a ser expuesta siguiendo un orden cronológico de las detenciones de cada víctima. En ese sentido, se estableció que se iban a analizar los allanamientos y privaciones ilegales; los tormentos padecidos por las víctimas y se expondrían los homicidios cometidos por los verdugos.

En primera instancia se desarrolló el caso de Pedro Torres Cabrera, quien tenía 17 años y fue detenido el 23 de mayo de 1976, cuando se encontraba trabajando junto a su padre en la finca del Ingeniero Labarta. Ese día, oficiales militares arribaron allí a bordo de un vehículo Ford Falcon, secuestraron y trasladaron al joven al CCDTyE “Comando Radioeléctrico de la Central de Policía” donde fue interrogado y torturado. Luego, el imputado Armando Claros, desde ese centro clandestino, trasladó a Pedro al penal de Gorriti, quedando a “disposición de la justicia militar”.

El 1 de junio del mismo año, la víctima fue conducida nuevamente a la central de policía donde fue fotografiada, puesta a disposición del PEN y llevada otra vez a Gorriti. Cabe mencionar que, este procedimiento, el de llevar en reiteradas oportunidades a Pedro al centro clandestino con el fin de ser sometido a tormentos, sucedió también con el resto de las víctimas y se repitió en varias oportunidades hasta el 10 junio 1976, fecha en que Pedro fue sacado del penal junto a sus otxs 6 compañerxs y no se supo más nada de él.

En la última parte de la jornada de la audiencia 81, el fiscal, expuso el secuestro de Juana Torres Cabrera, hermana de Pedro, tenía 22 años cuando fue secuestrada el 25 de mayo de 1976, en ese momento, Juana, tenía a su hija (Laura) internada en el hospital de niños por problemas respiratorios. Ese día, la víctima, se dirigió hasta su domicilio particular del barrio Mariano Moreno, de esta ciudad, con el fin de buscar ropa para su beba y un grupo de militares que la estaba buscando, la secuestró y la trasladó al CCDTyE “Comando Radioeléctrico de la Central de Policía” donde fue interrogada y torturada. La niña quedó en total desamparo, ya que su padre Mario López, estaba detenido en el penal de Gorriti, detalló Zurueta.

El 1 de junio del ’76, la joven fue puesta a disposición del PEN, y trasladada junto a Dominga, Jaime, Giribaldi y Turk, al penal de Gorriti donde fue alojada en el pabellón N°4 e incomunicada, al igual que su hermano Pedro, fue trasladada en varias oportunidades hasta la Central y llevada nuevamente a Gorriti. Juana fue cruelmente golpeada y sometida a interrogatorios hasta que el 10 de junio del ’76, por orden de “Pupe” Jones Tamayo, fue sacada por última vez y desde esa fecha no se supo más sobre ella, al igual que el resto de este grupo de víctimas. A todo eso se sumó que durante sus últimos días de cautiverio vivió angustiada por la situación de su hija.

#MemoriaVerdadyJusticia

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