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Condenado por no cumplir con la interrupción de un embarazo por violación

El médico cipoleño, Leandro Rodríguez Lastra, fue declaro culpable del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. Acusado de obstruir un aborto no punible a una joven de 19 años víctima de violación. En los próximos días, la Justicia, informará la pena que puede ser de hasta 2 años de prisión en suspenso e inhabilitación para ejercer la medicina.

El juez, Álvaro Meynet, dio a conocer su veredicto. Rodríguez Lastra fue declarado culpable en la causa que lo imputó por negar una interrupción legal del embarazo en 2017 a una joven violada.


El proceso contra Rodríguez Lastra comenzó el pasado 13 de mayo y se desarrolló mediante tres audiencias testimoniales y una de alegatos.
Fue el propio ginecólogo quien abrió y cerró el debate con sus palabras, mientras que la víctima declaró como testigo en la primera audiencia y a puertas cerradas. Conforme los testimonios expresados, se supo que la joven ingresó el 2 de abril del 2017 al hospital cipoleño luego de haber consumido pastillas de Oxaprost con un proceso abortivo en curso. Días antes las profesionales del hospital de Fernández Oro habían solicitado la derivación a Cipolletti para interrumpir el embarazo, pero el ginecólogo exigió un informe psiquiátrico, un requisito no establecido en la ley, por lo que se interpretó como una negación a la asistencia sanitaria.

La joven consumió de manera particular pastillas de Oxaprost para provocarse un aborto, y debió ser atendida. Permaneció dos meses y medio internada en Cipolletti, a la espera de la interrupción que nunca llegó. Según expresó la legisladora Marta Milesi, quien impulsó la denuncia, la joven estuvo retenida contra su voluntad para que pueda dar a luz al bebé. Luego fue sometida a una cesárea y el bebé dado en adopción de forma inmediata. Ella sufrió un daño irreparable en su psiquis que la llevó a cuadros graves de anorexia nerviosa e intentos de suicidio.

El Ministerio Público Fiscal, presidido por Santiago Márquez Gauna y Anabela Camporesi, quienes afirmaron en su acusación que “el ginecólogo hizo todo lo posible para no hacer la ILE -Interrupción Legal del Embarazo-  pese a que en ese entonces, no era objetor de conciencia”, por lo que definieron a Rodríguez Lastra como un obstructor.

Este martes se dará a conocer el fallo del juicio. El tribunal decidirá si es declarado culpable o inocente por el delito de incumplimiento en los deberes de funcionario público, previsto y penado en el Artículo 248 del Código Penal. En vísperas del dictamen, Cipolletti estuvo dividida en dos movilizaciones. A favor del médico, la celeste y en contra de él; la verde -frente a la sede local de la Universidad de Flores- fue para exigir la condena contra lo actuado por el ginecólogo, al impedir que la víctima de violación accediera al derecho que le corresponde por ley.-

Fuente: LMC

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