
La opinión de Cuartango| Todos los ataques del Gobierno a la dignidad laboral
Cinismo de estos tiempos que nos toca vivir: el presidente Macri, declama una cosa y hace exactamente todo lo contrario.
En efecto, ha manifestado públicamente que todos debemos hacer nuestro aporte, cediendo un poco para que gane el conjunto, pero impulsa leyes que perjudican a las grandes mayorías, en beneficio de selectas minorías, a las que no se les exige el mismo esfuerzo en pérdida de derechos.
Así fue con la reforma previsional, con las modificaciones a la Ley de Riesgos del Trabajo, con respecto a los derechos laborales, -ámbito en el cual nos encontrarnos ante una reforma laboral de facto, y en consecuencia inconstitucional, donde se pone techo a las negociaciones salariales vulnerando la legislación vigente-, o la homologación del acuerdo de procedimiento preventivo de crisis de Carrefour, temas éstos que ya hemos desarrollado en anteriores columnas de este medio.
No conformes con ello, se ha impuesto un techo paritario impuesto por quien debería garantizar la libertad negocial a pesar de, una inflación que supera la pauta salarial media en varios puntos porcentuales y que se traduce en la permanente y progresiva pérdida del poder adquisitivo del salario, y, poco antes de conmemorarse el día del trabajador, presentó en el Congreso Nacional, un paquete de medidas pomposamente denominado “REGULARIZACIÓN DEL EMPLEO NO REGISTRADO, LUCHA CONTRA LA EVASIÓN EN LA SEGURIDAD SOCIAL, REGISTRACIÓN LABORAL Y FONDO DE CESE SECTORIAL” que no implica otra cosa que una flexibilización de las condiciones laborales en favor de la patronal, que va a contrapelo de la evolución del derecho del trabajo en el mundo, que procura una constante mejora en las condiciones de trabajo a través de los principios de progresividad y no regresividad, lo cual ha sido receptado en pactos internacionales ratificados por nuestro país y de jerarquía constitucional, contemplados en el art. 75 inc. 22 de nuestra Constitución Nacional. Estos proyectos normativos, en cambio, implican modificaciones normativas que en mayor o menor medida retrotraen el derecho del trabajo al estado existente a principios del siglo pasado.
Por ejemplo, el capítulo dedicado a la regularización del empleo no registrado, premia a los evasores laborales con extinción de la acción penal por evasión, condonación total de multas, exención de pago de aportes y contribuciones omitidos e incluso la salida del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales multas (REPSAL), mecanismo que evitaba que quienes empleaban trabajadores en negro fuera proveedores o recibieran subsidios del estado, en tanto que el trabajador solo recibe el cómputo de hasta 60 meses de servicios para el cálculo del tiempo de aportes, mezquinos en base al importe del salario mínimo vital y móvil vigente. En definitiva y como ya veníamos anticipando es el propio trabajador el que va a financiarle el blanqueo a su empleador sacrificando parte de su jubilación y sin que siquiera exista una mínima exigencia de mantenimiento del puesto de trabajo.
Como si ello fuera poco, se modifica el régimen de multas por trabajo no registrado contemplado en la Ley 24013, las que en vez de tener como base la real remuneración del trabajador tomarán el Salario Mínimo Vital y Móvil y además tendrán como destino la caja del ANSES y no al trabajador como hasta ahora.
Se propicia también una modificación novedosa en el régimen indemnizatorio a través de la creación de un Fondo de Cese Laboral de administración bipartita, integrado con un aporte mensual de los empleadores y que solo funciona para los casos de despido sin causa.
En sentido coincidente, invocando dar certeza al empleador sobre el costo indemnizatorio, -certeza a la baja, porque podría ser a la inversa-, se impulsa la modificación del cálculo indemnizatorio en perjuicio de los trabajadores, pues se excluyen de “la mejor remuneración” el sueldo anual complementario, los premios y/o bonificaciones, y toda otra compensación y/o reconocimientos de gastos que el empleador efectúe hacia el trabajador.
Se deja sin efecto, también, el principio de irrenunciabilidad que protege al trabajador de la desigualdad respecto de su empleador, que necesita esa protección para que en la necesidad, no se vea constreñido a negociar o renunciar a condiciones laborales garantizadas, limitación positiva de la autonomía de la voluntad esencia del principio protectorio que se deja soslaya por completo.
Coincidentes, todas estas medidas regresivas, en el tiempo –no en la valoración de derechos, por supuesto-, con el próximo centenario de la creación de la Organización Internacional del Trabajo, en cuyo preámbulo establece: “si cualquier nación no adoptare un régimen de trabajo realmente humano, esta omisión constituiría un obstáculo a los esfuerzos de otras naciones que deseen mejorar la suerte de los trabajadores en sus propios países”.
Este principio esencial, es violentado por el gobierno de turno, en post de favorecer al sector empresarial en desmedro de las condiciones y derechos del trabajo de la ciudadanía, en base a una normativa de flexibilización laboral de carácter neoliberal, que ya ha experimentado este país, con desastrosas consecuencias económicas y sociales.
El peronismo todo, con base en su doctrina, deberá alzarse contra esta pretendida normativa, en defensa de sus principios y creencias esenciales. Lo que espero, así se logre, dejando de lado diferencias partidarias, en la convicción de la defensa de la doctrina peronista de base que nos convoca.





