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17 de Octubre en vísperas de una elección que definirá el destino del país

Por Oscar Cuartango (*)

El 4 de junio de 1943, se registra la asonada militar que pone fin a lo que Jauretche calificó como “La década Infame”, al impedir la elección presidencial de Robustiano Patrón Costa y posibilitar la aparición de un grupo de Coroneles liderados por Juan Domingo Perón  en el gran escenario de la toma de decisiones nacionales.

Es así que asume la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo y la convierte en Secretaría de Trabajo y Previsión, cuya titularidad detenta, y desde ese área de gobierno comienza a elaborar el proyecto político más trascendente de todo el devenir histórico de nuestra  patria. Para ello Juan Domingo Perón, implementó una alianza estratégica con importantes sectores sindicales y creó un movimiento nacional, popular policlasista, con un fuerte énfasis en el accionar estatal, especialmente para articular los conflictos entre el capital y el trabajo.

Pero ello no fue aceptado de forma pacífica, sino muy resistido por los factores del poder económico, generando así una serie de cambios vertiginosos en el ejercicio de la presidencia de facto: Arturo Rawson con Pedro Pablo Ramírez como vicepresidente, dura apenas tres días y es reemplazado por el vicepresidente Ramírez, que designa a Sabá Sueyro, como vicepresidente y a su fallecimiento fue designado Edelmiro Farrell, quien lo destituye tomando la presidencia y designando a Perón como vicepresidente, quien pide una ignota Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo y la convierte en Secretaría de Trabajo y Previsión, cuya titularidad ejerce.

Es menester destacar que de los vicepresidentes designados luego de la asonada del 4 de junio, el único que no asumió como presidente de facto fue Juan Domingo Perón, quien el 17 de octubre al bajar del balcón de la Casa Rosada, interrogado por un aterrado Farrell en estos términos: “ahora que quiere?”, respondió sin titubear “que convoque a elecciones”.

El 10 de octubre de 1945 Perón renuncia a la titularidad de la Secretaría de Trabajo y Previsión pronunciando un discurso cuya lectura recomendamos.

El 13 de octubre del mismo año, el Presidente de facto Edelmiro J, Farrell, ordenó la detención de Perón, que fuera trasladado a la Isla Martín García.

El 17 de octubre se conmemora “El día de la Lealtad” en homenaje a la gesta popular que ese día, pero del  año 1945, rescató a Juan Perón del ostracismo en el cual pretendía sumergirlo el establishment, generó las condiciones  para que se candidateara a la presidencia de la Nación, ganará las elecciones el 24 de febrero de 1946 y asumiera su primera presidencia el 4 de junio del mismo año.

En ese aspecto, compartimos la definición del pensador platense John William Cooke que sostuvo “El peronismo fue el más alto nivel de  conciencia al que llegó la clase trabajadora argentina”.

Ese cambio de paradigma se llevó a cabo desde el 4 de junio de 1943, tuvo su culminación épica en la fecha que se conmemora y se institucionalizó el 24 de febrero de 1946 con la formula Perón Quijano para presidir los destinos del país.

Esa situación, se mantuvo hasta el 16 de setiembre de 1955, en que la mal autodenominada “Revolución Libertadora” le puso fin, dando comienzo a  un largo período  de represión, proscripción y persecución de la clase trabajadora, los sectores populares y sus dirigentes y que, salvo  el breve interregno de 1973  al 24 de marzo de 1976 en que Perón regresa a la patria, es consagrado por tercera vez presidente y fallece ejerciendo la presidencia.

A partir del 24 de marzo de 1976 el país se sumerge en una salvaje y desalmada represión genocida, con violación de derechos humanos  que se mantuvo hasta el 10 de diciembre de 1983 en que Raúl Alfonsín asume la Presidencia dando comienzo a un período de continuidad constitucional que llega hasta nuestros días.

La importancia del movimiento fundado por Juan Perón, se grafica teniendo presente que fue contemporáneo de dirigentes de la talla de Roosevelt, De Gaulle, Churchill, Stalin entre otros, pero existe con ellos una gran diferencia, ninguno dejó tras su desaparición física un movimiento político  con la vigencia y el poder de gobierno del peronismo, que actualmente conduce los destinos del país y tiene serias posibilidades de ganar el evento electoral en desarrollo.

Actualmente asistimos a un fuerte embate contra todas las conquistas laborales y sociales implementadas desde el advenimiento de Perón y hay dos de los tres candidatos presidenciales con posibilidades de acceder a la primera magistratura nacional, claramente alineados en una deslaboralización con salvaje pérdida de derechos de los asalariados, cuya máxima aspiración es un trabajador autónomo económicamente dependiente, una exacerbación individualista que desestima toda consideración hacía la Justicia Social y un endiosamiento del mercado donde los más fuertes prevalezcan sobre los más débiles en síntesis un verdadero darwinismo social.

Ello, que estaba implícito durante la campaña llevada a cargo con miras de la elección presidencial de  2015 y que resultó electo presidente Mauricio Macri, fue denunciado por Daniel Scioli (su antagonista), en el debate público entre ambos.

Ahora, van por todo y lo dicen explícita y públicamente, como lo demuestran los dos debates realizados entre los candidatos presidenciales. Donde, se expresan en contra de las organizaciones sindicales, de los movimientos sociales y el derecho social a la protesta en general, como así también por la reducción del estado a un ámbito mínimo donde se pone el énfasis en las fuerzas de seguridad como elemento represivo.

El reemplazo de la indemnización por despido, con un par de proyectos con estado parlamentario que propician su eliminación y su reemplazo por un modelo tomado de la denominada “Mochila Austriaca” con la argumentación –falaz- que ello generará o facilitará la creación de nuevos puestos de trabajo.

No puede soslayarse una referencia al artículo 14 bis de la Constitución Nacional, incorporado en la ilegal reforma de 1957 convocada para derogar la Constitución Justicialista de 1949 y retomar a la Constitución Liberal de 1853 con las reformas de 1860 y que, nobleza obliga, se vio frustrada por el accionar de Crisólogo Larralde, que generó las condiciones y consensos necesarios para introducir el referenciado artículo 14 bis y preservar en él, el contenido social de la de 1949.

El aludido artículo 14 bis, para el sector público establece la “estabilidad perfecta” en tanto que para el  sector privado, establece la “protección contra el despido arbitrario”, y que la reforma constitucional de 1994, a la par que convalidó el artículo 14 bis, consagró el principio de “progresividad y no regresividad” del “Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales  y Culturales”  integrante del bloque de constitucionalidad establecido en el artículo 75 inciso 22 y de aplicación obligatoria para el Estado  Argentino.

La eximición de la indemnización para el empleador derivada del sistema austríaco, implica una desprotección para las y los trabajadores y pondría una valla a la posibilidad de reclamos justos -como aumento salarial, modificación de condiciones de trabajo, etc-, ya que habilitaría los despidos sin ningún costo para el empleador.

La manda constitucional establece que las leyes “asegurarán al trabajador (…) protección contra el despido arbitrario”, y tal contundente disposición jamás puede darse por cumplida por una norma que simplifique el procedimiento de desvinculación laboral y mucho menos si sustituye la indemnización por despido mediante la creación de un fondo de aportes periódicos. Ello altera irremediablemente la naturaleza sancionatoria del acto “arbitrario” –despido sin causa- que tiene aquella indemnización y que, en los términos de la propia Constitución Nacional, no es sólo reparatoria del daño sino esencialmente disuasoria.

Para atender a pretensiones del sector Pyme, principal dador de trabajo en nuestro país y que junto con las y los trabajadores constituyen el principal colectivo perjudicado por la recesión y la pandemia hay otras alternativas, -tal como expusimos en un reciente trabajo que tuvo amplia difusión, al cual nos remitimos-.

Eliminar la indemnización por despido a más de inconstitucional, implicaría un retroceso a la situación preexistente a 1934 cuando los trabajadores mercantiles consiguieron ese beneficio que Perón en 1944 extendiera a casi todo el colectivo laboral, como homenaje al líder, a la gesta que conmemoramos, a las víctimas de tantas luchas no permitamos semejante aberración.

Pero no todos piensan así. Las políticas neoliberales que adhieren a las bondades del mercado, apuntan en otro sentido y ya lo hemos visto en nuestro país en el período de gobierno del 2015 al 2019 donde términos como “MERITOCRACIA”, “EMPRENDEDURISMO”, “TRABAJADOR AUTÓNOMO ECONÓMICAMENTE DEPENDIENTE” etc. dejan librado al mercado el aprovechamiento de los beneficios de los adelantos tecnológicos y así les irá a los trabajadores y al conjunto de la sociedad.

No podemos omitir una referencia a que toda innovación tecnológica debe estar al servicio de la comunidad en su conjunto y no en beneficio de unos pocos y a costa del conjunto, No hay desarrollo real sin igualdad de oportunidades, ya que sin políticas públicas que garanticen el  acceso a la tecnología en equidad, se generarían inconmensurables desigualdades.

En definitiva se trata de discutir la redistribución de la riqueza, para ello hay que comenzar por recomponer el poder adquisitivo de los salarios y revertir la actual situación donde hay pocos ricos cada vez más ricos y muchos pobres, cada vez más pobres.

Como dijo el candidato presidencial Sergio Massa, no concurramos el próximo domingo a las urnas con enojo y/o rabia, votemos con  el corazón, porque de lo contrario se avecinan tiempos muy malos, sobre todo para los asalariados.

(*) Abogado laboralista, ex Ministro de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires 2007/2015.

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