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A través de una cautelar, el PRO volvió a paralizar el voto desde los 16 y 17 años en Tucumán

La Sala III de la Cámara en lo contencioso Administrativo le hizo lugar a la presentación realizada por el partido opositor. De esta manera, la Corte Suprema de Justicia de la provincia deberá expedirse para darle una definición al tema.

La legislatura provincial había sancionado esa norma, que modificaba el Régimen Electoral Provincial (Ley N° 7.876) para que los ciudadanos de esa franja etaria puedan votar, en forma optativa, en las comicios provinciales. De esta manera, se replicaba la legislación nacional (Ley N° 26.774), que habilita a los menores de esa edad a elegir presidente, senadores y diputados nacionales.

Se estima que en Tucumán hay uno 49.000 jóvenes que podrían votar voluntariamente, pero a partir de esta resolución judicial podrán hacerlo en los comicios nacionales y no en los provinciales.

Si bien el juicio continúa en trámite porque el gobierno provincial recurrió la sentencia y la Corte Suprema de Justica de Tucumán deberá revisarla, mientras no prospere un eventual recurso de revocatoria, sólo podrán votar en los comicios locales del 23 de agosto los ciudadanos que hayan cumplido los 18 años.

En la resolución, López Piossek precisó que, si bien había sido admitido el recurso de casación (que habilita la intervención de la Corte), esta decisión estaba pendiente de notificación y, por ende, la Sala III no se había desprendido aún del caso.

Luego, ordenó a la Junta que se abstenga de aplicar la Ley 8.532 cuya inconstitucionalidad había sido declarada por su tribunal.

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