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Pese al declaración de inconstitucionalidad, el Gobierno promulga la ley de ART

Un juez había declarado que el decreto era inconstitucional, ahora el colegio de abogados plantea lo propio con la ley sancionada por el voto de diputados.

El Gobierno nacional publicó hoy en el Boletín Oficial el decreto de reglamentación de la Ley 27.348, sancionada la semana pasada por la Cámara de diputados, que reforma el régimen de las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART).

«En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la Constitución Nacional, promúlgase la Ley N° 27.348, sancionada por el Honorable Congreso de la Nación en su sesión del día 15 de febrero de 2017», señala el Decreto 132/2017, que lleva la firma de la vicepresidenta en ejercicio de la Presidencia, Gabriel Michetti.

Entre otras cosas, la nueva ley establece en su artículo 1 la actuación de las «comisiones médicas jurisdiccionales» como instancia administrativa «de carácter obligatorio y excluyente» para evaluar la situación de un trabajador accidentado.

Pese a que la norma había obtenido media sanción en la Cámara de Senadores en diciembre pasado, el presidente Mauricio Macri había sacado un DNU en enero pasado (rechazado esta semana por la Justicia), pero finalmente dio marcha atrás y solicitó su tratamiento en sesiones extraordinarias.

Según datos de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT), en 2016 hubo más de 125.000 juicios por accidentes laborales, pero la Justicia sólo resolvió unos 35.000 casos.
En tanto, el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal planteó hoy la «inconstitucionalidad» de la reforma a la ley de Riesgos del Trabajo por el «perjuicio que dicha norma ocasiona a los legítimos intereses» de los trabajadores, entre ellos los afiliados a esa organización.

El escrito, una acción de amparo con pedido de medida cautelar que suspenda los efectos de la reforma publicada ya en el Boletín Oficial, fue presentada con la firma del titular del Colegio, Jorge Rizzo, ante la Cámara Laboral, que ahora deberá sortear a un juez para que lleve adelante el expediente.

«La aplicación de las normas que impugno generará una lesión de imposible reparación posterior, tanto sobre el derecho de propiedad y trabajo de los abogados, limitando su derecho a laborar, restringiendo sus honorarios y la facultad de pactarlos libremente, como sobre el derecho de todos los trabajadores en su conjunto», sostiene la presentación.

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