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Oscar Cuartango: La flexibilizaciòn laboral de Temer a la medida de Cambiemos

Oscar Cuartango

Los discursos presidenciales, abstracción hecha de actitudes descalificatorias y agresivas para letrados, jueces y sindicalistas, de las que dimos debida cuenta en otras publicaciones a las que nos remitimos, indican claramente el direccionamiento del titular del Poder Ejecutivo Nacional a la implementación de reformas a la baja de los beneficios de los trabajadores y en abierto beneficio para el sector de los empleadores, lo que comúnmente se conoce como flexibilización laboral.

Ante la aprobación por parte del Congreso de Brasil, de una reforma en tal sentido, el mismo Ministro Triaca ratificó la intención gubernamental de transitar  ese camino después de las elecciones de octubre.

Los puntos más perjudiciales para los trabajadores de la reforma aprobada en Brasil y que quiere emular la Casa Rosada se direccionan en el sentido de: a) Permitir que los convenios colectivos modifiquen a la baja las condiciones establecidas en la legislación b) Similar facultad le otorgan a los convenios de empresa, para modificar a la baja la legislación y los convenios generales de actividad. Con ello, la legislación y los convenios generales- de actividad dejarían de ser el piso mínimo aplicable y sobre el cual pueden los convenios mejorar las condiciones. Es decir que los acuerdos alcanzados entre una empresa y un sindicato están por arriba de las leyes del país,  c) Las vacaciones de los trabajadores ahora pueden ser divididas en tres tramos, según lo decida la patronal, d) Se amplió la tercerización y una fábrica o empresa puede hacer que su actividad principal esté tercerizada, e) Se amplió la posibilidad de acuerdos individuales, entre ellos la posibilidad de extender la jornada laboral hasta las 12 horas y se reduce el intervalo intra-jornada, f) Se crearon nuevos tipos de contratos de trabajo, entre ellos el trabajo intermitente con el pago de salarios sobre una base horaria o por jornada, y no mensual, g) Se eliminó la obligación de negociar con los sindicatos los despidos masivos, h) Se creó una comisión de representantes de los empleados para negociar directamente con la empresa, pasando por arriba a los sindicatos.

Ante la aprobación por parte del Congreso de Brasil, de una reforma en tal sentido, el mismo Ministro Triaca ratificó la intención gubernamental de transitar  ese camino después de las elecciones de octubre

Sintetizando esa visión, voceros gubernamentales plantean tres grandes objetivos, a) Blanqueo amplio, b) Capacitación para los trabajadores y c) Baja de costos laborales negociables por sector.

Los dos primeros, en su enunciación podemos compartirlos, con algunas salvedades respecto de su instrumentación.

En lo que hace al blanqueo, que se entronca con lo que el Presidente en su discurso del 1ro. de Mayo denominó “empalmar” los beneficiarios de planes asistenciales a un esquema de trabajo subsidiado y que determinara el dictado de un  por demás parco y vago decreto el 2 de mayo del año en curso, del tema nos hemos ocupado en una nota publicada en “Infobaires 24 el 11 de mayo de 2017 bajo el título “Los peligros del Plan Empalme de Macri”

En lo que aquí específicamente nos interesa, puntualizamos: “… Para tornar real y efectivamente operativa la propuesta, deberá distinguirse y dar distinto tratamiento a los trabajadores con planes sociales que están desocupados, de aquellos que cuentan con los planes, pero que se encuentran trabajando sin registrar o en negro.

Para los primeros es válida la metodología de convertir el importe de la ayuda en subsidio al empleo y que se la compute como integrando del salario del trabajador. Como contraprestación del subsidio al salario con el cual se lo beneficia, el empleador deberá, como mínimo mantener al trabajador en su cargo por un lapso de tiempo sin subsidiar, igual al que lo tuvo subsidiado.

Para los segundos,  deberá continuarse abonando el importe el plan a más del salario de la actividad, por cierto tiempo (6 o 12 meses), ya que de otra manera se generaría una resistencia del trabajador no registrado a ser regularizado, para no dejar de percibir el importe del plan, pero en estos casos deberá condonarse la deuda a la seguridad social que el empleador que regularice tenga desde el efectivo ingreso del trabajador hasta la fecha de su regularización, condonación de deudas a la Seguridad Social, que solo podrán implementarse por vía legislativa.

Como compensación de la condonación de las cargas de la seguridad social por el período que el trabajador estuvo no registrado, el empleador deberá mantener en relación de dependencia al trabajador por un período igual al condonado.

En caso de incumplimiento por parte de los empleadores de las compensaciones establecidas, si el despido fuera incausado a más de las indemnizaciones legales al trabajador, deberá en su caso restituir al estado el importe de los subsidios recibidos o el pago de las cargas a la seguridad social condonadas y en caso de despido con causa deberá restituir el importe del subsidio por el periodo que le restará para cumplir su compensación o abonar las cargas de la seguridad social por igual período….”

En lo que a Capacitación se refiere, la misma deberá ser real y no simulada, deberá estar direccionada a perfeccionar la expertís de cada trabajador en su especialidad y se deberá realizar dentro del horario de trabajo y sin pérdida salarial.

Con estas consideraciones apuntamos, que sirvan para darle funcionalidad al sistema, sin embargo debemos dejar aclarado que el mismo por  sí solo no generará un solo puesto de trabajo en la medida que se mantenga el actual rumbo económico que nos impone un círculo vicioso donde el enfriamiento de la economía, la caída del poder adquisitivo del salario, la caída del consumo, la caída de la producción, la apertura de las importaciones, etc. viene generando pérdida de puestos de trabajo.

Si no se legisla explícitamente en beneficio de los débiles, se lo está haciendo implícitamente para los poderosos” el Presidente Macri y su equipo no se conforman con hacer implícito el beneficio a los poderosos, sino que desean hacerlo en forma expresa

Ningún empleador contratará a un trabajador nuevo por barato o subsidiado que esté, en el marco de políticas de ajuste y baja del consumo ya que no se torna necesario dada la baja de su actividad y la necesidad de racionalizar sus costos. Esta es una realidad que se impone, aún a aquellos que creen que con una flexibilización laboral se podrán crear nuevos puestos de trabajo y erróneamente es  la idea que prevalece en el gobierno nacional respecto al mercado laboral en nuestro país. Camino que ya transitamos con los nefastos resultados por todos conocidos y padecidos”.

Finalmente la pretensión de lograr una reducción de los costos laborales mediante negociaciones por sector que modifiquen a la baja los mismos, nos oponemos tajantemente, ya que ello implica  un cambio de paradigma y el sujeto protegido en la legislación laboral, deja de ser el trabajador, para pasar a serlo el empleador, cosa que además de no ser compartida por nosotros en absoluto, se contrapone con lo establecido en el artículo 14 bis de nuestra carta magna nacional,  en  cuanto impone:  “El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección  de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas; control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad en el empleo público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial…etc.”

En el direccionamiento por nosotros planteado, no hacemos más que seguir el rumbo del gran pensador nacional Raúl Scalabrini Ortiz, en cuanto pontificó, “Si no se legisla explícitamente en beneficio de los débiles, se lo está haciendo implícitamente para los poderosos” el Presidente Macri y su equipo no se conforman con hacer implícito el beneficio a los poderosos, sino que desean hacerlo en forma expresa. Afortunadamente el aludido artículo 14 bis pone un valladar difícil de salvar, aunque estemos atentos, porque a quienes hoy nos gobiernan, poco o nada le importan los pruritos institucionales y constitucionales.

 

 

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