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Con aval del Gobierno, un juez declaró inconstitucional el acceso irrestricto a las universidades

Se conoció un fallo del juez federal Pablo Cayssials, mediante el cual se declara inconstitucional la reforma de la Ley de Educación Superior realizada en octubre del año pasado. El Gobierno no apeló, mostrándose consecuente con el magistrado que impidió que el Grupo Clarín deba adecuarse de oficio a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

En octubre del año pasado, en medio de la agitada contienda electoral, el Congreso reformó la «Ley de Educación Superior» que, en los hechos, terminó prohibiendo los exámenes de ingreso.

En 2013, cuando tuvo lugar la sesión en Diputados, los legisladores macristas no dudaron y votaron en contra de la propuesta sin mayores dilaciones. En el Senado, sin embargo, el asunto fue distinto.

Si bien la senadora Gabriela Michetti había anunciado que el bloque del PRO votaría en contra, el balotaje presidencial los obligó a moderar su postura.

Michetti se retiró del recinto para evitar el voto, pero el resto de la bancada procuró evitar el escándalo acompañando la propuesta.

la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal cerró la causa al considerar que la sentencia había sido consentida por el Poder Ejecutivo

A fines de 2015 las autoridades de la Universidad Nacional de La Matanza iniciaron una demanda sosteniendo que la reforma violaba la autonomía que les reconoce la Constitución Nacional.

Según sus dichos, con la nueva ley, el Congreso pretendía “regir sobre el acceso, permanencia y egreso” de los estudiantes. “El Estado Nacional decidió inmiscuirse directamente en contenidos propios de las decisiones académicas”, adujo la UNLaM.

Finalmente, el juez Pablo Cayssials declaró la inconstitucionalidad del acceso irrestricto, notificó la sentencia a las partes y se sentó a esperar una apelación que jamás llegó.

Los abogados del Ministerio de Educación presentaron un escrito en el cual comunicaron al tribunal que “habían recibido instrucciones de no apelar la sentencia dictada”. Tres días después, la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal cerró la causa al considerar que la sentencia había sido consentida por el Poder Ejecutivo.

Se trata del mismo juez que impidió que el Grupo Clarín deba adecuarse de oficio a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. En esta oportunidad, consideró que “la enseñanza superior no debe ser generalizada, sino sólo disponible sobre la base de la capacidad; capacidad que habrá de valorarse con respecto a los conocimientos especializados y la experiencia de cada cual”.

Hasta ahora sólo se expidió la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de Universidad Nacional de La Plata, la cual repudió el fallo a través de un comunicado, «ya que consideramos que la Educación Superior es un derecho y que el Estado debe arbitrar los mecanismos para su pleno ejercicio».

«La afrenta en contra del acceso libre a la Educación Superior adquiere sentido en un proceso signado por una constante restricción de derechos, inaugurado en los últimos meses. La Universidad forma sujetos, profesionales, científicos, pero centralmente es uno de los mecanismos fundamentales de una sociedad para garantizar la equidad y la inclusión», agregaron.

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