Política

Carta de la oposicion a Julian Domínguez para que discuta el Código Civil en comisión

Legisladores de las principales bancadas le enviaron una nota al presidente de la Cámara baja, Julián Domínguez, para expresar su «preocupación» por el caso.
El escrito fue firmado por Mario Negri (UCR), Federico Pinedo (PRO), Darío Giustozzi (Frente Renovador), Elisa Carrió (Coalición Cívica), Juan Carlos Zabalza (Socialismo), Néstor Pitrola, Nicolás del Caño (Frente de Izquierda), Martín Lousteau (Suma + UNEN), Margarita Stolbizer GEN), Victoria Donda (Libres del Sur), Claudio Lozano (Unidad Popular) y Graciela Villata (Frente Cívico).
Los opositores subrayaron que el proyecto no tiene dictamen y reclamaron que sea girado a las comisiones correspondientes antes de su tratamiento en el recinto, que el FpV estimó para el próximo miércoles.
Según entendieron, «el dictamen que alguna vez tuvo ese tema, caducó tras la renovación de los miembros que la dictaminaron».
«Casi ningún diputado con mandato vigente integró la comisión bicameral que analizó el proyecto», cuestionaron.
Para los opositores, «se requiere un nuevo dictamen en el que hayan intervenido los actuales diputados que conforman la Cámara, tal y como lo establece el reglamento» de Diputados.
El presidente de la bancada radical afirmó que «intentar tratar el Código Civil como quiere el oficialismo es absolutamente ilegal».
«La publicación que dio a conocer el oficialismo para intentar darle tratamiento a la reforma del Código Civil y Comercial es un mamarracho, es poco seria y va en contra de todas las normas reglamentarias del proceso de sanción de las leyes», se quejó Negri en un comunicado.
En ese contexto, el oficialismo explicó que el nuevo Código no tiene un tratamiento similar al resto de las leyes, por lo que no requiere de un nuevo dictamen.
Las autoridades del FpV recordaron que cuando se creó la bicameral, en julio de 2012, se aclaró que el procedimiento de tratamiento sería especial.
Según señalaron integrantes del bloque a NA, muestra de ello es que hubo un único dictamen de una comisión bicameral y no uno en cada Cámara, como en el caso de las leyes comunes.
Ese despacho fue el que se aprobó en el Senado en noviembre pasado y que ahora el Frente para la Victoria busca votar en Diputados.
En el reglamento de la bicameral no se especifica qué sucede con los dictámenes una vez que cambia la composición del Congreso, por eso, el kirchnerismo interpreta que el dictamen no cayó.
Como antecedente, el FpV resaltó la sanción del Digesto Jurídico, similar a la del Código Civil, en la que se conformó una bicameral que emitió dictamen en 2008, se votó en Diputados en 2013 y luego se sancionó en el Senado este año.
El oficialismo remarcó que en ese caso hubo un cambio de composición de las dos Cámaras, sin que hubiera objeciones al respecto.
Ante ese argumento, la oposición subrayó que el caso del Digesto Jurídico es diferente, ya que el dictamen del Código Civil fue modificado por el Senado y en este caso sí debe pasar por las comisiones de Diputados.
Por lo pronto, no está convocada formalmente la sesión para el próximo miércoles y la decisión final sobre el tratamiento se tomaría mañana, cuando regrese al país el presidente de la Cámara desde Nueva York, adonde acompañó a la presidenta Cristina Kirchner.
Tras la polémica, en el bloque kirchnerista no descartaron que el criterio pudiera definirse con una votación -la que ganarían por mayoría- o que finalmente se acordara con la oposición girar el proyecto a comisiones y retrasar su llegada al recinto.

La carta

Esta es la carta que le dieron a Domínguez:

 

Nos dirigimos a Ud. en relación a una publicación de la Cámara de Diputados de la Nación, con pie de imprenta de la Imprenta del Congreso de la Nación, sin fecha alguna de publicación, que fue distribuida a los despachos de los señores diputados en el día de la fecha y que lleva por título “Orden del Día N° 829”.

Como sabe el señor presidente, los “Ordenes del Día” son las publicaciones que dan cuenta de los dictámenes de comisiones de esta Cámara, en los que consta el plazo para que intervengan reglamentariamente en su discusión los señores diputados.

En este caso la publicación referida se titula “Orden del Día”, pero no publicita ningún dictamen de ninguna comisión permanente, ni especial, ni bicameral, sobre ningún proyecto de ley en trámite. En cambio, tan peculiar publicación transcribe un proyecto de ley con media sanción del H. Senado de la Nación que tramita en esta Cámara bajo el número de expediente 102-S-2013.

Por cierto que esta publicación no tiene relación con lo dispuesto por el artículo 113 del Reglamento de esta Cámara, que habilita a los señores diputados a formular observaciones a dictámenes de comisión. A diferencia de los Órdenes del Día que publica esta Cámara, que tienen fecha de impresión y referencia al plazo del mencionado artículo del reglamento, esta publicación carece de mención alguna al respecto.

La curiosa publicación mencionada, hace referencia en su sumario, no en su texto, a que el H. Senado ha hecho “modificaciones al dictamen de la Comisión Bicameral para la Reforma, Actualización y Unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación en los términos de la resolución de la Honorable Cámara de Diputados aprobada el 4 de junio de 2012”. También la publicación hace referencia a que el H. Senado publicó un Orden del Día N° 892, no se dice en qué fecha, a lo mejor con la intención de sugerir que tal publicación por el Senado de un dictamen de una comisión bicameral, tenga algún efecto respecto de la publicidad en la Cámara de Diputados, lo que no se sostiene de ninguna manera.

Diversas informaciones verbales dan cuenta de que el oficialismo de esta Cámara tiene intención de que el proyecto de nuevo Código Civil y Comercial tenga tratamiento y sanción en el recinto la semana entrante. Siendo esta una hipótesis difícil de compaginar con la responsabilidad, pues casi ningún diputado integró la comisión bicameral que analizó el proyecto y en esas condiciones considerar una norma que contiene todo el derecho privado del país no se compadece con ningún criterio de buena representación popular, lo cierto es que no se puede tratar en la Cámara un proyecto sin dictamen de comisión, salvo sobre tablas con una mayoría especial.

Decimos que el proyecto con media sanción del Senado carece de despacho de comisión, pues el dictamen que alguna vez tuvo ese tema, caducó en virtud de lo dispuesto por el párrafo cuarto del artículo 111 del Reglamento de la Cámara. Tal párrafo establece que aún los despachos de que se haya dado cuenta a la Cámara –esto es, que se hubieran publicado por la Cámara- se mantienen en vigor sólo hasta la renovación ordinaria de los miembros de las comisiones que dictaminaron. Quienes pueden asesorar a la Cámara sobre un proyecto, son sólo los miembros actuales de la Cámara, no otras personas que lo fueron en el pasado y no lo son más.

El párrafo quinto del mismo artículo 111 de nuestro Reglamento, sólo y únicamente exceptúa “de la caducidad prevista en el párrafo anterior” a los dictámenes publicados de la Comisión de Juicio Político. En este caso, el dictamen de la ex comisión bicameral ni siquiera se publicó en la Cámara de Diputados y, además, sus miembros dejaron de serlo por haberse producido un cambio en la composición de la Cámara, por vencimiento de los mandatos. La diputada Conti reconoció en el debate cuando se creó la comisión bicameral, que “tras el dictamen de la comisión (bicameral) sigue el trámite legislativo”, que “los designados para integrar la comisión duran como vocales hasta que termine el trámite de la sanción” (hasta ahora es evidente que no duraron, pues no son más diputados muchos de ellos) y que de acuerdo con la resolución de creación de la comisión bicameral, su dictamen “puede ser girado por Diputados a las comisiones pertinentes”.

De más está decir que nada tiene que ver con el tema de la falta de dictamen otro asunto distinto, como lo es el hecho de que el proyecto con media sanción no ha caducado y está vigente por lo dispuesto en la ley 13.640 o “ley Olmedo”. El proyecto está vigente, pero para ser tratado requiere un dictamen en el que hayan intervenido los actuales diputados de la Cámara y no otros anteriores que ya no pueden asesorar a la Cámara sobre qué cosa hacer.

En consecuencia queda claro que el denominado “Orden del Día N° 829” sin fecha de las Sesiones Ordinarias 2014 de esta Cámara de Diputados, no contiene un dictamen de comisión que pueda ser observado en los términos del artículo 113 de nuestro Reglamento, y no permite en consecuencia la intervención reglamentaria de los representantes del pueblo en el tratamiento de una ley. La propia publicación omite mencionar el plazo del artículo 113 del Reglamento y ni siquiera consigna la fecha de publicación, porque asume que las cosas son como acabamos de decirlo.

Por lo expuesto solicitamos que, en caso en que se desee considerar el Expediente 102-S-2013 en el recinto de esta Cámara, el mismo sea girado previamente a las comisiones correspondientes a los efectos de su consideración reglamentaria.

Sin otro particular saludamos a Ud. muy atte.

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